La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile[3][n 1][4][5] es la cámara baja del Poder Legislativo de Chile, y junto al Senado conforman las dos cámaras del Congreso Nacional. Su composición y atribuciones están establecidas en el capítulo V de la Constitución Política de Chile, entre sus funciones más importantes se encuentra participar en la elaboración de las leyes junto al Senado y el presidente de la República.
Tiene como función exclusiva fiscalizar los actos del gobierno e iniciar las acusaciones constitucionales contra los ministros de Estado o el presidente de la República. La ley de presupuestos y toda legislación que implique gastos o imposiciones se discute y aprueba primero en la Cámara de Diputados para pasar al Senado.
En 2019 la Comisión de Régimen Interno de la corporación aprobó el cambio de nombre «Cámara de Diputados de Chile» a «Cámara de Diputadas y Diputados de Chile» en un esfuerzo para impulsar el lenguaje no sexista en el trabajo legislativo,[6] cambio que constaría de dos etapas: la primera, modificar el nombre institucional del logo, las comunicaciones y señaléticas internas, llevado a cabo en marzo de 2020; segundo, una modificación del nombre en cuerpos legales como la Constitución, cuestión que no se ha llevado a cabo.[7][8]
Desde el 7 de noviembre de 2022, el presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile es el diputado Vlado Mirosevic, militante del Partido Liberal.
Por la Constitución Política de 1828 los diputados se elegían por votación directa en representación de las provincias por un periodo de 2 años reelegibles indefinidamente. Cada provincia elegía a un diputado a razón de 1 por cada 15 000 habitantes y fracción que no baje de 7000.
Según la Constitución Política de 1833 se elegía un diputado por votación directa por cada departamento del territorio. Su periodo tenía una duración de 3 años reelegibles indefinidamente. Correspondía un diputado por cada 20.000 personas y fracción superior de 10 000. Con la reforma de 1874 pasó a ser un diputado por cada 20.000 personas y fracción superior de 12 000. En 1887 un diputado por cada 30 000 habitantes y por fracción superior de 15 000. La asignación de cargos era por lista completa (1833-1874) y voto acumulativo (1874-1924).