El Consejo de Estado (en español : Consejo de Estado ), es el consejo consultivo supremo del Gobierno español . El actual Consejo de Estado fue establecido en 1980 de acuerdo con el artículo 107 de la Constitución de 1978 . La institución del Consejo de Estado, entendido como consejo consultivo supremo del Gobierno, existe de manera intermitente desde 1812. Durante el Antiguo Régimen , el Consejo de Estado asesoraba al Rey sobre política exterior.
Consejo de Estado | |
Formación | 1526 [1] |
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Tipo | cuerpo consultivo |
Sede | Palacio de los Concejos , Calle Mayor , 79, Madrid , España |
presidente | María Teresa Fernández de la Vega (desde 2018) |
Sitio web | www |
Historia
El consejo como órgano a través del cual los monarcas gobernaban sus territorios tiene su origen en la Corona de Castilla con la creación del Consejo de Castilla en 1385 por el rey Juan II . Otros reinos peninsulares como Navarra también crearon su propio consejo en 1481 por la reina Juana II y en Aragón en 1494 por el rey Fernando el Católico .
Consejo de Asuntos Exteriores (1522-1834)
El rey Carlos I heredó vastos territorios a través de Europa y decidió crear un nuevo consejo llamado « de Estado » debido a la enorme política exterior que marcó su reinado. Este consejo inició sus funciones en 1526 cuando el sultán Solimán el Magnífico amenazó las posesiones españolas en Austria .
Fue el único Consejo que no tuvo presidente, porque fue el propio Rey quien asumió esa función. Sus asesores no eran especialistas en derecho sino expertos en relaciones internacionales, como el duque de Alba o Nicolás Perrenot . Los consejeros eran, por tanto, miembros de la alta nobleza y del alto clero. En tiempos de Felipe II a veces el monarca no presidía los consejos y, en su lugar, enviaba a su secretario Antonio Pérez .
Tuvo una gran influencia durante los reinados de Carlos I y Felipe II y más tarde durante la regencia de Mariana de Austria (1665-1675). Las reformas de Felipe V (1700-1746) vaciaron su poder actual, aunque Manuel de Godoy quiso revivirlo en 1792.
A diferencia del Consejo de Castilla, en el que el Rey escuchó a los concejales y ejecutó las conclusiones que se le presentaron, en el Consejo de Estado fue el propio Rey quien expuso los puntos a discutir, escuchó a sus consejeros y, posteriormente, al mismo monarca tomó las decisiones que se iban a tomar.
Consejo consultivo supremo del gobierno (1812-hoy)
El Consejo de Estado ha existido de forma intermitente durante los siglos XIX y XX. La Constitución de 1812 otorgó al Rey el poder ejecutivo y estableció que éste era el único consejo al que el Rey podía acudir para pedir consejo. Esta obligación terminó en 1814 cuando el rey Fernando VII restauró el absolutismo. La Constitución configuraba al Consejo como un órgano de control del Rey que obligaba al Rey a llevar al consejo temas importantes como la sanción de las leyes, la declaración de guerra o la celebración de tratados que en cualquier caso el soberano podría emprender sin haberlo previamente " escuchó "el Concilio.
Con la muerte del Rey en 1833, un año más tarde se abolió el consejo y se creó el Real Consejo de España e Indias como órgano consultivo superior, pero se abolió en 1836. En 1845, con el nombre de Real Consejo, el organismo fue restaurada y por primera vez se otorgó la Presidencia del Consejo al Primer Ministro . En 1858 se recuperó el nombre original y desde entonces el ayuntamiento ha sido regulado por numerosas leyes, la última en 1980.
En la actualidad el Consejo de Estado sigue siendo el principal y superior órgano consultivo del Gobierno, pero desde 1991 se han transferido algunas competencias económicas y sociales al Consejo Económico y Social .
Organización actual
El Consejo de Estado tiene su sede en el Palacio de los Concejos, Madrid . ( LOCE § 1.3 ) La Ley Orgánica del Consejo de Estado establece que el Consejo velará por la observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico cuando el Gobierno solicite su asesoramiento o cuando las leyes lo establezcan ( LOCE § 2.1 ).
El Consejo está formado por su Presidente que es designado por el Consejo de Ministros con el asesoramiento del Primer Ministro después de comparecer ante el Congreso y tres tipos de Consejeros: [2]
- Los Consejeros Permanentes.
- Para ser elegido Consejero Permanente es necesario haber sido previamente Ministro, Presidente o ministro de un gobierno regional, Consejero de Estado, miembro de los Consejos Consultivos de los gobiernos regionales, Secretario Jurídico Jefe del Consejo de Estado, Académico de número de las Reales Academias. Integrado en el Instituto de España, Catedrático de Derecho, disciplinas económicas o sociales en la Universidad, con quince años de experiencia, Oficial General de los Órganos Jurídicos de las Fuerzas Armadas , Funcionarios del Estado con quince años de servicio al menos en órganos o Balanzas para las que se requiere admisión Título universitario o exgobernadores del Banco de España .
- Los concejales natos.
- Para ser elegido Consejero de Born es necesario haber sido previamente Primer Ministro , Director de las Reales Academias , Presidente del Consejo Económico y Social, Fiscal General , Jefe de Estado Mayor de la Defensa , Presidente del Consejo General de Abogados, Presidente del Ministerio de Justicia 'Comisión General de Codificación, Procurador General , Director del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales o Gobernador del Banco de España.
- Los Consejeros electivos.
- Para ser elegido Consejero electivo es necesario haber sido previamente Diputado al Parlamento, Magistrado del Tribunal Constitucional , Juez o Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , Defensor del Pueblo , Presidente o Miembro del Consejo General del Poder Judicial , Ministro o Secretario de Estado, Presidente del Tribunal de Cuentas , Jefe del Estado Mayor de la Defensa , Presidente o Ministro de un Gobierno Regional, Embajador de la carrera diplomática, Alcalde de una capital provincial, Presidente del Consejo Provincial, del Commonwealth Interinsular, de el Cabildo Insular o del Cabildo Insular o Rector de la Universidad .
Ver también
- Consejo Económico y Social de España
Referencias
- ^ "Consejo de Estado" . www.consejo-estado.es . Consultado el 15 de septiembre de 2018 .
- ^ "Ley Orgánica del Consejo de Estado" . www.boe.es . Consultado el 26 de enero de 2019 .
enlaces externos
- Sitio web del Consejo de Estado (en español)
Coordenadas : 40 ° 24′53 ″ N 3 ° 42′47 ″ W / 40.41472 ° N 3.71306 ° W / 40.41472; -3.71306