El gobierno local en España hace referencia a los poderes de gobierno y administrativos que ejercen las que la Constitución denomina "entidades locales", principalmente los municipios, pero también existen diversas formas de órganos supramunicipales como las diputaciones y cabildos provinciales [1] y los órganos submunicipales. como las comarcas . Juntas, estas entidades locales constituyen el tercer nivel de gobierno, siendo el primer nivel el estado (España) y el segundo nivel las regiones ( comunidades autónomas ). España se adhiere a la Carta europea de autogobierno local, aunque se declara no obligada en toda su extensión por la exigencia de elecciones directas de todas las autoridades locales. [2]
Entidades locales
Gobierno provincial
El órgano de gobierno y administración de las provincias no insulares es la diputación provincial ("consejo provincial"). Sin embargo, cuando hay una sola provincia en una comunidad autónoma, las funciones de la diputación son reemplazadas por el gobierno regional. Está formado por un consejo plenario, el órgano deliberante y una comisión ejecutiva formada por el presidente y parte de los diputados. [3] Los concejales provinciales son elegidos indirectamente para un mandato de 4 años por los consejos municipales en función de los resultados de las elecciones municipales. [4] La Constitución española garantiza la autonomía de las provincias. [5]
Cabildos
Un Cabildo es el órgano de gobierno de cada una de las siete islas principales del Archipiélago Canario , con funciones similares a las de un consejo provincial.
Gobierno municipal
- Ayuntamiento
El órgano colectivo de la mayoría de los municipios es el Ayuntamiento. El órgano principal del Ayuntamiento es el Pleno, el órgano deliberativo formado por los concejales electos y presidido por el alcalde ("Alcalde"). A diferencia de otros países europeos, el alcalde no se elige directamente. [3] Es investido por los concejales. Si ningún jefe de lista de cada lista electoral obtiene la mayoría absoluta de los votos de los concejales en el Pleno, el jefe de lista de la lista más votada se convierte en Alcalde. [6] Los órganos ejecutivos son el Alcalde, los tenientes de alcalde (" tenientes de alcalde ") y el comité ejecutivo formado por varios concejales electos ( Junta o Consejo de Gobierno ). [3] Si bien el Pleno retiene el voto de censura para destituir al alcalde, el sistema confiere mucho poder al alcalde, por lo que las competencias y la autoridad del alcalde se han convertido en un punto principal de discusión sobre el gobierno local español. [7] La Constitución española garantiza la autonomía de los municipios. [5]
- Concejo abierto
El concejo abierto ("concejo abierto") es el sistema de asamblea utilizado para el gobierno y la administración de los municipios de baja población. El gobierno lo ejercen el Alcalde y la asamblea vecinal , formada por todos los electores del municipio.
Otras entidades locales
Otras entidades pertenecientes al nivel local, que comparten la característica de no estar mencionadas en la Constitución, [3] y, por tanto, el nombre y su simple existencia dependen en gran medida de la legislación autonómica particular son:
- Comarca
- Entidad de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM). Unidad administrativa por debajo del nivel municipal.
- Mancomunidad (asociación de municipios)
- área metropolitana
Referencias
- ^ Moreno, Angel M. (junio de 2016). Merloni, Francesco (ed.). Tendencias de regionalización en países europeos 2007-2015: España . Congreso de Autoridades Locales y Regionales del Consejo de Europa. págs. 183–191.
- ^ Cools & Verbeek 2013 , Recomendación 336 (2013) párrafo 2 (b).
- ^ a b c d Cools y Verbeek, 2013 .
- ^ Canel 1994 , págs. 51-52.
- ↑ a b Canel , 1994 , págs. 48–49.
- ^ "Sistemas electorales y procedimientos de votación a nivel local" . Autoridades locales y regionales en Europa . Consejo de Europa (68): 35. Enero de 1999. ISBN 9287139830.
- ^ Canel 1994 , p. 49.
Bibliografía
- Canel, María José (1994). "Gobierno local en el estado autonómico español". Estudios de Gobierno Local . 20 (1): 44–59. doi : 10.1080 / 03003939408433710 .
- Cool, Marc; Verbeek, Leen (19 a 21 de marzo de 2013). Democracia local y regional en España . Consejo de Europa .