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El Comité Permanente de Defensa Nacional de la Cámara de los Comunes (NDDN) es un comité permanente de la Cámara de los Comunes de Canadá . Antes de 2007, era el Comité Permanente de Defensa Nacional y Asuntos de Veteranos de la Cámara de los Comunes .

Mandato

El Comité Permanente de Defensa Nacional de la Cámara de los Comunes es un comité permanente establecido por el Reglamento, las reglas escritas bajo las cuales la Cámara de los Comunes regula sus procedimientos. Tiene el mandato de revisar todos los asuntos relacionados con el Departamento de Defensa Nacional ("el departamento") y las Fuerzas Armadas Canadienses. Puede examinar e informar sobre los asuntos que le someta la Cámara de los Comunes o puede emprender estudios por iniciativa propia.

La Ley de Defensa Nacional estableció el Departamento de Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas Canadienses - el Ejército Canadiense, la Marina Real Canadiense y la Real Fuerza Aérea Canadiense - como dos entidades separadas que operan en estrecha cooperación bajo la autoridad del Ministro de Defensa Nacional. El Cuartel General de la Defensa Nacional es un cuartel general "combinado" que consta de personal militar y civil. El Comité Permanente de Defensa Nacional es responsable de examinar la legislación, las actividades y los gastos del Departamento de Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas Canadienses, así como la eficacia de las políticas y programas relacionados.

Al examinar la legislación o emprender un estudio en particular, el Comité puede escuchar a una variedad de testigos, incluidos el Ministro, el personal de las Fuerzas Armadas Canadienses y departamentales relevantes, académicos, especialistas en la materia, partes interesadas, Ministros y funcionarios de otros departamentos y miembros del público. en general.

Orden en los nombramientos del consejo, por el cual se nombra a personas para ciertos puestos superiores dentro del Departamento de Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas Canadienses, se remiten al Comité una vez que se han presentado a la Cámara de los Comunes. Dentro de los treinta días siguientes a esta remisión, el Comité podrá optar por examinar las calificaciones y competencia de estos designados en relación con los puestos para los que han sido nombrados. Si el comité decide presentar un informe a la Cámara, el informe normalmente indicará que el comité ha revisado el nombramiento o nominación y si el comité encuentra o no a la persona calificada y competente para desempeñar las funciones del cargo.

El Comité también está facultado para estudiar e informar a los siguientes organismos y otros órganos independientes:

Investigación y Desarrollo de Defensa Canadá * Oficina del Juez Militar Jefe * Establecimiento de Seguridad de las Comunicaciones Canadá * Oficina del Comisionado del Establecimiento de Seguridad de las Comunicaciones * Comité de Revisión Externa de Quejas Militares (anteriormente conocido como la Junta de Quejas de las Fuerzas de Canadá) * Comisión de Quejas de la Policía Militar * Oficina del Defensor del Pueblo para el Departamento de Defensa Nacional y la Secretaría Nacional de Búsqueda y Rescate de las Fuerzas Canadienses

  • Estos organismos operan como unidades independientes dentro de la cartera de defensa. Las otras agencias reportan al Parlamento a través del Ministro de Defensa Nacional.

Para obtener información de procedimiento sobre el mandato y el poder de los comités, consulte la sección correspondiente en el Compendio de procedimientos de la Cámara de los Comunes. [1]

  • Asuntos pertenecientes al Departamento de Defensa Nacional
  • Atención de miembros de las Fuerzas Armadas canadienses enfermos y heridos
  • Mantener la preparación de las fuerzas canadienses

Historia

Hasta 1986, la Comisión Permanente de Asuntos Exteriores y Defensa Nacional era responsable de examinar la política de defensa. Un resultado de las reformas parlamentarias canadienses implementadas durante la década de 1980 fue el establecimiento de un Comité Permanente de Defensa Nacional independiente en 1986.

En 1989, Asuntos de Veteranos se agregó al mandato del Comité, y pasó a llamarse Comité Permanente de Defensa Nacional y Asuntos de Veteranos. Sin embargo, el 5 de abril de 2006, al comienzo del 39 ° Parlamento, la Cámara de los Comunes adoptó una moción que enmendó su Reglamento para, entre otras cosas, dividir las áreas de responsabilidad y establecer tanto un Comité Permanente de Defensa Nacional como un Comité Permanente de Asuntos de Veteranos.

Membresía

[2]

Subcomités

  • Subcomité de Agenda y Procedimiento (SNDD)

Referencias

Enlaces externos