Culpa in contrahendo es unaexpresión latina que significa "falta en la celebración de un contrato". Es un concepto importante en el derecho contractual para muchos países de derecho civil, que reconocen el claro deber de negociar con cuidado y no inducir a un socio negociador a actuar en su detrimento antes de que se celebre un contrato en firme. En el derecho contractual alemán , § 311 BGB enumera una serie de pasos mediante los cuales se puede crear una obligación de pagar daños y perjuicios.
Por el contrario, en el derecho contractual inglés y en muchas otras jurisdicciones de derecho consuetudinario, se ha establecido una aceptación judicial de este concepto. La doctrina del estoppel ha sido propuesta por los académicos como un buen modelo, pero los jueces se han negado a dejar que sea un paso lateral de la doctrina de la consideración , diciendo que el estoppel debe ser un escudo, no una espada, y pidiendo en cambio la intervención parlamentaria. [1] Por otro lado, en el caso de la tierra, el estoppel de propiedad creó efectivamente obligaciones independientemente de cualquier contrato preexistente. En los Estados Unidos , sin embargo, los tribunales han permitido el impedimento promisoriopara funcionar como un sustituto de la doctrina de la consideración. Este movimiento fue estimulado por la aceptación del concepto en la sección 90 de la primera Reformulación de Contratos .
Ley alemana
A Rudolf von Jhering se le atribuye el desarrollo de la doctrina de la culpa in contrahendo . Originalmente, de acuerdo con la interpretación predominante del Código Civil alemán, no existía tal doctrina legal. Los tribunales vieron un vacío en la ley y utilizaron la doctrina de culpa in contrahendo para llenarlo.
Desde la reforma de 2001 de la ley de obligaciones, la culpa in contrahendo está prevista por la ley. (§311 (2) en relación con §§280 (1) y 241 (2) del Código Civil Alemán).
Ley belga
El artículo 1382 del Código Civil belga es la base jurídica general para obtener una indemnización por daños como resultado de una culpa in contrahendo .
Ver también
- Waltons Stores Ltd contra Maher
- Friedrich Kessler y Edith Fine, Culpa in Contrahendo, Negociación de buena fe y libertad de contrato: un estudio comparativo , 77 Harv. L. Rev. 401 (1964).
Referencias
- ^ Las comisiones de derecho inglesa y escocesa invitaron a Harvey McGregor a redactar un "Código de contrato" (que es una codificación y fusión del derecho contractual inglés y escocés), pero ninguno de los dos países ha adoptado sus recomendaciones de 1993.
- Rudolf von Jhering, “Culpa in contrahendo oder Schadensersatz bei nichtigen oder nicht zur Perfection gelangten Verträgen”, Jahrbüchern für die Dogmatik des heutigen römischen und deutschen Privatrechts , vol. 4, 1861, págs. 1-3; reimpreso en Rudolf von Jhering, Gesammelte Aufsätze (1881). Jhering argumentó que la "medida de confianza" debería ser la adecuada en los contratos "no del todo", por ejemplo, cuando hay un malentendido en cuanto a los términos del contrato.