La Congregación para las Iglesias Orientales ( latín : Congregatio pro Ecclesiis Orientalibus ) es un dicasterio de la Curia Romana , y la congregación curial responsable del contacto con las Iglesias orientales católicas con el fin de ayudar a su desarrollo y proteger sus derechos. También mantiene íntegramente en la única Iglesia Católica , junto con el patrimonio litúrgico, disciplinario y espiritual del rito latino , la herencia y el derecho canónico católico oriental de las diversas tradiciones católicas orientales.. Tiene autoridad exclusiva sobre las siguientes regiones: Egipto y la península del Sinaí , Eritrea y norte de Etiopía , sur de Albania y Bulgaria , Chipre , Grecia , Irán , Irak , Líbano , Israel (y territorios palestinos ), Siria , Jordania y Turquía , [1 ] y también supervisa jurisdicciones con sede en Rumania , el sur de Italia , Hungría , India y Ucrania . Fue fundada por el Motu Proprio Dei Providentis del Papa Benedicto XV como la "Sagrada Congregación para la Iglesia Oriental" el 1 de mayo de 1917 y "considera aquellos asuntos, ya sean de personas o cosas, que afectan a las Iglesias orientales católicas". [2]
Latín : Congregatio pro Ecclesiis Orientalibus | |
Palazzo dei Convertendi, sede de la Congregación para las Iglesias Orientales | |
Descripción general de la congregación | |
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Formado | 6 de enero de 1862 |
Agencias precedentes |
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Tipo | Congregación |
Sede | Palazzo dei Convertendi , Roma , Italia |
Ejecutivos de congregación |
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Estructura
Los Patriarcas y Arzobispos Mayores de las Iglesias Orientales y el presidente del Pontificio Consejo para la Promoción de la Unidad de los Cristianos son miembros de esta Congregación en virtud de la Ley misma. [3] Los consultores y funcionarios se seleccionan reflejando la diversidad de ritos. [4]
Autoridad
Esta congregación tiene autoridad sobre:
- todos los asuntos relacionados con las Iglesias orientales remitidos a la Santa Sede (estructura y organización de las Iglesias; ejercicio de los oficios de enseñar, santificar y gobernar; estatus, derechos y obligaciones de las personas), y
- las visitas ad limina de los obispos orientales . [5]
La autoridad de esta congregación no incluye la autoridad exclusiva de las Congregaciones para la Doctrina de la Fe y para las Causas de los Santos , de la Penitenciaría Apostólica , del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica y del Tribunal de la Rota Romana , incluyendo lo que se refiere a dispensaciones de un matrimonio ratum sed non consummatum ("ratificado pero no consumado"). [nota 1] En asuntos que afectan tanto a las Iglesias orientales como a las latinas, la Congregación opera, si el asunto es lo suficientemente importante, en consulta con el Dicasterio que tiene autoridad en el asunto para la Iglesia Latina. [6] El Patriarcado Latino de Jerusalén está exento de la autoridad de la Congregación, estando directamente sujeto a la Santa Sede . [7]
La Congregación presta especial atención a las comunidades de fieles católicos orientales que viven en el territorio de la Iglesia latina y atiende sus necesidades espirituales proporcionando visitantes e incluso sus propios jerarcas, en la medida de lo posible y donde el número y las circunstancias lo requieran, en consulta con el Congregación competente para establecer Iglesias particulares en la región. [8]
En las regiones donde las Iglesias orientales han sido dominantes desde la antigüedad, la actividad apostólica y misionera es responsabilidad exclusiva de esta Congregación, aunque lo anterior sea realizado por misioneros de rito latino. [9]
La Congregación colabora con el Pontificio Consejo para la Promoción de la Unidad de los Cristianos en los asuntos que atañen a las relaciones con las Iglesias orientales no católicas y con el Pontificio Consejo para el Diálogo Interreligioso en asuntos de su competencia. [10]
Historia
El 6 de enero de 1862, el Papa Pío IX estableció la Congregatio de Propaganda Fide pro negoiis ritus orientalis , una sección de la Congregación para la Propagación de la Fe "para los asuntos del Rito Oriental", con la constitución apostólica Romani Pontifici . [11] El Papa Benedicto XV la declaró independiente el 1 de mayo de 1917 con el motu proprio Dei Providentis y la nombró Congregatio pro Ecclesia Orientali . El Papa Pablo VI le dio su nombre actual al adoptar el plural Congregatio pro Ecclesiis Orientalibus con la constitución apostólica Regimini Ecclesiae Universae del 15 de agosto de 1967, reflejando el decreto principal Orientalium Ecclesiarum del Concilio Vaticano II . [1]
Estructura en 1917
En mayo de 1917, el Papa Benedicto XV estableció una congregación para las Iglesias católicas orientales . [12] Fue presidido por el Papa e incluyó a varios cardenales , uno de los cuales ocupó el cargo de secretario. [13]
También había Consejeros, elegidos entre los clérigos más distinguidos y los experimentados en las cosas orientales. [13]
El actual cardenal prefecto de la Congregación es Leonardo Sandri . [14] El arzobispo secretario es Giorgio Gallaro . [15] El subsecretario es monseñor Flavio Pace . [dieciséis]
Liderazgo
De 1917 a 1967, el Papa ostentaba el título de Prefecto de la Congregación.
No. | Nombre | De | Hasta que | Prefecto / Nombrador | |
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1 | Niccolò Marini | 1917 | 1922 | Benedicto XV | |
2 | Giovanni Tacci Porcelli | 1922 | 1927 | Pío XI | |
3 | Luigi Sincero | 1927 | 1936 | Pío XI | |
4 | Eugène-Gabriel- Gervais-Laurent Tisserant | 1936 | 1959 | Pío XI | |
5 | Amleto Giovanni Cicognani | 1959 | 1961 | Juan XXIII | |
6 | Gabriel Acacius Coussa | 1961 Pro-Prefecto | 1962 Prefecto | Juan XXIII | |
7 | Gustavo Testa | 1962 | 1967 | Juan XXIII |
No. | Nombre | De | Hasta que | Nombrador | |
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1 | Gustavo Testa | 15 de agosto de 1967 | 13 de enero de 1968 | Pablo VI | |
2 | Maximilien de Furstenberg | 15 de enero de 1968 | 8 de febrero de 1973 | Pablo VI | |
3 | Paul-Pierre Philippe | 6 de marzo de 1973 | 27 de junio de 1980 | Pablo VI | |
4 | Władysław Rubin | 27 de junio de 1980 | 30 de octubre de 1985 | Juan Pablo II | |
5 | Duraisamy Simon Lourdusamy | 30 de octubre de 1985 | 24 de mayo de 1991 | Juan Pablo II | |
6 | Achille Silvestrini | 24 de mayo de 1991 | 7 de septiembre de 2000 | Juan Pablo II | |
7 | Ignatius Moussa Daoud | 25 de noviembre de 2000 | 9 de junio de 2007 [14] | Juan Pablo II | |
7 | Leonardo Sandri | 9 de junio de 2007 [14] | Titular | Benedicto XVI |
Referencias
- ^ a b "Congregación para las Iglesias orientales: perfil" . vatican.va . Consultado el 10 de junio de 2019 .
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 56
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 57 §1
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 57 §2
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 58 §1
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 58 §2
- ^ "Exención" . Enciclopedia católica . Consultado el 18 de febrero de 2007 .
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 59
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 60
- ^ Ap. Const. Bono de pastor , art. 61
- ^ Noonan, La Iglesia visible , págs.69 y 537.
- ^ Norwich, Absolute Monarchs , pág. 426.
- ↑ a b Benedicto XV , Motu Proprio Dei Providentis , 2
- ^ a b c "Rinunce e nomine, 09.06.2007" (Comunicado de prensa) (en italiano). Oficina de Prensa de la Santa Sede. 9 de junio de 2007 . Consultado el 3 de febrero de 2020 .
- ^ "Rinunce e nomine" . press.vatican.va . Consultado el 23 de septiembre de 2020 .
- ^ "Rinunce e nomine, 03.02.2020" (Comunicado de prensa) (en italiano). Oficina de Prensa de la Santa Sede. 3 de febrero de 2020 . Consultado el 3 de febrero de 2020 .
Notas
- ^ Esto es de acuerdo con la Ap. Const. Bono de pastor , art. 58 §2. Sin embargo, el 30 de agosto de 2011, el Papa Benedicto XVI modificó el Bono de Pastor con el Motu Proprio Quaerit Semper , transfiriendo así la jurisdicción sobre los matrimonios ratum sed non consummatum de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos a una Oficina especial en el Tribunal de la Rota romana . La ley derogó la disposición que establece la "competencia exclusiva" de la Congregación para el Culto Divino con respecto a estos matrimonios, ya que esta disposición no fue derogada expresamente y la Oficina en la Rota Romana ahora supervisa las dispensas de tales matrimonios. ( Cfr. Benedicto XVI, MP Quaerit Semper , consultado el 8 de agosto de 2012.)
Bibliografía
- Noonan, James-Charles, Jr. La Iglesia visible: la vida ceremonial y el protocolo de la Iglesia Católica Romana (Nueva York: VIKING, 1996). ISBN 0670867454
- Norwich, John Julius. Absolute Monarchs: A History of the Papacy (Nueva York: Random House, 2011).
enlaces externos
- Sitio oficial
- Oriente Cattolico: publicación oficial de la Congregación para las Iglesias Orientales
- GCatholic.org