Dorchester Finance Co v Stebbing [1989] BCLC 498 es uncaso de derecho de sociedades del Reino Unido en virtud de ladisposición sobre comercio ilícito de la Ley de Insolvencia de 1986, artículo 214. El director de una empresa debe actuar de buena fe y en interés de la empresa, debe demostrar la habilidad que razonablemente pueda esperarse de una persona con sus conocimientos y experiencia, y en todo momento debe tener el cuidado como un hombre prudente. tomaría en su propio nombre.
Hechos
Dorchester Finance, que se había declarado insolvente, presentó una demanda contra el Sr. Stebbing y otros dos directores contables no ejecutivos que a menudo firmaban cheques en blanco que luego fueron refrendados por el Sr. Stebbing.
Juicio
Foster J sostuvo que los directores de una empresa estaban obligados a actuar de buena fe y en interés de la empresa (ver ahora, artículo 172 de la Ley de Sociedades de 2006). También tenían que mostrar la habilidad y el cuidado que razonablemente cabría esperar de las personas con sus conocimientos y experiencia (ver ahora, artículo 174 de la Ley de Sociedades de 2006). El sistema de firmar cheques en blanco se consideró negligente y responsable de las pérdidas según la sección 214 IA de 1986.
Además, en principio no debe establecerse ninguna distinción entre un director ejecutivo y un no ejecutivo.
Foster J sostuvo además que no sería apropiado que el tribunal ejerciera su discreción para relevar a los tres directores sobre la base de que actuaron "honesta y razonablemente" bajo la sección 448 de la Ley de Compañías de 1948 (ver ahora la sección 1157 (1) ) Ley de Sociedades de 2006).