Ley de suspensión de hábeas corpus de 1745


La Ley de suspensión de hábeas corpus de 1745 (19 Geo. II, c.1) fue una ley del Parlamento del Parlamento de Gran Bretaña aprobada el 18 de octubre de 1745, [1] y derogada formalmente en 1867. Establecía varias disposiciones para arrestos y encarcelamientos los sospechosos de traición durante el segundo levantamiento jacobita . La Ley continuó en vigor por una segunda Ley del mismo título ( 19 Geo. II , c.17) y por una tercera ley el año siguiente ( 20 Geo. II , c.1) antes de expirar.

La ley disponía que los sospechosos de alta traición podían ser detenidos sin derecho a fianza hasta el 19 de abril de 1746; sus caballos podrían ser confiscados y los propietarios cobrar por su mantenimiento. Los miembros del Parlamento estaban exentos de la ley a menos que se diera el consentimiento de su Cámara. Durante la vigencia de la ley, se suspendió la ley escocesa de prevención del encarcelamiento indebido.

La Ley permaneció en vigor hasta el 19 de abril de 1746, cuando fue renovada, y fue formalmente derogada por obsoleta por la Ley de Revisión de la Ley del Estatuto de 1867 . [2]