La regla de la razón es una doctrina legal utilizada para interpretar la Ley Sherman Antimonopolio , una de las piedras angulares de la ley antimonopolio de los Estados Unidos . Si bien algunas acciones, como la fijación de precios, se consideran ilegales per se , otras acciones, como la posesión de un monopolio , deben analizarse bajo la regla de la razón y solo se consideran ilegales cuando su efecto es restringir irrazonablemente el comercio . William Howard Taft , entonces juez principal de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito , desarrolló por primera vez la doctrina en un fallo en Addyston Pipe and Steel Co. v. Estados Unidos , que fue afirmado en 1899 por la Corte Suprema. La doctrina también jugó un papel importante en el caso de la Corte Suprema de 1911 Standard Oil Company of New Jersey v. Estados Unidos .
Historia
Tras su desarrollo, algunos críticos de Standard Oil , incluido el único juez disidente John Marshall Harlan , argumentaron que Standard Oil y su regla de razón eran una desviación de la jurisprudencia anterior de la Ley Sherman, que supuestamente había interpretado el lenguaje de la Ley Sherman para sostener que Todos los contratos que restringían el comercio estaban prohibidos, independientemente de si la restricción realmente producía efectos nocivos. Estos críticos enfatizaron en particular la decisión de la Corte en Estados Unidos v.Trans-Missouri Freight Association , 166 US 290 (1897), que contiene algunos términos que sugieren que una mera restricción a la autonomía de los comerciantes sería suficiente para establecer que un acuerdo restringía el comercio dentro de el significado de la ley.
Otros, incluidos William Howard Taft y Robert Bork , argumentaron que la decisión y el principio que anunció eran totalmente coherentes con la jurisprudencia anterior. Estos eruditos argumentan que gran parte del lenguaje en Trans-Missouri Freight era dicta, y también enfatizaron la decisión de la Corte en Estados Unidos v. Joint Traffic Association , 171 US 505 (1898), en la que la Corte anunció que "contratos ordinarios y combinaciones" no ofenden la Ley Sherman, porque restringieron sólo el comercio "indirectamente". De hecho, en su libro de 1912 sobre la ley antimonopolio, Taft informó que ningún crítico de Standard Oil podría tener éxito en el desafío de Taft: articular un escenario en el que la regla de la razón produciría un resultado diferente al producido en la jurisprudencia anterior. En 1911, la Corte Suprema anunció Estados Unidos contra American Tobacco Co. , 221 US 106 (1911). Esa decisión sostuvo que la Sección 2 de la Ley Sherman, que prohíbe la monopolización , no prohibía la mera posesión de un monopolio, sino que solo prohibía la adquisición o el mantenimiento irrazonables de un monopolio. Esto refleja una visión de larga data de que uno puede tener un monopolio simplemente por tener un producto superior y que no viola ninguna ley para producir tal producto.
En 1918, siete años después, la Corte reafirmó unánimemente la regla de la razón en el caso Chicago Board of Trade v. Estados Unidos . En una opinión escrita por el juez Louis Brandeis , el Tribunal sostuvo que un acuerdo entre rivales que limitaba la rivalidad en el precio después de que se cerraba un intercambio era razonable y, por lo tanto, no violaba la Ley Sherman . El Tribunal rechazó una interpretación estricta del lenguaje de la Ley Sherman: "La verdadera prueba de legalidad es si la restricción impuesta es tal que simplemente regula y tal vez promueve la competencia o si es tal que puede suprimir o incluso destruir la competencia". La Corte lo hizo principalmente porque el acuerdo era regulatorio más que anticompetitivo.
La regla se redujo en casos posteriores que sostenían que ciertos tipos de restricciones, como acuerdos de fijación de precios , boicots grupales y divisiones geográficas del mercado , eran ilegales per se . Estas decisiones siguieron a la sugerencia de Standard Oil de que los tribunales pueden determinar que ciertas restricciones no son razonables basándose simplemente en la "naturaleza y el carácter" del acuerdo.
Más recientemente, la Corte Suprema ha eliminado una serie de restricciones de la categoría considerada ilegal per se y, en cambio, las ha sometido a un análisis de la regla de la razón basado en hechos. Estos incluyen restricciones verticales no relacionadas con el precio en Continental Television v. GTE Sylvania de 1977, acuerdos de mantenimiento del precio de reventa máximo en State Oil v. Khan de 1997 , y acuerdos de mantenimiento del precio de reventa mínimo en Leegin Creative Leather Products, Inc. v. PSKS, Inc. de 2007.
Además, la Corte Suprema ha reafirmado la conclusión en Standard Oil de que el análisis bajo la regla de la razón debe enfocarse en las consecuencias económicas pero no sociales de una restricción ( National Society of Professional Engineers v. Estados Unidos , 435 US 679 (1978)) . [1] Además, el Tribunal mantuvo la regla per se contra la vinculación de contratos, pero elevó el umbral que muestra el poder de mercado que los demandantes deben hacer para satisfacer el requisito de "poder económico" de la regla (ver Jefferson Parish Hospital District No. 2 v. Hyde , 466 US 2 (1985). [2]
Varios autores [3] han trabajado en la creación de una "regla estructurada de la razón" para evitar la falla en términos de seguridad jurídica que rodea a una regla pura de la razón.
En la UE
No existe una regla de la razón en la legislación de competencia de la UE (véanse, por ejemplo, T-11/08, [4] T-112/99, [5] T-49/02, [6] T-491/07, [7] T-208/13, [8] etc.).
Sin embargo, existe en el derecho sustantivo de la UE, tal como se desarrolló en la sentencia Cassis de Dijon del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Ver también
- Economía de los Estados Unidos
- Gobierno de los Estados Unidos
- Historia de estados unidos
Referencias
- ^ Wertheime, B (1984). "Repensar la regla de la razón: de ingenieros profesionales a NCAA" . Revista de derecho de Duke . 1984 (6): 1297-1324. doi : 10.2307 / 1372402 . JSTOR 1372402 .
- ^ Richardt, Meribeth (1985). "Análisis del acuerdo de vinculación: una integración continua de la regla de la razón y la regla per se: distrito del hospital de la parroquia de Jefferson No. 2 v. Hyde, 104 S. Ct. 1551 (1984)" . Revista de derecho de la Universidad de Washington . 63 (2). Archivado desde el original el 3 de diciembre de 2013.
- ^ Thibault Schrepel, "Un nuevo enfoque estructurado de la regla de la razón para los mercados de alta tecnología" , Revisión de derecho de la Universidad de Suffolk , vol. 50, N ° 1, 2017
- ^ https://publications.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/6bb4ac70-7ffa-46ba-8ae6-29b8d5cb4518
- ^ https://eur-lex.europa.eu/legal-content/GA/TXT/?uri=CELEX:61999TJ0112
- ^ https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1562642686000&uri=CELEX:62002TJ0049
- ^ https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1562642822071&uri=CELEX:62007TA0491(01)
- ^ https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1562642886580&uri=CELEX:62013TJ0208
Bibliografía
- William Howard Taft, Las leyes antimonopolio y la Corte Suprema (1914)
- Robert H. Bork, "La regla de la razón y el concepto per se: fijación de precios y división del mercado", 74 Yale LJ 775 (1965) (Parte I)
- Rudolph Peritz, "Política de competencia en Estados Unidos, 1888–1992" (1996)
- Albert H. Walker, "El dictado de obiter irrazonable del presidente del Tribunal Supremo White en el caso de Standard Oil: una revisión crítica" (1911)
- Alan Meese, "Teoría de precios, competencia y la regla de la razón", 2003 Illinois L. Rev. 77
- William Page, "El conflicto ideológico y los orígenes de la política antimonopolio" , 66 Tulane L. Rev. 1 (1991)
- William Letwin , Derecho y política económica en Estados Unidos (1965)
- Martin Sklar, "La reconstrucción corporativa del capitalismo estadounidense, 1890-1916" (1988)
- Thomas A. Piraino, "Conciliación de los enfoques per se y de la regla de la razón para el análisis antimonopolio", 64 S. CAL. L. REV. 685 (1991)
- Frank H. Easterbrook, "Los límites de las leyes antimonopolio", 63 Texas L. Rev. 1 (1984).
- Steiner J, Woods L, EU Law 10th ed., Oxford: Oxford University Press (2009)
- Thibault Schrepel, " Un nuevo enfoque estructurado de la regla de la razón para los mercados de alta tecnología ", Revista de derecho de la Universidad de Suffolk , vol. 50, N ° 1, 2017