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En España , una comunidad autónoma ( español : comunidad autónoma ) es una división política y administrativa de primer nivel , creada de acuerdo con la constitución española de 1978 , con el objetivo de garantizar una autonomía limitada de las nacionalidades y regiones que componen España. [1] [2] [3]

España no es una federación , sino un estado unitario descentralizado [4] [5] . [1] Si bien la soberanía se confiere a la nación en su conjunto, representada en las instituciones centrales de gobierno, la nación, en grados variables, ha delegado poder a las comunidades, que, a su vez, ejercen su derecho a autogobernarse dentro del país. límites establecidos en la constitución y sus estatutos autonómicos. [1] Cada comunidad tiene su propio conjunto de poderes delegados; Por lo general, las comunidades con un nacionalismo local más fuerte tienen más poderes, y este tipo de devolución se ha denominado asimétrico.. Algunos académicos se han referido al sistema resultante como un sistema federal en todo menos en el nombre, o una "federación sin federalismo". [6] Hay 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas que se conocen colectivamente como " autonomías ". [i] Las dos ciudades autónomas tienen derecho a convertirse en comunidades autónomas, pero ninguna lo ha ejercido todavía. Este marco único de administración territorial se conoce como el " Estado de las Autonomías ". [ii]

Las comunidades autónomas se rigen de acuerdo a la constitución y sus propias leyes orgánicas conocido como Estatuto de Autonomía , [iii] que definen las competencias que asumen. Dado que se pretendía que la transferencia fuera de naturaleza asimétrica, [7] el alcance de las competencias varía para cada comunidad, pero todas tienen la misma estructura parlamentaria. [1]

Comunidades autónomas [ editar ]

RA: designado regionalmente; DE: Elegido de forma directa.

Ciudades autónomas [ editar ]

Historia [ editar ]

Antecedentes [ editar ]

Un mapa de Iberia en 1757

España es un país diverso formado por varias regiones diferentes con diferentes estructuras económicas y sociales, así como diferentes idiomas y tradiciones históricas, políticas y culturales. [8] [9] Si bien todo el territorio español se unió bajo una sola corona en 1479, esto no fue un proceso de homogeneización o fusión nacional. Los territorios constituyentes —ya sean coronas, reinos, principados o dominios— conservaron gran parte de su anterior existencia institucional [10], incluida una limitada autonomía legislativa, judicial o fiscal. Estos territorios también exhibieron una variedad de costumbres, leyes, idiomas y monedas locales hasta mediados del siglo XIX. [10]

A partir del siglo XVIII, los reyes borbones y el gobierno intentaron establecer un régimen más centralizado. Las principales figuras de la Ilustración española abogaron por la construcción de una nación española más allá de los límites territoriales internos. [10] Esto culminó en 1833, cuando España se dividió en 49 (ahora 50) provincias , que sirvieron principalmente como correas de transmisión para las políticas desarrolladas en Madrid.

La historia española desde finales del siglo XIX ha estado marcada por una lucha dialéctica entre el nacionalismo español y los nacionalismos periféricos, [11] [12] principalmente en Cataluña y el País Vasco, y en menor grado en Galicia .

En respuesta a las demandas catalanas, se concedió una autonomía limitada a la Mancomunidad de Cataluña en 1914, para ser abolida en 1925. Se volvió a conceder en 1932 durante la Segunda República Española , cuando se restableció la Generalitat , la institución de gobierno medieval de Cataluña. . La constitución de 1931 preveía una división territorial para toda España en "comunidades autónomas", que nunca se logró del todo —sólo Cataluña, País Vasco y Galicia habían aprobado los " Estatutos de Autonomía ", siendo el proceso frustrado por la Guerra Civil española que estalló en 1936, y la victoria de las fuerzas nacionalistas rebeldes bajo Francisco Franco . [11]

Durante el régimen dictatorial del general Franco , el centralismo se aplicó con más fuerza como una forma de preservar la "unidad de la nación española". [11] El nacionalismo periférico, junto con el comunismo y el ateísmo, fueron considerados por su régimen como las principales amenazas. [13] Sus intentos de luchar contra el separatismo con una represión dura pero esporádica, [9] y su supresión a menudo severa del lenguaje y las identidades regionales [9] fracasaron: las demandas de democracia se entrelazaron con las demandas de reconocimiento de una visión pluralista de la nacionalidad española. [11] [14]

Cuando Franco murió en 1975, España entró en una fase de transición hacia la democracia . La tarea más difícil de las Cortes Generales (el Parlamento español) recientemente elegidas democráticamente en 1977, actuando como Asamblea Constituyente, fue la transición de un estado unitario centralizado a un estado descentralizado [15] de una manera que satisficiera las demandas de los nacionalistas periféricos. . [16] [17] El entonces primer ministro de España , Adolfo Suárez , se reunió con Josep Tarradellas , presidente de la Generalitat de Cataluñaen el exilio. Se llegó a un acuerdo para que se restableciera la Generalitat y se transfirieran competencias limitadas mientras aún se estaba redactando la constitución. Poco después, el gobierno permitió la creación de "asambleas de diputados" integradas por diputados y senadores de los diferentes territorios de España, para que pudieran constituir "regímenes preautonómicos" también para sus regiones. [ cita requerida ]

Los Padres de la Constitución tuvieron que encontrar un equilibrio entre los puntos de vista opuestos de España: por un lado, el punto de vista centralista heredado de los elementos monárquicos y nacionalistas de la sociedad española, [15] y, por otro lado, el federalismo y una visión pluralista de España. como una "nación de naciones"; [18] entre una descentralización uniforme de entidades con las mismas competencias y una estructura asimétrica que distinguiría las nacionalidades. Los partidos nacionalistas periféricos querían un Estado multinacional con un modelo federal o confederal, mientras que la gobernante Unión del Centro Democrático (UCD) y la Alianza Popular (AP) querían una descentralización mínima; laEl Partido Socialista Obrero Español (PSOE) simpatizaba con un sistema federal. [13]

Al final, la constitución, publicada y ratificada en 1978, encontró un equilibrio al reconocer la existencia de "nacionalidades y regiones" en España, dentro de la "unidad indisoluble de la nación española". Para gestionar las tensiones presentes en la transición española a la democracia, los redactores de la actual constitución española evitaron dar etiquetas como 'federal' a los ordenamientos territoriales, [19] al tiempo que consagraron en la constitución el derecho a la autonomía o al autogobierno. de las "nacionalidades y regiones", mediante un proceso de devolución asimétrica del poder a las "comunidades autónomas" que se iban a crear. [20] [21]

Constitución de 1978 [ editar ]

El punto de partida en la organización territorial de España fue el artículo segundo de la constitución, [22] que dice:

La Constitución se basa en la unidad indisoluble de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles; reconoce y garantiza el derecho al autogobierno de las nacionalidades y regiones que lo componen y la solidaridad entre todas ellas.

-  Artículo segundo de la Constitución española de 1978

La constitución era bastante ambigua sobre cómo se llevaría a cabo. [15] [23] No define, detalla ni impone la estructura del Estado; [17] [22] no establece la diferencia entre "nación" y "nacionalidad"; y no especifica cuáles son las "nacionalidades" y cuáles son las "regiones", o los territorios que componen. [22] [24] Más que imponer, posibilita un proceso hacia una estructura descentralizada a partir del ejercicio que estas "nacionalidades y regiones" harían del derecho al autogobierno que les fue otorgado. [22] Como tal, el resultado de este ejercicio no era predecible [25]y su construcción fue deliberadamente abierta; [13] la constitución solo creó un proceso para una eventual devolución , pero fue de naturaleza voluntaria: las "nacionalidades y regiones" mismas tenían la opción de elegir entre alcanzar el autogobierno o no. [26]

Para el ejercicio de este derecho, la constitución estableció un proceso abierto mediante el cual las "nacionalidades y regiones" podrían constituirse como "comunidades autónomas". En primer lugar, reconoció las 50 provincias preexistentes de España , una división territorial del régimen centralizador liberal del siglo XIX creada con fines puramente administrativos (también reconoció los municipios que integraban las provincias). Estas provincias servirían como bloques de construcción y partes constituyentes de las comunidades autónomas. La constitución estipulaba que podían constituirse como comunidades autónomas: [27]

  • Dos o más provincias adyacentes con características históricas, culturales y económicas comunes.
  • Territorios insulares.
  • Una sola provincia con una "identidad regional histórica".

También permitió excepciones a los criterios anteriores, en el sentido de que el Parlamento español podría: [27]

  • Autorizar, en interés de la nación, la constitución de una comunidad autónoma aunque se trate de una sola provincia sin una identidad regional histórica.
  • Autorizar u otorgar autonomía a entidades o territorios que no fueran provincias.

La constitución también estableció dos "vías" para acceder a la autonomía. La "vía rápida" o "vía rápida", [23] también denominada "excepción", [22] se estableció en el artículo 151, y se reservó implícitamente para las tres "nacionalidades históricas" [7] [24] [28] —País Vasco, Cataluña y Galicia— en el que se renunciaba a los muy estrictos requisitos para optar por esta vía mediante la segunda disposición transitoria para aquellos territorios que habían aprobado un "Estatuto de Autonomía" durante la Segunda República Española [28].(de lo contrario, la constitución exigía la aprobación de las tres cuartas partes de los municipios involucrados cuya población sumaría al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia, y exigía la ratificación mediante referéndum con el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los censo electoral de cada provincia, es decir, de todos los ciudadanos registrados, no solo de los que votarían).

La constitución también estableció explícitamente que el marco institucional para estas comunidades sería un sistema parlamentario , con una Asamblea Legislativa elegida por sufragio universal , un gabinete o "consejo de gobierno", un presidente de dicho consejo, elegido por la Asamblea, y un Tribunal Superior de Justicia. También se les otorgó un nivel máximo de competencias transferidas.

La "ruta lenta" o "vía lenta", [23] también denominada "norma", [22]fue establecido en el artículo 143. Este camino podría ser tomado, por la primera disposición transitoria, por los "regímenes preautonómicos" que se habían constituido en 1978, mientras se estaba redactando la constitución, si eran aprobados por dos tercios de todos los municipios. involucrados cuya población sumaría al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia o territorio insular. Estas comunidades asumirían competencias limitadas durante un período provisional de 5 años, después del cual podrían asumir competencias adicionales, previa negociación con el gobierno central. Sin embargo, la constitución no estableció explícitamente un marco institucional para estas comunidades. Podrían haber establecido un sistema parlamentario como las "nacionalidades históricas",o no podrían haber asumido poderes legislativos y simplemente haber establecido mecanismos para la administración de las competencias que les fueron otorgadas.[22] [24]

Una vez creadas las comunidades autónomas, el artículo 145 prohíbe la "federación de comunidades autónomas". Esto se entendía como cualquier acuerdo entre comunidades que produjera una alteración del equilibrio político y territorial que provocaría un enfrentamiento entre diferentes bloques de comunidades, acción incompatible con el principio de solidaridad y unidad de la nación. [29]

Las disposiciones constitucionales denominadas "adicionales" y "transitorias" permitían algunas excepciones al marco antes mencionado. En cuanto a la organización territorial, la disposición transitoria quinta estableció que las ciudades de Ceuta y Melilla , enclaves españoles ubicados en la costa norte de África, podrían constituirse como "comunidades autónomas" si la mayoría absoluta de los miembros de sus ayuntamientos estuvieran de acuerdo. sobre tal moción, y con la aprobación del Parlamento español, que ejercerá sus prerrogativas de otorgar autonomía a otras entidades además de las provincias. [30]

En cuanto al alcance de las competencias, la primera disposición adicional reconoció los derechos históricos de los territorios "habilitados", [iv] a saber, las provincias vascoparlantes, que debían actualizarse de acuerdo con la constitución. [31] Este reconocimiento les permitiría establecer un " régimen autorizado " financiero mediante el cual no solo tendrían independencia para administrar sus propias finanzas, como todas las demás comunidades, sino que también tendrían sus propios ministerios de finanzas públicas con la capacidad de recaudar y recaudar todos impuestos. En el resto de las comunidades, todos los impuestos son recaudados por o para el gobierno central y luego redistribuidos entre todos.

Pactos autonómicos [ editar ]

Los Estatutos de Autonomía del País Vasco y Cataluña fueron sancionados por las Cortes de España el 18 de diciembre de 1979. La posición del partido en el gobierno, la Unión de Centro Democrático (UCD), era que sólo asumirían las tres "nacionalidades históricas" plenas competencias, mientras que el resto accedería a la autonomía a través del artículo 143, asumiendo menos poderes y quizás ni siquiera estableciendo instituciones de gobierno. [32] A ello se opusieron firmemente los representantes de Andalucía , que exigieron para su región el máximo nivel de competencias otorgadas a las "nacionalidades". [24] [33]

Después de una manifestación masiva en apoyo a la autonomía, se organizó un referéndum para que Andalucía alcanzara la autonomía a través de los estrictos requisitos del artículo 151, o la "vía rápida", con UCD pidiendo la abstención, y el principal partido de la oposición en el Parlamento, el español. El Partido Socialista de los Trabajadores (PSOE) pide un voto a favor. [24] Estos requisitos no se cumplieron, ya que en una de las ocho provincias, Almería , los votos a favor -aunque la pluralidad- no llegaba a la mitad del censo electoral exigido. Sin embargo, en general, los resultados del referéndum fueron claros e inequívocos. [22]

Tras varios meses de discusión, el entonces primer ministro de España, Adolfo Suárez y el líder de la oposición , Felipe González , llegaron a un acuerdo para resolver la cuestión andaluza, mediante el cual el Parlamento aprobó una reforma a la ley que regulaba los referendos, y utilizó una prerrogativa del artículo 144c de la constitución, ambas acciones que combinadas permitirían a Andalucía tomar la vía rápida. También acordaron que ninguna otra región tomaría la "ruta rápida", pero que todas las regiones establecerían un sistema parlamentario con todas las instituciones de gobierno. [24] Esto abrió una fase que se denominó café para todos , "café para todos". [7]Este acuerdo finalmente se puso por escrito en julio de 1981 en lo que se ha denominado los "primeros pactos autonómicos". [23]

Estos "pactos autonómicos" [v] colmaron el vacío dejado por el carácter abierto de la constitución. Entre otras cosas: [22] [34]

  • Describieron el esquema definitivo de la división territorial de España, con el número específico y el nombre de las comunidades autónomas a crear.
  • Restringieron la "vía rápida" a las "nacionalidades históricas" y Andalucía; todo el resto tuvo que tomar la "ruta lenta".
  • Establecieron que todas las comunidades autónomas tendrían instituciones de gobierno dentro de un sistema parlamentario.
  • Establecieron un plazo para la constitución de todas las comunidades restantes: 1 de febrero de 1983.

Al final se crearon 17 comunidades autónomas:

  • Andalucía y las tres "nacionalidades históricas" —País Vasco, Cataluña y Galicia— tomaron la "vía rápida" y asumieron de inmediato el máximo nivel de competencias; el resto tomó la "ruta lenta".
  • Aragón , Castilla-La Mancha , Castilla y León , Extremadura y la Comunidad Valenciana accedieron a la autonomía como comunidades integradas por dos o más provincias con características históricas, económicas y culturales comunes.
  • Las Islas Baleares y las Islas Canarias se adhirió a la autonomía como territorios insulares, esta última integrada por dos provincias.
  • El Principado de Asturias , Cantabria , La Rioja y Murcia accedieron a la autonomía como provincias únicas con identidad histórica (también llamadas comunidades autónomas "uniprovinciales").
  • Navarra , como provincia única, accedió a la autonomía a través del reconocimiento, actualización y mejora de su "ley" histórica y local (fueros; fueros españoles ), y como tal, se le conoce como una "comunidad colegiada".
  • La provincia de Madrid, sede de la capital nacional, se separó de Castilla-La Mancha (antes Nueva Castilla ), a la que anteriormente pertenecía, y se constituyó como comunidad autónoma uniprovincial de "interés nacional", la Comunidad de Madrid. .

Para la Comunidad Valenciana y Canarias se dispuso especialmente que, si bien tomaron la "vía lenta", mediante la posterior aprobación de leyes orgánicas específicas, iban a asumir el máximo nivel de competencias en menos de 5 años, ya que había iniciado un proceso hacia la "vía rápida" previo a la aprobación de los "pactos autonómicos".

Por otro lado, Cantabria y La Rioja, aunque originalmente formaban parte de Castilla la Vieja —y ambas originalmente incluidas en el "régimen preautonómico" de Castilla y León, recibieron la autonomía como provincias únicas con identidad histórica, movimiento apoyado por la mayoría. de sus poblaciones. [11] [24] [35] Los "pactos autonómicos" dan tanto a Cantabria como a La Rioja la opción de incorporarse a Castilla y León en el futuro, y exigían que los Estatutos de Autonomía de las tres comunidades incluyan tal disposición. [34] A León, un reino histórico y una región histórica de España, una vez unida a Castilla la Vieja para formar Castilla y León, se le negó la secesión para constituirse como una comunidad autónoma por derecho propio.[36]

El Parlamento español, Congreso de los Diputados

Durante la segunda mitad de la década de 1980, el gobierno central parecía reacio a transferir todas las competencias a las comunidades de "ruta lenta". [16] Después de los cinco años establecidos por la constitución, todas las comunidades de "ruta lenta" exigieron la máxima transferencia garantizada por la constitución. Esto dio lugar a lo que se ha denominado los "segundos pactos autonómicos" de 1992, entre el entonces primer ministro de España, Felipe González, del PSOE, y el líder de la oposición, José María Aznar, del recién creado Partido Popular (PP), sucesor del Partido Popular. Partido de la alianza. A través de estos acuerdos se transfirieron nuevas competencias, con las reformas a muchos Estatutos de Autonomía de las comunidades de "ruta lenta" con el objetivo de equipararlas a las comunidades de "ruta rápida". [16] En 1995, las ciudades de Ceuta y Melilla se constituyeron como "ciudades autónomas" sin poderes legislativos, pero con una asamblea autónoma [ aclaración necesaria ] no subordinada a ninguna otra provincia o comunidad.

La creación de las comunidades autónomas fue un proceso diverso, que comenzó con la constitución, se normalizó con los pactos autonómicos y se completó con los Estatutos de Autonomía. [22] Sin embargo, es un proceso en curso; una mayor devolución —o incluso el retorno de las competencias transferidas— es siempre una posibilidad. Esto se ha evidenciado en la década de 2000, al inicio con una ola de aprobación de nuevos Estatutos de Autonomía para muchas comunidades, y más recientemente con muchas considerando la recentralización de algunas competencias a raíz de la crisis económica y financiera de 2008. No obstante España es ahora un país descentralizado con una estructura diferente a cualquier otro, similar pero no igual a una federación , [22]aunque en muchos aspectos el país puede compararse con países que son indiscutiblemente federales. [37] El sistema único resultante se conoce como "Estado autónomo", o más precisamente "Estado de autonomía". [15]

Situación actual [ editar ]

Con la implantación de las Comunidades Autónomas, España pasó de ser uno de los países más centralizados de la OCDE a ser uno de los más descentralizados; en particular, ha sido el país donde los ingresos y resultados de los organismos descentralizados (las Comunidades Autónomas) han crecido más, liderando este rango en Europa en 2015 y siendo quinto entre los países de la OCDE en devolución de impuestos (después de Canadá, Suiza, el Estados Unidos y Austria). [38] [39]Mediante el Estado de Autonomías implementado después de la Constitución española de 1978, España ha sido citada como "notable por la extensión de los poderes transferidos pacíficamente durante los últimos 30 años" y "un país extraordinariamente descentralizado", con la contabilidad del gobierno central. por tan solo el 18% del gasto público, [40] el 38% por los gobiernos regionales, el 13% por los ayuntamientos y el 31% restante por el sistema de seguridad social . [41]

En términos de personal, en 2010 casi 1.350.000 personas o el 50,3% del total de funcionarios en España estaban ocupadas por las comunidades autónomas; [42] los consejos municipales y provinciales representaron el 23,6% y los empleados que trabajaban para la administración central (policías y militares incluidos) representaron el 22,2% del total. [43]

Tensiones dentro del sistema [ editar ]

El nacionalismo periférico sigue jugando un papel clave en la política española. Algunos nacionalistas periféricos opinan que existe una distinción práctica que se desvanece entre los términos "nacionalidades" y "regiones", [44] a medida que se transfieren más competencias a todas las comunidades en aproximadamente el mismo grado y otras comunidades han optado por identificarse como "nacionalidades". ". De hecho, se ha argumentado que el establecimiento del Estado de Autonomías "ha llevado a la creación de" nuevas identidades regionales ", [45] [46] y" comunidades inventadas ". [46]

Pro-independencia catalana (izquierda) y manifestaciones pro-españolas en Barcelona .

Muchos en Galicia, el País Vasco y Cataluña ven a sus comunidades como "naciones", no solo "nacionalidades", y a España como un "estado plurinacional" o una "nación de naciones", y han hecho demandas para una mayor devolución o secesión. .

En 2004 el Parlamento Vasco aprobó el Plan Ibarretxe , por el que el País Vasco aprobaría un nuevo Estatuto de Autonomía que contendrá disposiciones clave como la soberanía compartida con España, la plena independencia del poder judicial y el derecho a la autodeterminación , asumiendo todas las competencias excepto el de la ley de nacionalidad española , defensa y política monetaria. El plan fue rechazado por el Parlamento español en 2005 y la situación se ha mantenido bastante estable en ese frente hasta ahora.

Un punto particularmente polémico, especialmente en Cataluña, ha sido el de las tensiones fiscales, con los nacionalistas catalanes intensificando su demanda de más financiación durante la década de 2010. En este sentido, las nuevas normas de descentralización fiscal vigentes desde 2011 ya convierten a España en uno de los países más descentralizados del mundo también en materia presupuestaria y fiscal, [47] con la base para el reparto del impuesto sobre la renta al 50/50 entre los españoles gobierno y las regiones (algo inaudito en estados federales mucho más grandes como Alemania o los Estados Unidos, que mantienen el impuesto sobre la renta como exclusivo o principalmente federal). [47]Además, cada región también puede decidir establecer sus propias bandas de impuesto sobre la renta y sus propias tasas adicionales, superiores o inferiores a las federales, con el correspondiente ingreso devengado por la región que ya no tiene que compartirlo con otras regiones. [47] Este nivel actual de descentralización fiscal ha sido considerado por economistas como Thomas Piketty como problemático ya que, en su opinión, "desafía la idea misma de solidaridad dentro del país y se reduce a enfrentar a las regiones entre sí, lo que es particularmente problemático cuando se trata de un impuesto sobre la renta, ya que se supone que permite reducir las desigualdades entre los más ricos y los más pobres, más allá de las identidades regionales o profesionales ”. [47]

Proceso de independencia en Cataluña [ editar ]

La severa crisis económica en España que comenzó en 2008 produjo diferentes reacciones en las distintas comunidades. Por un lado, algunos comenzaron a considerar la devolución de algunas responsabilidades al gobierno central. [48] mientras que, por otro lado, en Cataluña el debate sobre el déficit fiscal (Cataluña es uno de los mayores contribuyentes netos en impuestos [ cita requerida ] ) llevó a muchos que no son necesariamente separatistas pero que están enfurecidos por el déficit financiero a apoyar secesión. [49] [50] En septiembre de 2012, Artur MasEl entonces presidente de Cataluña, solicitó al gobierno central un nuevo "acuerdo fiscal", con la posibilidad de otorgar a su comunidad poderes iguales a los de las comunidades de régimen colegiado , pero el primer ministro Mariano Rajoy se negó. Mas disolvió el Parlamento catalán, convocó a nuevas elecciones y prometió realizar un referéndum sobre la independencia en los próximos cuatro años. [51]

El gobierno de Rajoy declaró que utilizaría todos los "instrumentos legales" —la legislación actual requiere que el ejecutivo central o el Congreso de los Diputados convoquen o sancionen un referéndum vinculante— [52] para bloquear cualquier intento de ese tipo. [53] El Partido Socialista Obrero Español y su homólogo en Cataluña propusieron reabrir el debate sobre la organización territorial de España, cambiando la constitución para crear un verdadero sistema federal que "refleje mejor las singularidades" de Cataluña, así como para modificar el sistema tributario actual. [54] [55]

El viernes 27 de octubre de 2017 el Parlamento de Cataluña votó la independencia de Cataluña; el resultado fue 70 a favor, 10 en contra, 2 tampoco, con 53 representantes no presentes en protesta. En los días siguientes, los miembros del gobierno catalán huyeron o fueron encarcelados.

Un erudito resume la situación actual de la siguiente manera:

el estado autónomo parece haber cerrado el círculo, con reproches de todos lados. Según algunos, no ha ido lo suficientemente lejos y no ha logrado satisfacer sus aspiraciones de mejorar el autogobierno. Para otros ha ido demasiado lejos, fomentando la ineficacia o políticas lingüísticas reprobables. [56]

Marco constitucional y estatutario [ editar ]

Se ha argumentado que el Estado de las Autonomías, tal como lo establece el artículo 2 de la Constitución, se fundamenta en cuatro principios: voluntad de acceder a la autonomía, unidad en la diversidad, autonomía pero no soberanía de las comunidades y solidaridad entre todas ellas. [57] La estructura de las comunidades autónomas viene determinada tanto por la descentralización permitida por la constitución como por las competencias asumidas en sus respectivos Estatutos de Autonomía. Si bien los acuerdos autonómicos y otras leyes han permitido una "igualación" de todas las comunidades, aún persisten las diferencias.

El Estatuto de Autonomía [ editar ]

El Estatuto de Autonomía es la ley institucional básica de la comunidad autónoma o ciudad, reconocido por la constitución española en el artículo 147. Es aprobado por una asamblea parlamentaria que representa a la comunidad, y luego aprobado por las Cortes Generales , el Parlamento español, mediante un "Ley Orgánica", que requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados .

Para las comunidades que accedieron a la autonomía a través de la "vía rápida", se requiere un referéndum antes de que pueda ser sancionado por el Parlamento. Los Estatutos de Autonomía deben contener, al menos, el nombre de la comunidad, sus límites territoriales, los nombres, organización y sede de las instituciones de gobierno, las competencias que asumen y los principios de su política bilingüe, en su caso.

La constitución establece que todas las competencias no asumidas explícitamente por el estado —el gobierno central— en la constitución, pueden ser asumidas por la comunidad autónoma en sus Estatutos de Autonomía; pero además, todas las competencias no asumidas explícitamente por la comunidad autónoma en sus Estatutos de Autonomía son automáticamente asumidas por el Estado. [27] En caso de conflicto, prevalece la constitución. [27] En caso de desacuerdo, cualquier administración puede llevar el caso ante el Tribunal Constitucional de España .

Organización institucional [ editar ]

Todas las comunidades autónomas tienen un sistema parlamentario basado en una división de poderes que comprende:

  • Una Asamblea Legislativa, cuyos miembros son elegidos por sufragio universal según un sistema de representación proporcional , en el que todas las áreas que integran el territorio están representadas equitativamente.
  • Un Consejo de Gobierno, con poderes ejecutivos y administrativos, encabezado por un primer ministro, cuyo título oficial es "presidente", [e] [vi] elegido por la Asamblea Legislativa, generalmente el líder del partido o coalición con una mayoría en el Asamblea — y nominado por el Rey de España
  • Un Tribunal Superior de Justicia, jerárquicamente dependiente del Tribunal Supremo de España
Palacio Regional, sede de la Junta General , Parlamento del Principado de Asturias

La mayoría de las comunidades han aprobado leyes electorales regionales dentro de los límites establecidos por las leyes para todo el país. A pesar de las pequeñas diferencias, todas las comunidades utilizan la representación proporcional siguiendo el método D'Hondt ; todos los miembros de los parlamentos regionales son elegidos por períodos de cuatro años, pero el presidente de la comunidad tiene la facultad de disolver la legislatura y convocar elecciones anticipadas. No obstante, en todas las comunidades a excepción del País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía las elecciones se celebran el último domingo de mayo cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones municipales en toda España. [57]

Los nombres del Consejo de Gobierno y la Asamblea Legislativa varían de una comunidad a otra. En algunas comunidades autónomas, estas instituciones son órganos históricos de gobierno o representación de los reinos anteriores o entidades regionales dentro de la Corona española —como la Generalitat de Cataluña— mientras que otras son creaciones completamente nuevas.

En algunos, tanto el ejecutivo como el legislativo, aunque constituyen dos instituciones separadas, se identifican colectivamente con un solo nombre específico. Una denominación específica puede no referirse a la misma rama del gobierno en todas las comunidades; por ejemplo, junta puede referirse a la oficina ejecutiva en algunas comunidades, a la legislatura en otras, o al nombre colectivo de todas las ramas del gobierno en otras.

Dada la ambigüedad constitucional que no especificaba qué territorios eran nacionalidades y cuáles eran regiones, otros territorios, además de las tres "nacionalidades históricas" implícitas, también han optado por identificarse como nacionalidades, de acuerdo con su identidad regional histórica, como Andalucía, Aragón, Baleares , Canarias y Comunidad Valenciana .

Las dos ciudades autónomas tienen competencias más limitadas que las comunidades autónomas, pero más que otros municipios. El ejecutivo lo ejerce un presidente, que también es el alcalde de la ciudad. De la misma manera, el poder legislativo limitado se confiere a una asamblea local en la que los diputados son también los concejales de la ciudad.

Poderes legales [ editar ]

Los acuerdos autonómicos de 1982 y 1992 intentaron igualar los poderes (competencias) delegados a las 17 comunidades autónomas, dentro de los límites de la constitución y las diferencias que garantiza. Esto ha llevado a una "homogeneidad asimétrica". [22] En palabras del Tribunal Constitucional de Españaen su sentencia de 5 de agosto de 1983, las comunidades autónomas se caracterizan por su "homogeneidad y diversidad ... iguales en su subordinación al orden constitucional, en los principios de su representación en el Senado, en su legitimación ante el Tribunal Constitucional, y en que las diferencias entre los distintos Estatutos [de Autonomía] no pueden implicar privilegios económicos o sociales; sin embargo, pueden ser desiguales respecto al proceso de acceso a la autonomía y la determinación concreta del contenido autonómico de su Estatuto, y por tanto, en su ámbito de competencias. El régimen autonómico se caracteriza por un equilibrio entre homogeneidad y diversidad ... Sin la primera no habrá unidad ni integración en el conjunto del Estado; sin la segunda,no habría [una] verdadera pluralidad y capacidad de autogobierno ".[58]

Un coche de policía de la Ertzaintza en el País Vasco

La descentralización asimétrica es una característica única de la estructura territorial de España, ya que las comunidades autónomas tienen un abanico diferente de competencias transferidas. Estos se basaban en lo que se ha denominado en español hechos diferenciales , "hechos diferenciales" o "rasgos diferenciales". [vii] [59]

Esta expresión hace referencia a la idea de que algunas comunidades tienen rasgos particulares, con respecto al conjunto de España. En la práctica estos rasgos son una "lengua propia de sus propios territorios" nativa separada del español, un régimen financiero particular o derechos civiles especiales expresados ​​en un código, que generan una personalidad política distinta. [59] Estos hechos diferenciales de su distinta personalidad política e histórica son reconocidos constitucional y estatutariamente (es decir, en sus Estatutos de Autonomía) en las excepciones que se les otorgan a algunos de ellos y en las competencias adicionales que asumen. [59]

Las competencias se pueden dividir en tres grupos: exclusivas del estado central o del gobierno central, competencias compartidas y competencias delegadas exclusivas de las comunidades. El artículo 149 establece cuáles son las competencias exclusivas del gobierno central: relaciones internacionales, defensa, administración de justicia, legislación comercial, penal, civil y laboral, aduanas, finanzas generales y deuda estatal, salud pública, legislación básica y coordinación general. [5] Todas las comunidades autónomas tienen la facultad de gestionar sus propias finanzas como mejor les parezca y son responsables de la administración de la educación —escuela y universidades— de los servicios sociales y sanitarios y del desarrollo cultural y urbano. [60] Sin embargo, existen diferencias según lo estipulado en sus estatutos y la constitución:[57]

  • Aragón, Baleares, País Vasco, Cataluña , Galicia y la Comunidad Valenciana tienen un código civil autonómico
  • País Vasco, Cataluña y Navarra tienen sus propios cuerpos policiales: la Ertzaintza , los Mossos d'Esquadra y los Nafarroako Foruzaingoa , respectivamente; otras comunidades también las tienen, pero no completamente desarrolladas (adscritas a la Policía Nacional española) [ dudoso ]
  • Canarias tiene un régimen financiero especial en virtud de su ubicación como territorios de ultramar, mientras que el País Vasco y Navarra tienen un régimen financiero distinto denominado "régimen colegiado".
  • Las Islas Baleares, el País Vasco, Cataluña, Galicia, Navarra y la Comunidad Valenciana tienen una lengua cooficial y, por tanto, un régimen lingüístico diferenciado [57]

Grado de autonomía financiera [ editar ]

La forma en que se financian las comunidades ha sido uno de los aspectos más polémicos en su relación con el gobierno central. [45] La constitución otorgó a todas las comunidades un control significativo sobre el gasto, pero el gobierno central retuvo el control efectivo de su suministro de ingresos. [45] Es decir, el gobierno central sigue siendo el encargado de recaudar y recaudar la mayoría de los impuestos, que luego redistribuye a las comunidades autónomas con el objetivo de producir una " nivelación fiscal ". [5] Esto se aplica a todas las comunidades, a excepción del País Vasco y Navarra.

Este esquema financiero se conoce como el "régimen común". En esencia, la igualación fiscal implica que las comunidades más ricas se conviertan en contribuyentes netos del sistema, mientras que las comunidades más pobres se conviertan en beneficiarios netos. Los dos mayores contribuyentes netos al sistema son las Islas Baleares y la Comunidad de Madrid, en términos porcentuales, o la Comunidad de Madrid y Cataluña en términos absolutos. [5] [61]

La financiación del gobierno central es la principal fuente de ingresos para las comunidades de "régimen común". La redistribución, o transferencia de pagos , se otorga a las comunidades de régimen común para gestionar las responsabilidades que han asumido. La cantidad que reciben se basa en varios cálculos que incluyen una consideración de la población, la superficie terrestre, las unidades administrativas, la dispersión de la población, la pobreza relativa, la presión fiscal y la insularidad. [7]El gobierno central se compromete a devolver un porcentaje específico de impuestos a todas las comunidades con régimen común, dentro de las diferencias permitidas para la igualación fiscal. Las comunidades de régimen común tienen la capacidad de agregar un recargo a los llamados "impuestos cedidos" —impuestos fijados a nivel central, pero recaudados localmente— y pueden bajar o subir los impuestos sobre la renta de las personas físicas hasta un límite. [45]

Al País Vasco y Navarra se les concedió una excepción en el sistema fiscal y financiero mediante la primera disposición adicional de la constitución que reconoce sus "cartas" históricas [viii], por  lo que se les conoce como " comunidades de régimen colegiado " o "régimen foral". . [45] A través de su "régimen autorizado", estas comunidades pueden recaudar y recaudar todos los llamados "impuestos contratados", incluidos el impuesto sobre la renta y el impuesto sobre sociedades, y tienen mucha más flexibilidad para reducirlos o aumentarlos. [45] Este contrato "autorizado" o "foral" implica una verdadera autonomía financiera. [45]

Como recaudan casi todos los impuestos, envían al gobierno central un monto preestablecido conocido como cúpula , "cuota" o aportación , "contribución", y el tratado por el cual se reconoce este sistema se conoce como concierto , "tratado" o convenio , "pacto". [62] Por lo tanto, también se dice que tienen concierto económico , un "tratado económico". Dado que ellos mismos recaudan todos los impuestos y solo envían una cantidad preestablecida al gobierno central para las competencias exclusivas del estado, no participan en la "igualación fiscal", en el sentido de que no reciben ninguna devolución de dinero.

Gasto [ editar ]

A medida que las comunidades autónomas han asumido más responsabilidades en áreas como el bienestar social, la salud y la educación, los patrones de gasto público han experimentado un cambio desde el gobierno central hacia las comunidades desde los años ochenta. [45] A finales de la década de 2000, las comunidades autónomas representaban el 35% de todo el gasto público en España, porcentaje incluso superior al de los estados dentro de una federación. [5] Sin restricciones legales para equilibrar los presupuestos, y dado que el gobierno central retiene el control sobre los ingresos fiscales en las comunidades de régimen común, se les anima de alguna manera a acumular deuda. [45]

El Consejo de Política Fiscal y Financiera , que incluye a representantes del gobierno central y de las comunidades autónomas, se ha convertido en una de las instituciones de coordinación más eficientes en materia de gastos e ingresos públicos. [63] A través del Consejo se han acordado varios acuerdos de financiación, así como límites a la deuda pública de las comunidades. La Ley Orgánica de Financiamiento de las Comunidades Autónomas de 1988 exige que las comunidades obtengan la autorización del Ministerio de Hacienda central para emitir deuda pública. [63]

Regímenes lingüísticos [ editar ]

Carteles bilingües, mostrando los nombres de la ciudad conocida como Pamplona en español e Iruña en euskera

En el preámbulo de la constitución se afirma explícitamente que es voluntad de la nación proteger a "todos los españoles y los pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones". [64] Este es un reconocimiento significativo no solo porque difería drásticamente de las políticas lingüísticas restrictivas durante la época de Franco, sino también porque parte del carácter distintivo de las "nacionalidades históricas" reside en sus propias lenguas regionales. [8] [9] La nación es, pues, abiertamente multilingüe, [11] en la que el castellano—Es decir, el español— es la lengua oficial en todos los territorios, pero las "otras lenguas españolas" también pueden ser oficiales en sus respectivas comunidades, de acuerdo con sus Estatutos de Autonomía.

El artículo 3 de la Constitución termina declarando que "la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España representa un patrimonio que será objeto de especial respeto y protección". [65] El español sigue siendo el único idioma oficial del estado; otros idiomas sólo son cooficiales con el español en las comunidades que así lo han regulado. Además, el conocimiento de la lengua española fue declarado un derecho y una obligación de todos los españoles.

La legislación española, sobre todo en los Estatutos de Autonomía de las comunidades bilingües, utiliza el término "lengua propia", o "lengua propia de una comunidad", [ix] para referirse a una lengua distinta al español que se originó o tuvo raíces históricas en ese territorio en particular. Los Estatutos de Autonomía de las respectivas comunidades autónomas han declarado el euskera como lengua propia del País Vasco y Navarra, el catalán como lengua propia de Cataluña, Baleares y Comunidad Valenciana —donde se conoce histórica, tradicional y oficialmente como valenciano— y gallegoser la lengua propia de Galicia. Existen otras lenguas regionales protegidas en otras comunidades autónomas. Como porcentaje de la población total de España, el euskera lo habla un 2%, el catalán / valenciano un 17% y el gallego un 7% del total de españoles. [66] Un censo del Gobierno Vasco de 2016 reveló 700.000 hablantes fluidos en España (51.000 en los condados vascos de Francia) y 1.185.000 en total cuando se incluyen hablantes pasivos. [67]

Subdivisiones [ editar ]

La constitución española reconoce los municipios [x] y garantiza su autonomía. Los concejos municipales o de la ciudad [xi] están a cargo del gobierno y la administración de los municipios, y están integrados por un alcalde [xii] y concejales [xiii], estos últimos elegidos por sufragio universal y los primeros elegidos por el concejal o por sufragio.

Las provincias [xiv] son agrupaciones de municipios y están reconocidas por la constitución. Sus competencias e instituciones de gobierno varían mucho entre comunidades. En todas las comunidades que tienen más de una provincia, las provincias están gobernadas por "diputaciones provinciales" o "consejos provinciales" , [xv] con un ámbito limitado de competencias administrativas. [45]

En el País Vasco, las provincias, rebautizadas como " territorios históricos ", [iv] se rigen por "diputaciones autorizadas" [xvi], que asumen las competencias de una diputación provincial así como las competencias fiscales de su " régimen colegiado " - y por las "Juntas generales" [xvii], parlamentos con poderes legislativos. [45]

En las Islas Canarias y Baleares, cada isla principal está gobernada por un "consejo insular". [xviii] En Cataluña, las "diputaciones provinciales" tienen muy poco poder, ya que se han creado otras subdivisiones territoriales. [45]

En esas siete comunidades autónomas formadas por una sola provincia, las diputaciones provinciales han sido sustituidas por las instituciones de gobierno de las comunidades; de hecho, las provincias mismas no sólo son colindantes con las comunidades, sino que corresponden en esencia a las comunidades mismas. Por lo tanto, la organización territorial de dos niveles común a la mayoría de las comunidades —primero provincia, luego municipalidades— no existe en estas comunidades "uniprovinciales". [5]

La constitución también permite la creación de otras entidades territoriales formadas por agrupaciones de municipios. Una de esas subdivisiones territoriales es la comarca (equivalente a un "distrito", "condado" o "condado"). Si bien todas las comunidades tienen comarcas históricas, culturales o naturales no oficiales , [xix] sólo en Aragón y Cataluña, han sido legalmente reconocidas como entidades territoriales con competencias administrativas (ver consejos comarcales ). [xx]

Competencias de los gobiernos autónomos [ editar ]

Las competencias de las comunidades autónomas no son homogéneas. [74] En términos generales, las competencias se dividen en "Exclusivas", "Compartidas" y "Ejecutivas" ("parciales"). En algunos casos, la comunidad autónoma puede tener la responsabilidad exclusiva de la administración de un área de política, pero solo puede tener poderes ejecutivos (es decir, ejecutar) en lo que respecta a la política en sí, lo que significa que debe hacer cumplir la política y las leyes decididas a nivel nacional. nivel.

Ver también [ editar ]

  • Divisiones políticas de España
  • Divisiones administrativas autónomas de España
  • Administración de las Comunidades Autónomas
  • Listas ordenadas de comunidades autónomas españolas
  • Relación de comunidades autónomas españolas por producto interior bruto
  • Relación de comunidades autónomas españolas por índice de desarrollo humano

Notas [ editar ]

  1. ^ Pronunciación en español:[komuniˈðað awˈtonoma]
  2. ^ Pronunciación vasca:[autonomia erkiðeɣo]
  3. ^ Pronunciación catalana:[kumuniˈtat əwˈtɔnumə]
  4. ^ Pronunciación gallega:[komuniˈðaðɪ awˈtɔnʊmɐ]
  5. En el País Vasco, el jefe de gobierno se conoce oficialmente como lehendakari en vasco, o por la traducción española del título, lendakari .
  6. ^ Todas las cifras informadas en Ethnologue solo para el número de hablantes en España.
  7. En el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, el dialecto astur-leonés que se habla en ella se denomina leonés .
  8. El dialecto catalán hablado en la Comunidad Valenciana se conoce histórica, tradicional y oficialmente como valenciano .
  9. ^ a b Las provincias vascas y Navarra se conocen oficialmente como "territorios históricos" o "territorios autorizados". [iv]
  10. ^ También deletreado "Cordova" en inglés.
  11. ^ También deletreado "Zaragoza" en inglés.
  12. ^ Anteriormente conocido como Oviedo.
  13. ^ Anteriormente conocido como Santander.
  14. ^ Anteriormente conocido como Logroño.
  15. ^ Anteriormente conocida como Pamplona.
Traducción de términos
  1. ^ "Autonomías" (en español: autonomías , en vasco: autonomien , en catalán / valenciano: autonomías , en gallego: autonomías ).
  2. ^ "Estado de las Autonomías" (en español: Estado de las Autonomías , en euskera: Autonomien Estatuaren , en catalán / valenciano: Estat de les Autonomies , en gallego: Estado das Autonomías ). También conocido como "Estado Autónomo" [6] (en español: Estado Autonómico , en euskera: Autonomia Estatuko , o Estatuaren , en catalán / valenciano: Estat Autonòmic , en gallego: Estado Autonómico )
  3. ^ "Estatutos de autonomía" (en español: Estatutos de Autonomía , en euskera: Autonomia Estatutuen , en catalán / valenciano: Estatuts d'Autonomia , en gallego: Estatutos de Autonomía).
  4. ^ a b c "Territorios históricos" o "territorios autorizados" (en español: territorios históricos o territorios forales , en vasco: lurralde historikoak o foru lurraldeak ).
  5. ^ "Pactos autonómicos" o "acuerdos autonómicos" (en español: pactos autonómicos o acuerdos autonómicos ).
  6. ^ "Presidente autonómico", "presidente regional", o simplemente "presidente" (en español: presidente autonómico , presidente regional , o simplemente presidente ; en catalán / valenciano: presidente autonómico , presidente regional , o simplemente presidente ; en gallego: presidente autonómico , presidente rexional , o simplemente presidente ). En euskera el lehendakari no está traducido.
  7. ^ "Hechos diferenciales", o "rasgos" (en castellano: hechos diferenciales , en euskera: eragin diferentziala , en catalán / valenciano: fets diferencials , en gallego: feitos diferenciais ).
  8. ^ "Charters" (en español: fueros , en vasco: foruak ).
  9. ^ "Lengua propia (de una comunidad)" o "lengua propia [de una comunidad]" (en castellano: lengua propia , en euskera: berezko hizkuntza , en catalán / valenciano: llengua pròpia , en gallego: lingua propia ).
  10. ^ "Municipios" (en español: municipios , en euskera: udalerriak , en catalán / valenciano: municipis , en gallego: concellos o municipios ).
  11. ^ "Ayuntamientos" o "ayuntamientos" (en español: ayuntamientos , en vasco: udalak , en catalán / valenciano: ajuntaments , en gallego: concellos ).
  12. ^ "Mayor" (en español: alcalde , en vasco: alkatea , en catalán / valenciano: alcalde o batlle / batle , en gallego: alcalde ).
  13. ^ "Concejales" (en castellano: concejales , en euskera: zinegotziak , en catalán / valenciano: regidors , en gallego: concelleiros ).
  14. ^ "Provincias" (en español: provincias , en vasco: probintziak , en catalán / valenciano: provincias , en gallego: provincias ).
  15. ^ "Diputaciones provinciales" o "diputaciones provinciales" (en español: diputaciones provinciales , en catalán / valenciano: diputacions provincials , en gallego: deputacións provinciais ).
  16. ^ " Diputaciones colegiadas " (en español: diputaciones forales , en vasco: foru aldundiek ).
  17. ^ "Juntas generales" (en español: Juntas Generales , en euskera: Biltzar Nagusiak ).
  18. ^ "Consejo insular" (en español: consejo insular o cabildo insular , en catalán: consell insular ).
  19. ^ "Comarcas" (en español: comarcas , en vasco: eskualdeak , en catalán / valenciano: comarques , en gallego: comarcas o bisbarras ).
  20. ^ "Consejos comarcales" (en español: consejos comarcales , en catalán / valenciano: consells comarcales ).

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Enlaces externos [ editar ]

  • Información sobre las Comunidades Autónomas de España de rulers.org
  • Relaciones entre niveles: función CityMayors