Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar , las aguas internas de una nación incluyen aguas del lado de la línea de base de las aguas territoriales de una nación que miran hacia la tierra, excepto en los estados archipelágicos . [1] Incluye vías fluviales como ríos y canales y, a veces, el agua dentro de pequeñas bahías .
En aguas continentales , la soberanía del estado es igual a la que ejerce en el continente. El estado costero es libre de promulgar leyes relacionadas con sus aguas internas, regular cualquier uso y utilizar cualquier recurso. En ausencia de acuerdos en contrario, los buques extranjeros no tienen derecho de paso dentro de las aguas interiores, y esta falta de derecho al paso inocente es la diferencia clave entre las aguas interiores y las aguas territoriales. [2] Las "aguas archipelágicas" dentro de las islas ultraperiféricas de los estados archipelágicos se tratan como aguas interiores con la excepción de que se debe permitir el paso inocente, aunque el estado archipelágico puede designar ciertas rutas marítimas en estas aguas.
Cuando un barco extranjero está autorizado a entrar en aguas interiores, está sujeto a las leyes del estado costero, con una excepción: la tripulación del barco está sujeta a la ley del estado del pabellón . Esto se extiende tanto a las condiciones laborales como a los delitos cometidos a bordo del barco, incluso si está atracado en un puerto. Los delitos cometidos en el puerto y los delitos cometidos allí por la tripulación de un buque extranjero siempre son competencia del estado ribereño. El estado ribereño puede intervenir en los asuntos marítimos cuando el capitán del buque requiere la intervención de las autoridades locales, cuando existe peligro para la paz y la seguridad del estado ribereño o para hacer cumplir las normas aduaneras. [1]
Disputas
El reclamo de un estado de una vía fluvial como aguas internas ha dado lugar a disputas con otros estados. Por ejemplo, Canadá reclama una sección del Paso del Noroeste como parte de sus aguas internas, totalmente bajo jurisdicción canadiense, [3] un reclamo que ha sido disputado por los Estados Unidos y la mayoría de las naciones marítimas, que lo consideran un estrecho internacional, lo que significa que los buques extranjeros tienen derecho de paso en tránsito . [4] [5] [6] (Ver Aguas Internas Canadienses y Pasaje del Noroeste § Disputa sobre aguas internacionales ).
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar , que se formó en 1994, tiene la facultad de resolver las disputas marítimas entre los estados parte, aunque en la práctica, estas resoluciones dependen de la voluntad de estos estados de adherirse a las resoluciones.
Ver también
Referencias
- ^ a b Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, Parte II, Artículo 8 Aguas interiores
- ^ Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar, Parte II, Artículo 2
- ^ "UNCLOS parte IV, ESTADOS ARCHIPELAGICOS" . Guía de Derecho Marítimo y del Almirantazgo . 10 de diciembre de 1982 . Consultado el 18 de enero de 2008 .
- ^ Nathan VanderKlippe (9 de abril de 2006). "Northwest Passage obtiene cambio de nombre político" . Servicio de noticias CanWest . Archivado desde el original el 2 de abril de 2016 . Consultado el 18 de enero de 2008 .
- ^ Rob Huebert (invierno de 2001). "Cambio climático y soberanía canadiense en el paso del noroeste" . ISUMA : 86–94. Archivado desde el original el 31 de enero de 2002 . Consultado el 13 de enero de 2008 . Cite journal requiere
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( ayuda ) - ^ Alanna Mitchell (5 de febrero de 2000). "El Pasaje del Noroeste descongelado" . El globo y el correo . págs. A9. Archivado desde el original el 28 de diciembre de 2007 . Consultado el 18 de enero de 2008 .
Fuentes
- Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar