El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial , firmado en París , Francia , el 20 de marzo de 1883, fue uno de los primeros tratados de propiedad intelectual . Estableció una Unión para la protección de la propiedad industrial. Actualmente, la Convención todavía está en vigor. Las disposiciones sustantivas de la Convención se dividen en tres categorías principales: trato nacional, derecho de prioridad y normas comunes. [1]
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial | |
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Firmado | 20 de marzo de 1883 |
Localización | París , Francia |
Eficaz | 7 de julio de 1884 ( versión de 1883 ) |
Fiestas | 177 |
Idiomas | francés |
Contenido
Trato nacional
De acuerdo con los artículos 2 y 3 de este tratado, las personas físicas y jurídicas que sean nacionales o estén domiciliadas en un Estado parte en el Convenio gozarán, en lo que respecta a la protección de la propiedad industrial, en todos los demás países de la Unión, de las ventajas que sus respectivas leyes otorgan a los nacionales. [2]
En otras palabras, cuando un solicitante presenta una solicitud de patente o marca en un país extranjero miembro de la Unión, la solicitud recibe el mismo tratamiento que si procediera de un nacional de ese país extranjero. Además, si se concede el derecho de propiedad intelectual (por ejemplo, si el solicitante se convierte en propietario de una patente o de una marca registrada), el propietario se beneficia de las mismas protecciones y el mismo recurso legal contra cualquier infracción que si el propietario fuera un propietario nacional de este derecho.
Derecho de prioridad
El " derecho de prioridad del Convenio ", también llamado " derecho de prioridad del Convenio de París " o " derecho de prioridad de la Unión ", también fue establecido por el artículo 4 del Convenio de París y se considera una de las piedras angulares del Convenio de París. [3] Establece que un solicitante de un Estado contratante podrá utilizar su primera fecha de presentación (en uno de los Estados contratantes) como fecha efectiva de presentación en otro Estado contratante, siempre que el solicitante, o su derechohabiente, presenta una solicitud posterior dentro de los 6 meses (para diseños industriales y marcas) o 12 meses (para patentes y modelos de utilidad ) desde la primera presentación.
Protección temporal de los bienes mostrados en algunas ferias internacionales
El Artículo 11 (1) del Convenio de París requiere que los Países de la Unión "otorguen protección temporal a las invenciones patentables, modelos de utilidad, diseños industriales y marcas, con respecto a los bienes exhibidos en ferias internacionales oficiales o reconocidas oficialmente celebradas en el territorio de cualquiera de ellos". [4]
Si se solicita una patente o registro de marca durante el período temporal de protección, la fecha de prioridad de la solicitud puede contarse "a partir de la fecha de introducción de las mercancías en la exposición" y no a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si la protección temporal a que se refiere el artículo 11, apartado 1, se ha incorporado de tal forma a la legislación nacional. [5] [6] Sin embargo, existen otros medios para que los países de la Unión apliquen en su legislación nacional la protección temporal prevista en el artículo 11 del Convenio de París:
También es posible, por ejemplo, en el caso de invenciones patentables exhibidas, prever la protección temporal por otros medios, a saber, prescribiendo que, durante un período determinado, dicha exhibición no destruirá la novedad de la invención y que el La persona que exhiba la invención también estará protegida contra la usurpación de su invención por parte de terceros. Aún otra posibilidad de protección consiste en el reconocimiento de un derecho de uso previo a favor del expositor frente a posibles derechos adquiridos por terceros. [6]
Independencia mutua de patentes y marcas en los diferentes países de la Unión
De acuerdo con los artículos 4bis y 6 (para patentes y marcas, respectivamente), para los extranjeros, la solicitud de una patente o el registro de una marca serán determinados por el estado miembro de acuerdo con su legislación nacional y no por la decisión del país de origen o cualquier otro país. Las solicitudes de patentes y los registros de marcas comerciales son independientes entre los países contratantes.
Historia
Después de una conferencia diplomática en París en 1880, la Convención fue firmada el 20 de marzo de 1883 por 11 países: Bélgica, Brasil, Francia, Guatemala, Italia, Países Bajos, Portugal, El Salvador, Serbia, España y Suiza. Guatemala, El Salvador y Serbia denunciaron y volvieron a aplicar la convención a través de la adhesión. [7] [8] [9]
El Tratado fue revisado en Bruselas , Bélgica, el 14 de diciembre de 1900, en Washington, Estados Unidos, el 2 de junio de 1911, en La Haya , Países Bajos, el 6 de noviembre de 1925, en Londres, el 2 de junio de 1934, en Lisboa, Portugal, el 31 de octubre de 1958, y en Estocolmo, Suecia, el 14 de julio de 1967. Fue modificado el 28 de septiembre de 1979. [10]
Partes contractuales
En enero de 2019, la Convención tiene 177 países miembros contratantes, [11] lo que la convierte en uno de los tratados más adoptados en todo el mundo.
Administración
El Convenio de París es administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), [12] con sede en Ginebra , Suiza. [13]
Ver también
- Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC)
- Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas
- Tratado de Budapest
- Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Convenio de la OMPI)
- Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT)
- Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT)
- Solicitud de patente provisional de EE. UU.
- Tratado sobre el derecho sustantivo de patentes (SPLT)
- Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
Referencias
- ^ "Resumen del Convenio de París" . OMPI . Consultado el 6 de diciembre de 2014 .
- ^ Bodenhausen, (1969).
- ^ "Decisión T 15/01 (Mystery Swine Disease / SDLO) de 17 de junio de 2004 de la Sala de Recurso 3.3.01 de la Oficina Europea de Patentes (EPO)" . Oficina Europea de Patentes. 2004. Motivos de la decisión, punto 32 . Consultado el 30 de diciembre de 2016 .
El derecho de prioridad se considera generalmente como una de las piedras angulares del Convenio de París ...
- ^ Artículo 11 (1) del Convenio de París
- ^ Artículo 11 (2) del Convenio de París
- ^ a b Bodenhausen, GHC (1969). Guía para la aplicación del Convenio de París para la protección de la propiedad industrial revisado en Estocolmo en 1967 (PDF) . Oficinas Internacionales Unidas para la Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI). pag. 150. ISBN 92-805-0368-5. Consultado el 28 de diciembre de 2016 .
- ^ "Partes Contratantes del Convenio de París" . OMPI . Consultado el 30 de diciembre de 2012 .
- ^ "TRATADO / PARIS / 179: [Convenio de París] Cesación de la responsabilidad del Reino Unido, desde el 1 de julio de 1997, por los derechos y obligaciones internacionales derivados de la aplicación del Convenio de París a Hong Kong" . www.wipo.int . Consultado el 19 de marzo de 2021 .
- ^ Christie, Andrew (2020). Estatutos de Blackstone sobre propiedad intelectual . Prensa de la Universidad de Oxford. pag. 452. ISBN 978-0-19-886102-7.
- ^ "Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (modificado el 28 de septiembre de 1979) (traducción oficial)" . wipo.int . OMPI . Consultado el 5 de junio de 2020 .
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial de 20 de marzo de 1883, revisado en Bruselas el 14 de diciembre de 1900, en Washington el 2 de junio de 1911, en La Haya el 6 de noviembre de 1925, en Londres el 2 de junio de 1934, en Lisboa el 31 de octubre de 1958 y en Estocolmo el 14 de julio de 1967 y enmendada el 28 de septiembre de 1979
- ^ "Partes Contratantes> Convenio de París (Total de Partes Contratantes: 177)" . Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) . Consultado el 25 de enero de 2019 .
- ^ Sitio web de la OMPI, Tratados administrados por la OMPI . Consultado el 10 de agosto de 2007.
- ^ Sitio web de la OMPI, ¿Qué es la OMPI? . Consultado el 10 de agosto de 2007.
Otras lecturas
- Bodenhausen, GHC (1969). Guía para la aplicación del Convenio de París para la protección de la propiedad industrial revisado en Estocolmo en 1967 (PDF) . Oficinas Internacionales Unidas para la Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI). ISBN 92-805-0368-5. Consultado el 28 de diciembre de 2016 .
- Schuyler, William E. "Convenio de París para la protección de la propiedad industrial: una visión de las revisiones propuestas". NCJ Int'l L. & Com. Reg. 8 (1982): 155+. en línea
- Wieczorek, Reinhard (1975). Die Unionspriorität im Patentrecht, Grundfragen des Artikels 4 der Pariser Verbandsübereinkunft [ La prioridad unionista en el derecho de patentes, cuestiones fundamentales del artículo 4 del Convenio de París ] (en alemán). Colonia: C. Heymanns. ISBN 3-452-17822-6.
enlaces externos
- Convenio de París en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
- Haberman v Comptroller , una decisión judicial del Reino Unido que ayuda a comprender el concepto de prioridad.