Capítulo XI de la Carta de las Naciones Unidas


La referencia a "territorios cuyos pueblos aún no han alcanzado una medida total de autogobierno " refleja la creciente sensación de inevitabilidad con la que la independencia políticade estos países estaba empezando a ser visto. Específicamente, el artículo 73 exige que los países que administran esas colonias "desarrollen el autogobierno, tomen debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos y los ayuden en el desarrollo progresivo de sus instituciones políticas libres". El otro objetivo principal aclarado en este capítulo es el desarrollo político, económico, social y educativo de estos países. El artículo 74 se refiere tanto a los países administradores como a las colonias que tienen deberes similares para con la comunidad de naciones: "Los miembros de las Naciones Unidas también acuerdan que su política con respecto a los territorios a los que se aplica este Capítulo, no menos que con respecto a sus áreas metropolitanas , debe basarse en el principio general de buena vecindad,teniendo debidamente en cuenta los intereses y el bienestar del resto del mundo, en materia social, económica y comercial ".