Una renuncia es la renuncia voluntaria o la entrega de algún derecho o privilegio conocido .
Las agencias reguladoras de los departamentos estatales o el gobierno federal pueden emitir exenciones para eximir a las empresas de ciertas regulaciones. Por ejemplo, una ley de los Estados Unidos restringió el tamaño de los bancos, pero cuando los bancos excedieron estos tamaños, obtuvieron exenciones. [1] En otro ejemplo, el gobierno federal de los Estados Unidos puede emitir exenciones a estados individuales para que puedan proporcionar Medicaid de formas diferentes a las que normalmente exige la ley. [2]
Si bien una exención a menudo se hace por escrito, a veces las palabras de una persona también se pueden utilizar como un contraataque a una exención. Un ejemplo de una exención por escrito es una exención de responsabilidad , que se convierte en una exención cuando se acepta. Cuando no se aplica el derecho a tener una persona responsable a través de una demanda, la renuncia puede ser llamado un cláusula de descargo , renuncia de responsabilidad , liberación legal , o mantener a salvo cláusula.
En algunos casos, las partes pueden firmar un contrato de "no renuncia" que especifica que no se renuncia a ningún derecho, especialmente si las acciones de una persona pueden sugerir que se renuncia a los derechos. Esto es particularmente común en los seguros. A veces, los elementos de "voluntario" y "conocido" se establecen mediante una ficción jurídica . En este caso, se presume que uno conoce sus derechos y que esos derechos se renuncian voluntariamente si no se hacen valer en ese momento.
En el procedimiento civil , ciertos argumentos deben plantearse en la primera objeción que una parte presente al tribunal , o de lo contrario se considerarán renunciados.
Exigibilidad
Lo siguiente representa una descripción general de las consideraciones; los detalles pueden variar drásticamente según la jurisdicción.
Factores clave que algunos tribunales (según la jurisdicción) pueden considerar al determinar la aplicabilidad de una exención:
- En algunas jurisdicciones, es posible que no se pueda renunciar a la responsabilidad por algunas o todas las actividades intencionales.
- Las exenciones generalmente deben hacerse de forma voluntaria y con pleno conocimiento (o la capacidad de saber) del derecho que se renuncia.
- La renuncia debe ser inequívoca y clara para una persona razonable.
- En algunas jurisdicciones (sin incluir los Estados Unidos), puede ser necesario que las partes de la exención tengan el mismo poder de negociación.
- Una exención puede tener una aplicación limitada cuando uno contrata un "servicio esencial" de manera que pueda violar la política pública de exención de responsabilidad.
- Una renuncia que los tribunales no harán cumplir porque el propósito del acuerdo es lograr un fin ilegal constituye un acuerdo ilegal .
Ejemplos de
Jurisdicción personal
En el caso de Insurance Corp. of Ireland contra Compagnie des Bauxites de Guinee , 456 US 694 (1982), el Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió que cuando un tribunal ordena a una parte que presente pruebas en un punto determinado, y esa parte se niega a cumplir con la orden del tribunal, el tribunal puede considerar que la negativa es una renuncia al derecho de impugnar ese punto y asumir que la prueba demostraría lo que la parte contraria alega que haría.
En ese caso judicial, el acusado había argumentado que el tribunal carecía de jurisdicción personal sobre él, pero rechazó una orden judicial para presentar pruebas de esta falta de jurisdicción. El acusado argumentó que, debido a que el tribunal carecía de jurisdicción, el tribunal no tenía autoridad para emitir una orden para demostrar la falta de jurisdicción. La Corte Suprema rechazó ese argumento y determinó que la negativa del acusado a cumplir renunciaba al derecho a impugnar la competencia, como si nunca hubiera impugnado la competencia.
Renuncia o acuerdo ilegal
En estados de EE. UU. Como California , una exención no es legal cuando es contraria a una disposición expresa de la ley, su política implícita o las buenas costumbres. [3] Además, uno no puede renunciar a la responsabilidad por violación de la ley, daño intencional a una persona o propiedad de otro, por fraude o renunciar a sus derechos de inquilino residencial. [4] [5]
Ver también
Referencias
- ^ El debate financiero renueva el escrutinio sobre el tamaño de los bancos . Nuevo http://mobile.nytimes.com/2017/08/02/us/politics/those-call Times .
- ^ Exenciones . Medicaid.gov.
- ^ CAL. CIV. CÓDIGO § 1667 : No es lícito lo que sea: 1. Contraria a una disposición expresa de la ley; 2. Contrariamente a la política de la ley expresa, aunque no expresamente prohibida; o, 3. De otro modo contrario a las buenas costumbres.
- ^ CAL. CIV. CÓDIGO § 1668 : Todos los contratos que tienen por objeto, directa o indirectamente, eximir a alguien de responsabilidad por su propio fraude, o daño intencional a la persona o propiedad de otro, o violación de la ley, ya sea intencional o negligente, son contra la política de la ley.
- ^ CAL. CIV. CÓDIGO § 1953 : (a) Cualquier disposición de un contrato de arrendamiento o contrato de alquiler de una vivienda por el cual el arrendatario acuerda modificar o renunciar a cualquiera de los siguientes derechos será nulo como contrario a la política pública: (1) Sus derechos o recursos bajo la Sección 1950.5 o 1954. (2) Su derecho a hacer valer una causa de acción contra el arrendador que pueda surgir en el futuro. (3) Su derecho a una notificación o audiencia requerida por la ley. (4) Sus derechos procesales en litigio en cualquier acción que involucre sus derechos y obligaciones como inquilino. (5) Su derecho a que el propietario ejerza un deber de cuidado para prevenir lesiones personales o daños a la propiedad personal cuando ese deber sea impuesto por ley. (b) Cualquier disposición de un contrato de arrendamiento o arrendamiento de una vivienda por el cual el arrendatario acuerda modificar o renunciar a un derecho legal, donde la modificación o renuncia no sea nula bajo la subdivisión (a) o bajo la Sección 1942.1, 1942.5 o 1954, será nula por ser contraria al orden público a menos que el arrendamiento o el contrato de arrendamiento se presenten al arrendatario antes de que éste tome posesión real del local. Esta subdivisión no se aplica a ninguna disposición que modifique o renuncie a un derecho legal en los acuerdos que renuevan contratos de arrendamiento o contratos de alquiler donde la misma disposición también estaba incluida en el contrato de arrendamiento o alquiler que se está renovando. (c) Esta sección se aplicará únicamente a los arrendamientos y contratos de arrendamiento ejecutados a partir del 1 de enero de 1976.