Este trabajo es de dominio público en los Estados Unidos porque es un edicto de un gobierno , local o extranjero. Consulte § 313.6 (C) (2) del Compendio de prácticas de la Oficina de derechos de autor de EE. UU. , 3ª ed. 2014 ( Compendio (tercero) ). Dichos documentos incluyen "decretos legislativos, decisiones judiciales, fallos administrativos, ordenanzas públicas o tipos similares de materiales legales oficiales". Estos no incluyen trabajos publicados por primera vez por las Naciones Unidas o cualquiera de sus agencias especializadas, o por la Organización de los Estados Americanos. Consulte el Compendio (tercero) § 313.6 (C) (2) y 17 USC § 104 (b) (5).
Un edicto gubernamental no estadounidense todavía puede tener derechos de autor fuera de los EE. UU. De manera similar, la práctica de la Oficina de derechos de autor de EE. UU. Anterior no impide que los estados o localidades de EE. UU. Tengan derechos de autor en el extranjero, según las leyes y regulaciones de derechos de autor extranjeras.