Sección 179 deducción por depreciación


La Sección 179 del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos ( 26 USC § 179 ), permite que un contribuyente elija deducir el costo de ciertos tipos de propiedad en sus impuestos sobre la renta como un gasto, en lugar de exigir que el costo de la propiedad sea capitalizado y depreciado Esta propiedad generalmente se limita a la propiedad personal, tangible y depreciable que se adquiere por compra para su uso en la realización activa de un comercio o negocio. [1] Los edificios no eran elegibles para las deducciones de la sección 179 antes de la aprobación de la Ley de Empleos para Pequeñas Empresas de 2010 ; sin embargo, los bienes inmuebles calificados pueden deducirse ahora. [2] 

La propiedad depreciable que no es elegible para una deducción de la sección 179 aún es deducible durante varios años a través de la depreciación MACRS de acuerdo con las secciones 167 y 168. La elección de 179 es opcional, y la propiedad elegible puede depreciarse de acuerdo con las secciones 167 y 168 si se prefiere por motivos fiscales. [3] Además, la elección 179 se puede hacer solo para el año en que el equipo se pone en uso y se renuncia si no se toma para ese año. [4] Sin embargo, si se hace la elección, es irrevocable a menos que se otorgue un permiso especial. [5]

Primero, hay una limitación de dólares. Según la sección 179(b)(1), la deducción máxima que un contribuyente puede tomar en un año es de $1,040,000 para el año fiscal 2020.

En segundo lugar, si un contribuyente pone en servicio más de $2,000,000 de propiedad de la sección 179 durante un solo año fiscal, la deducción de la sección 179 se reduce, dólar por dólar, por la cantidad que exceda el umbral de $2,500,000, nuevamente a partir del 1 de enero de 2018.

Finalmente, la sección 179(b)(3) establece que la deducción de § 179 de un contribuyente para cualquier año fiscal no puede exceder el ingreso agregado del contribuyente de la conducta comercial o empresarial activa del contribuyente para ese año. [7] Si, por ejemplo, los ingresos comerciales o comerciales netos del contribuyente a partir de la conducta comercial o comercial activa fue de $72,500 en 2006, entonces la deducción § 179 del contribuyente no puede exceder $72,500 para 2006. Sin embargo, la deducción § 179 no se permite para ningún año debido a esta limitación puede transferirse al año siguiente. [8]

Se pueden deducir hasta $25,500 del costo de vehículos clasificados con más de 6,000 libras de peso bruto del vehículo y no más de 14,000 libras de peso bruto del vehículo (como RV) utilizando una deducción de la sección 179. [9] La limitación en los vehículos utilitarios deportivos no afecta a los vehículos comerciales más grandes, camionetas o autobuses.