Oficina de apelaciones administrativas


La Oficina de Apelaciones Administrativas , cuyo nombre completo es la Oficina de Apelaciones Administrativas de USCIS , y también conocida como AAO y USCIS AAO , es una oficina dentro de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) que los peticionarios pueden utilizar para apelar decisiones adversas de USCIS tomadas en sus peticiones. . [1] Está ubicado en Washington, DC , y todas sus funciones en persona (incluida la escucha de argumentos orales) ocurren solo en Washington, DC [2]

La mayoría de las apelaciones deben presentarse en el Formulario I-290B (con una tarifa) dentro de los 30 días posteriores a la denegación inicial. La oficina de USCIS que negó el beneficio revisará la apelación y determinará si debe tomar una acción favorable y otorgar la solicitud de beneficio. Si esa oficina no toma una acción favorable, remitirá la apelación a la AAO para que la revise.

La diferencia clave entre apelaciones y mociones es que las apelaciones van a la AAO, es decir, una autoridad superior a la que tomó la decisión apelada. Además, no es necesario que incluyan pruebas adicionales, ya que el reclamo subyacente de la apelación es que la oficina cuya decisión se apela no procesó correctamente las pruebas existentes.

Por el contrario, las mociones para reconsiderar o reabrir se aplican a la misma oficina que tomó la decisión apelada. En particular, se hará una moción para reconsiderar o reabrir una denegación por parte de un centro de servicio a ese centro de servicio. Las mociones para reconsiderar / reabrir deben ir acompañadas de nueva evidencia que demuestre que la petición presentada inicialmente debería haber sido aprobada.

Para complicar las cosas, es posible presentar una moción para reconsiderar o reabrir la decisión de la AAO en respuesta a una apelación anterior.

Se puede presentar una apelación sobre una petición solo después de que el oficial de USCIS que adjudica o re-adjudica la petición ha terminado de adjudicarse, y solo si la petición fue denegada (para adjudicación inicial) o revocada (para re-adjudicación).