La Convención de Pesca del Mar del Norte , oficialmente conocida como la Convención Internacional para regular la policía de las pesquerías del Mar del Norte fuera de las aguas territoriales , fue un tratado que se firmó el 6 de mayo de 1882. La conferencia inaugural tenía por objeto proporcionar un conjunto de reglamentos para el norte Pesca marítima . Las Altas Partes Contratantes, que incluían a Gran Bretaña, Alemania, Dinamarca, Países Bajos, Bélgica y Francia, entraron en la convención por un período de cinco años.
Convenio internacional para regular la policía de las pesquerías del Mar del Norte fuera de las aguas territoriales | |
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Firmado | 6 de mayo de 1882 |
Localización | La haya |
Eficaz | 15 de mayo de 1884 [1] |
Condición | Canje de ratificaciones |
Vencimiento | 26 de septiembre de 1976 |
Fiestas | Bélgica, Dinamarca, Francia, Alemania, Países Bajos, Gran Bretaña |
Depositario | Gobierno de los Países Bajos |
La convención, que operaba solo fuera del límite de tres millas desde tierra, se definió de la siguiente manera:
- Los pescadores de cada país gozarán del derecho exclusivo de pesca dentro de la distancia de 3 millas (náuticas) (5,56 km) desde la marca de bajamar a lo largo de toda la extensión de las costas de sus respectivos países, así como de las islas dependientes y bancos. [2]
- En lo que respecta a las bahías, la distancia de 3 millas (5.56 km) se medirá a partir de una línea recta trazada a través de la bahía, en la parte más cercana a la entrada, en el primer punto donde el ancho no exceda las 10 millas (18.5 km). [2]
- El presente artículo no menoscabará en modo alguno la libertad de navegación y fondeo en aguas territoriales acordadas a las embarcaciones pesqueras, siempre que se ajusten a las normas policiales especiales que dicten los poderes a los que pertenezca la costa. [2]
Una convención complementaria fue firmada en La Haya el 16 de noviembre de 1887 entre las mismas Altas Partes Contratantes, relacionada con el tráfico de licores en el Mar del Norte. Se aplica a la zona prevista en el artículo 4 de la Convención del IV 6 de mayo de 1882 y prohíbe la venta de licores espirituosos dentro de ella a personas a bordo de buques pesqueros. Se concede un derecho recíproco de visita y registro en virtud de esta convención a los cruceros encargados de llevar a cabo sus disposiciones. [2]
Ver también
Referencias
- ^ "Convenio internacional para regular la policía de las pesquerías del Mar del Norte fuera de las aguas territoriales" . Gobierno de los Países Bajos . Consultado el 25 de febrero de 2012 .
- ^ a b c d Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de dominio público : Chisholm, Hugh, ed. (1911). " Convención de Pesca del Mar del Norte ". Encyclopædia Britannica . 19 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 787.
Otras lecturas
- Bangert, Kaare. "La aplicación efectiva de los regímenes de pesca en alta mar: el caso de la convención para la regulación de la vigilancia de las pesquerías del mar del norte del 6 de mayo de 1882". en The Reality of International Law: Essays in Honor of Ian Brownlie (1999) pp: 1-20.
- Caddell, Richard y Erik J. Molenaar, eds. Fortalecimiento de la legislación pesquera internacional en una era de océanos cambiantes (Bloomsbury Publishing, 2019).
enlaces externos
Los textos de los Convenios de 1882 y 1887 están disponibles en [1] y [2] .