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Estados miembros de las Naciones Unidas (ONU), según la definición de la ONU. Todos los miembros de la ONU son estados soberanos, aunque no todos los estados soberanos son necesariamente miembros.

Un estado soberano es una entidad política que está representada por un gobierno centralizado que tiene soberanía sobre un área geográfica. El derecho internacional define a los estados soberanos como los que tienen una población permanente, un territorio definido, un gobierno y la capacidad de entablar relaciones con otros estados soberanos . [1] También se entiende normalmente que un estado soberano es independiente . [2] Según la teoría declarativa de la estadidad, un estado soberano puede existir sin ser reconocido por otros estados soberanos . [3] [4] A los estados no reconocidos a menudo les resultará difícil ejercer plenos poderes para celebrar tratados o entablar relaciones diplomáticas con otros estados soberanos.

Soberanía de Westfalia [ editar ]

La soberanía westfaliana es el concepto de soberanía del Estado-nación basado en la territorialidad y la ausencia de un papel de los agentes externos en las estructuras domésticas. Es un sistema internacional de estados, corporaciones multinacionales y organizaciones que comenzó con la Paz de Westfalia en 1648.

La soberanía es un término que se usa indebidamente con frecuencia. [5] [6] Hasta el siglo XIX, el concepto radicalizado de un "estándar de civilización" se implementó de forma rutinaria para determinar que ciertas personas en el mundo eran "incivilizadas" y carecían de sociedades organizadas. Esa posición se reflejaba y constituía en la noción de que su "soberanía" carecía por completo o al menos tenía un carácter inferior en comparación con la del pueblo "civilizado" ". [7] Lassa Oppenheimdijo: "Quizás no exista una concepción cuyo significado sea más controvertido que el de soberanía. Es un hecho indiscutible que esta concepción, desde el momento en que se introdujo en la ciencia política hasta la actualidad, nunca ha tenido un significado, que fue acordado universalmente ". [8] En opinión de HV Evatt del Tribunal Superior de Australia , "la soberanía no es una cuestión de hecho ni una cuestión de derecho, sino una cuestión que no surge en absoluto". [9]

La soberanía ha adquirido un significado diferente con el desarrollo del principio de autodeterminación y la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza como normas jus cogens del derecho internacional moderno . La Carta de las Naciones Unidas , el Proyecto de Declaración sobre los Derechos y Deberes de los Estados y las cartas de las organizaciones internacionales regionales expresan la opinión de que todos los Estados son jurídicamente iguales y disfrutan de los mismos derechos y deberes basados ​​en el mero hecho de su existencia como personas bajo la jurisdicción internacional. ley. [10] [11]El derecho de las naciones a determinar su propio estatus político y ejercer soberanía permanente dentro de los límites de sus jurisdicciones territoriales está ampliamente reconocido. [12] [13] [14]

En ciencia política, la soberanía suele definirse como el atributo más esencial del Estado en la forma de su completa autosuficiencia en los marcos de un determinado territorio, es decir, su supremacía en la política interior y la independencia en la exterior. [15]

Nombrado en honor al Tratado de Westfalia de 1648, el Sistema Westfaliano de soberanía estatal, que según Bryan Turner es "hizo una separación más o menos clara entre religión y estado, y reconoció el derecho de los príncipes 'a confesionalizar' el estado, es decir, para determinar la afiliación religiosa de sus reinos sobre el principio pragmático de cuius regio eius religio [ cuyo reino, su religión ] ". [dieciséis]

Antes de 1900, los estados soberanos disfrutaban de inmunidad absoluta frente al proceso judicial, derivada de los conceptos de soberanía y la igualdad westfaliana de los estados . Articulado por primera vez por Jean Bodin , los poderes del estado se consideran suprema potestas dentro de los límites territoriales. Sobre esta base, la jurisprudencia se ha desarrollado a lo largo de las líneas de otorgar inmunidad de enjuiciamiento a los estados extranjeros en los tribunales nacionales. En The Schooner Exchange v. M'Faddon , el presidente del Tribunal Supremo John Marshall de la Corte Suprema de los Estados Unidosescribió que la "perfecta igualdad y absoluta independencia de los soberanos" ha creado una clase de casos en los que "se entiende que todo soberano renuncia al ejercicio de una parte de esa jurisdicción territorial exclusiva completa, que se ha declarado que es atributo de todas las naciones" . [17] [18]

La inmunidad soberana absoluta ya no está tan ampliamente aceptada como en el pasado, y algunos países, incluidos los Estados Unidos, Canadá , Singapur , Australia , Pakistán y Sudáfrica, han introducido la inmunidad restrictiva por ley, que limita explícitamente la inmunidad jurisdiccional al público. actos, pero no privados o comerciales, aunque no existe una definición precisa mediante la cual los actos públicos puedan distinguirse fácilmente de los privados. [18]

Reconocimiento [ editar ]

El reconocimiento estatal significa la decisión de un estado soberano de tratar a otra entidad como también un estado soberano. [19] El reconocimiento puede ser expreso o implícito y suele tener efectos retroactivos. No significa necesariamente el deseo de establecer o mantener relaciones diplomáticas.

Ninguna definición es vinculante para todos los miembros de la comunidad de naciones sobre los criterios para la estadidad. En la práctica, los criterios son principalmente políticos, no legales. [20] LC Green citó el reconocimiento de los estados polacos y checoslovacos no nacidos en la Primera Guerra Mundial y explicó que "dado que el reconocimiento de la condición de Estado es una cuestión de discreción, cualquier Estado existente puede aceptar como estado a cualquier entidad que desee, independientemente de la existencia de territorio o de un gobierno establecido ". [21]

En el derecho internacional , sin embargo, existen varias teorías sobre cuándo un estado debe ser reconocido como soberano. [3]

Teoría constitutiva [ editar ]

La teoría constitutiva de la estadidad define a un estado como una persona de derecho internacional si, y solo si, es reconocido como soberano por al menos otro estado. Esta teoría del reconocimiento se desarrolló en el siglo XIX. Según él, un estado era soberano si otro estado soberano lo reconocía como tal. Debido a esto, los nuevos estados no podían convertirse inmediatamente en parte de la comunidad internacional o estar obligados por el derecho internacional, y las naciones reconocidas no tenían que respetar el derecho internacional en su trato con ellos. [22] En 1815, en el Congreso de Viena , el Acta Finalreconoció sólo 39 estados soberanos en el sistema diplomático europeo, y como resultado, se estableció firmemente que en el futuro los nuevos estados tendrían que ser reconocidos por otros estados, y eso significó en la práctica el reconocimiento por parte de una o más de las grandes potencias . [23]

Una de las mayores críticas a esta ley es la confusión que se genera cuando algunos estados reconocen una nueva entidad, pero otros estados no. Hersch Lauterpacht, uno de los principales defensores de la teoría, sugirió que un estado debe otorgar el reconocimiento como una posible solución. Sin embargo, un estado puede usar cualquier criterio al juzgar si debe otorgar reconocimiento y no tiene la obligación de usar tales criterios. Muchos estados solo pueden reconocer a otro estado si es para su beneficio. [22]

En 1912, LFL Oppenheim dijo lo siguiente, con respecto a la teoría constitutiva:

El derecho internacional no dice que un Estado no exista mientras no sea reconocido, pero no lo advierte antes de su reconocimiento. Mediante el reconocimiento, única y exclusivamente, un Estado se convierte en Persona Internacional y sujeto de Derecho Internacional. [24]

Teoría declarativa [ editar ]

Por el contrario, la teoría declarativa de la estadidad define a un estado como una persona en el derecho internacional si cumple con los siguientes criterios: 1) un territorio definido; 2) una población permanente; 3) un gobierno y 4) una capacidad para entablar relaciones con otros estados. Según la teoría declarativa, la condición de estado de una entidad es independiente de su reconocimiento por otros estados, siempre que la soberanía no se haya obtenido mediante la fuerza militar. El modelo declarativo se expresó de manera más famosa en la Convención de Montevideo de 1933 . [25]

Un 'territorio' en el contexto del derecho internacional consiste en territorio terrestre, aguas interiores, mar territorial y espacio aéreo sobre el territorio. No hay requisitos sobre fronteras estrictamente delimitadas o tamaño mínimo de la tierra, pero las instalaciones artificiales y los territorios inhabitables no pueden considerarse territorios suficientes para la estadidad. El término 'población permanente' define a la comunidad que tiene la intención de habitar el territorio de manera permanente y es capaz de sostener la superestructura del Estado, aunque no se exige una población mínima. El gobierno debe ser capaz de ejercer un control efectivo sobre un territorio y una población (el requisito conocido en teoría legal como 'prueba de control efectivo') y garantizar la protección de los derechos humanos básicos mediante métodos y políticas legales. La 'La capacidad de entablar relaciones con otros estados refleja el grado de independencia de la entidad.[26]

El artículo 3 de la Convención de Montevideo declara que la condición de Estado político es independiente del reconocimiento de otros estados y que el Estado no tiene prohibido defenderse. [27] En contraste, el reconocimiento es considerado un requisito para la estadidad por la teoría constitutiva de la estadidad. Una parte importante de la convención fue el artículo 11 que prohíbe el uso de la fuerza militar para ganar soberanía.

Una opinión similar sobre "las condiciones en las que una entidad constituye un estado" es expresada por las Opiniones de la Comunidad Económica Europea del Comité de Arbitraje de Badinter , que concluyó que un estado se define por tener un territorio, una población, un gobierno y la capacidad para ingresar. en relaciones con otros estados. [28]

Reconocimiento estatal [ editar ]

La práctica estatal relacionada con el reconocimiento de estados se ubica típicamente en algún lugar entre los enfoques declaratorio y constitutivo. [29] El derecho internacional no requiere que un estado reconozca a otros estados. [30] El reconocimiento a menudo se niega cuando un nuevo Estado se considera ilegítimo o se ha producido en violación del derecho internacional. El no reconocimiento casi universal por parte de la comunidad internacional de Rhodesia y Chipre del Norte son buenos ejemplos de esto, el primero solo ha sido reconocido por Sudáfrica y el segundo solo por Turquía . En el caso de Rhodesia, el reconocimiento fue ampliamente denegado cuando la minoría blanca tomó el poder.e intentó formar un estado siguiendo las líneas del apartheid en Sudáfrica , una medida que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas describió como la creación de un "régimen minoritario racista ilegal". [31] En el caso del norte de Chipre, se negó el reconocimiento a un estado creado en el norte de Chipre. [32] El derecho internacional no prohíbe las declaraciones de independencia [33] y el reconocimiento de un país es una cuestión política. [34] Como resultado, los turcochipriotas obtuvieron la "condición de observadores" en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y sus representantes son elegidos en la Asamblea de Chipre Septentrional; [35]y Chipre del Norte se convirtió en miembro observador de la Organización de Cooperación Islámica y la Organización de Cooperación Económica .

De facto y de jure estados [ editar ]

La mayoría de los estados soberanos son tanto de jure como de facto (es decir, existen tanto en la ley como en la realidad). Sin embargo, a veces se reconoce que los estados que son solo estados de jure son el gobierno legítimo de un territorio sobre el que no tienen control real. Por ejemplo, durante la Segunda Guerra Mundial , los gobiernos en el exilio de varios estados continuaron disfrutando de relaciones diplomáticas con los Aliados , a pesar de que sus países estaban bajo la ocupación de las potencias del Eje . La OLP y la Autoridad Palestina afirman que el Estado de Palestina es un estado soberano, una afirmación que ha sidoreconocido por la mayoría de los estados , aunque la mayor parte del territorio que reclama está bajo el control de facto de Israel . [36] [49] Otras entidades pueden tener control de facto sobre un territorio pero carecen de reconocimiento internacional; estos pueden ser considerados por la comunidad internacional como sólo estados de facto . Son considerados estados de jure solo de acuerdo con su propia ley y por los estados que los reconocen. Por ejemplo, se considera comúnmente que Somalilandia es un estado de este tipo. [50] [51] [52] [53]Para obtener una lista de entidades que desean ser reconocidas universalmente como estados soberanos, pero que no tienen un reconocimiento diplomático mundial completo , consulte la lista de estados con reconocimiento limitado .

Relación entre el estado y el gobierno [ editar ]

Aunque los términos "estado" y "gobierno" a menudo se usan indistintamente, [54] el derecho internacional distingue entre un estado no físico y su gobierno; y de hecho, el concepto de " gobierno en el exilio " se basa en esa distinción. [55] Los Estados son entidades jurídicas no físicas y no organizaciones de ningún tipo. [56] Sin embargo, normalmente, solo el gobierno de un estado puede obligar o vincular al estado, por ejemplo mediante un tratado. [55]

Extinción del estado [ editar ]

En términos generales, los estados son entidades duraderas, aunque pueden extinguirse, ya sea por medios voluntarios o por fuerzas externas, como la conquista militar. La abolición violenta del estado prácticamente ha cesado desde el final de la Segunda Guerra Mundial. [57] Dado que los Estados son entidades jurídicas no físicas, se ha argumentado que su extinción no puede deberse únicamente a la fuerza física. [58] En cambio, las acciones físicas de los militares deben asociarse con las acciones sociales o judiciales correctas para abolir un estado.

Estado ontológico del estado [ editar ]

El estado ontológico del estado ha sido objeto de debate, [59] especialmente, si el estado, al ser un objeto que nadie puede ver, saborear, tocar o detectar, [60] realmente existe.

El estado como "cuasi-abstracto" [ editar ]

Se ha argumentado que una razón potencial de por qué la existencia de estados ha sido controvertida es porque los estados no tienen un lugar en la dualidad platónica tradicional de lo concreto y lo abstracto. [61]Característicamente, los objetos concretos son aquellos que tienen una posición en el tiempo y el espacio, que los estados no tienen (aunque sus territorios tienen una posición espacial, los estados son distintos de sus territorios), y los objetos abstractos no tienen una posición ni en el tiempo ni en el espacio, lo que tampoco se ajusta a las supuestas características de los estados, ya que los estados sí tienen una posición temporal (pueden ser creados en determinados momentos y luego extinguirse en un tiempo futuro). Por tanto, se ha argumentado que los estados pertenecen a una tercera categoría, los cuasi-abstractos, que recientemente ha comenzado a atraer la atención filosófica, especialmente en el área de la documentalidad., una teoría ontológica que busca comprender el papel de los documentos en la comprensión de toda la realidad social. Los objetos cuasiabstractos, como los estados, pueden crearse mediante actos documentales y también pueden utilizarse para manipularlos, por ejemplo, al vincularlos mediante un tratado o entregarlos como resultado de una guerra. [61]

Los estudiosos de las relaciones internacionales pueden dividirse en dos prácticas diferentes, realistas y pluralistas, de lo que creen que es el estado ontológico del estado. Los realistas creen que el mundo es uno de los únicos estados y relaciones interestatales y la identidad del estado se define antes que cualquier relación internacional con otros estados. Por otro lado, los pluralistas creen que el estado no es el único actor en las relaciones internacionales y las interacciones entre los estados y el estado compiten contra muchos otros actores. [62]

El estado como "entidad espiritual" [ editar ]

Otra teoría de la ontología del estado es que el estado es una entidad espiritual [63] o "mística" [63] con su propio ser, distinta de los miembros del estado. [63] El filósofo idealista alemán Georg Hegel (1770-1831) fue quizás el mayor defensor de esta teoría. [63] La definición hegeliana del estado es "la Idea Divina tal como existe en la Tierra". [64]

Tendencias en el número de estados [ editar ]

Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, el número de estados soberanos en el sistema internacional ha aumentado. [65] Algunas investigaciones sugieren que la existencia de organizaciones internacionales y regionales, la mayor disponibilidad de ayuda económica y una mayor aceptación de la norma de autodeterminación han incrementado el deseo de las unidades políticas de separarse y se puede acreditar por el aumento de la número de estados en el sistema internacional. [66] [67] El economista de Harvard Alberto Alesina y el economista de Tufts Enrico Spolaore argumentan en su libro, Size of Nations,que el aumento en el número de estados puede atribuirse en parte a un mundo más pacífico, mayor libre comercio e integración económica internacional, democratización y la presencia de organizaciones internacionales que coordinan las políticas económicas y políticas. [68]

Ver también [ editar ]

  • Mandato exclusivo
  • Estado fallido
  • Estado federado
  • Lista de antiguos estados soberanos
  • Lista de estados soberanos ( por fecha de formación )
  • Lista de estados soberanos y territorios dependientes por continente
  • Lista de estados con reconocimiento limitado
  • Lista de dependencias y estados históricos no reconocidos
  • Edificio de la nacion
  • Gobernar de acuerdo con la ley superior
  • Sociedad apátrida
  • Estado unitario
  • Protoestado
  • Estado principesco
  • Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas

Referencias [ editar ]

Citas [ editar ]

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Fuentes [ editar ]

  • Schmandt, Henry J .; Steinbicker, Paul G. (1956) [1954]. Fundamentals of Government (2ª edición de la impresión). Bruce Publishing Company.

Lectura adicional [ editar ]

  • Chen, Ti-chiang. El derecho internacional de reconocimiento, con especial referencia a la práctica en Gran Bretaña y Estados Unidos . Londres, 1951.
  • Crawford, James. La creación de Estados en el derecho internacional . Oxford University Press, 2005. ISBN 0-19-825402-4 , págs. 15-24. 
  • Dieter Grimm (21 de abril de 2015). Soberanía: origen y futuro de un concepto político y jurídico . Prensa de la Universidad de Columbia. ISBN 978-0-231-53930-2.
  • Lauterpacht, Hersch (2012). Reconocimiento en Derecho Internacional . Prensa de la Universidad de Cambridge. ISBN 9781107609433.
  • Muir, Richard (1981). Geografía política moderna (Segunda ed.). Macmillan International Higher Education. ISBN 9781349860760.
  • Raič, D. Estadidad y derecho de autodeterminación . Martinus Nijhoff Publishers, 2002. ISBN 978-90-411-1890-5 . p 29 (con referencia a Oppenheim en International Law Vol. 1 1905 p110) 
  • Schmandt, Henry J. y Paul G. Steinbicker. Fundamentos del gobierno , "Tercera parte. La filosofía del estado" (Milwaukee: The Bruce Publishing Company, 1954 [segunda impresión, 1956]). 507 págs. 23 cm. Clasificación LOC: JA66 .S35 Fundamentos de gobierno

Enlaces externos [ editar ]

  • A Brief Primer on International Law Archivado el 10 de noviembre de 2016 en Wayback Machine Con casos y comentarios. Nathaniel Burney, 2007.
  • ¿Qué constituye el estado soberano? por Michael Ross Fowler y Julie Marie Bunck
  • Enlaces a los mejores sitios web de riesgo político, información de ipoliticalrisk.com sobre seguimiento, evaluación y gestión del riesgo soberano para el comercio y la inversión permanente
  • Opinión jurídica de la Unidad de Apoyo a las Negociaciones de la Autoridad Palestina sobre soberanía de transición