Municipio (España)


En España, un municipio es, según la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, la entidad local básica de la organización territorial del Estado. La misma ley indica que el municipio tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y que sus elementos son el territorio, la población y la organización.[1]

Los municipios del Principado de Asturias reciben oficialmente la denominación tradicional de concejos.

En España existe un total de 8131 municipios. De ellos, el 49,1 % tiene menos de 500 habitantes, el 41,5 % tiene entre 500 y 10 000 habitantes, el 8,6 % tiene entre 10 000 y 100 000 habitantes y, por último, 63 municipios (menos del 0,8 % del total) tienen más de 100 000 habitantes.

El órgano de gobierno y administración de los municipios es el ayuntamiento salvo para los regidos por el sistema de concejo abierto. El ayuntamiento está formado por:

(*) Se contarán 25 concejales por los primeros 100 000 habitantes y dos más por cada 200 000 habitantes.

Los ciudadanos de alguno de los países de la Unión Europea empadronados en España tendrán derecho al sufragio activo y pasivo, de acuerdo con las leyes que se han establecido para cumplir la directiva europea 94/80/CE del Consejo.[3]