Imprimi potest o imprimi permittitur (en latín, "se puede imprimir") es una declaración de un superior mayor de un instituto religioso católico romano de que los escritos sobre cuestiones de religión o moral de un miembro del instituto pueden imprimirse. [1] Los superiores hacen tales declaraciones sólo después de que los censores encargados de examinar los escritos hayan concedido el nihil obstat , una declaración de no objeción. Luego se puede dar la aprobación final mediante el imprimatur ("que se imprima") del obispo del autor o del obispo del lugar de publicación. [2]
Ver también
Referencias
- ^ "Código de derecho canónico, canon 832" . Intratext.com. 2007-05-04. Archivado desde el original el 27 de diciembre de 2019 . Consultado el 22 de enero de 2013 .
- ^ "Código de Derecho Canónico, canon 824" . Intratext.com. 2007-05-04. Archivado desde el original el 27 de diciembre de 2019 . Consultado el 22 de enero de 2013 .