Convenio de La Haya sobre Protección de Menores


El Convenio de 1961 sobre los poderes de las autoridades y la ley aplicable en materia de protección de los niños , francés : Convenio del 5 de octubre de 1961 concerniente a la compétence des autorités et la loi aplicable en matière de protection des mineurs , o Convenio de La Haya sobre la protección de menores es una convención multilateral de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado. La Convención de 1961 enfatizó el concepto de los "intereses del niño" como base para que las autoridades de la nacionalidad del niño invaliden las autoridades de la residencia habitual del niño. Se basó en esfuerzos previos para crear tratados multilaterales exitosos y trajo una innovación en la terminología al crear un compromiso entre los defensores de la " nacionalidad " como factor determinante para la jurisdicción y los defensores del modelo moderno centrado en los hechos de " residencia habitual ". La convención también incluyó un lenguaje ampliado para abarcar tanto a las autoridades judiciales como a las administrativas en respuesta al caso Boll (sobre la Convención de La Haya de 1902 relativa a la resolución de la tutela de menores). De particular interés especial, los redactores de la Convención de 1961 consideraron expresamente una disposición que aborda el retiro de un niño de su residencia habitual con la intención de evadir la jurisdicción legítima, principalmente por razones de custodia del niño. Este primer intento de codificar la sustracción internacional de niños fracasó debido a la imposibilidad de ponerse de acuerdo sobre una definición o forma de describir el fenómeno, y varios países que se adhirieron al principio de nacionalidad que regula el derecho personal de menores y de familia no pudieron clasificar a sus nacionales sustrayendo niños. de países extranjeros a su estado de origen como ilegales. [1]