Ley municipal de 2001


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La Ley Municipal de 2001 [1] (la Ley) es el estatuto principal que rige la creación, administración y gobierno de los municipios de la provincia canadiense de Ontario , distintos de la ciudad de Toronto . Tras su aprobación en 2001, entró en vigor el 1 de enero de 2003, sustituyendo a la anterior Ley Municipal . [2]

Funciones

Existen reglas complejas en cuanto a qué municipios tienen autoridad para actuar sobre un tema determinado, que se resumen a continuación en la Sección 11:

11. (1) Un municipio de nivel inferior y un municipio de nivel superior pueden proporcionar cualquier servicio o cosa que el municipio considere necesario o deseable para el público, sujeto a las reglas establecidas en el inciso (4).

(2) Un municipio de nivel inferior y un municipio de nivel superior pueden aprobar estatutos, sujeto a las reglas establecidas en el inciso (4), respetando los siguientes asuntos:

  1. Estructura de gobierno del municipio y sus juntas locales.
  2. Rendición de cuentas y transparencia del municipio y sus operaciones y de sus juntas locales y sus operaciones.
  3. Gestión financiera del municipio y sus juntas locales.
  4. Bienes públicos del municipio adquiridos con el propósito de ejercer su autoridad bajo esta o cualquier otra Ley.
  5. Bienestar económico, social y ambiental del municipio.
  6. Salud, seguridad y bienestar de las personas.
  7. Servicios y cosas que el municipio está autorizado a proporcionar bajo el inciso (1).
  8. Protección de personas y bienes, incluida la protección del consumidor.

(3) Un municipio de nivel inferior y un municipio de nivel superior pueden aprobar estatutos, sujeto a las reglas establecidas en el inciso (4), respetando materias dentro de las siguientes esferas de jurisdicción:

  1. Carreteras, incluido el estacionamiento y el tráfico en las carreteras.
  2. Sistemas de transporte, distintos de las carreteras.
  3. Gestión de residuos.
  4. Utilidades Publicas.
  5. Cultura, parques, recreación y patrimonio.
  6. Drenaje y control de inundaciones, excepto alcantarillas pluviales.
  7. Estructuras, incluidas vallas y letreros.
  8. Estacionamiento, excepto en carreteras.
  9. Animales.
  10. Servicios de desarrollo económico.
  11. Licencias comerciales.

(4) Las siguientes son las reglas a las que se refieren los incisos (1), (2) y (3):

  1. Si una esfera o parte de una esfera de jurisdicción no está asignada a un municipio de nivel superior por la Tabla de esta sección, el municipio de nivel superior no tiene el poder de aprobar estatutos bajo esa esfera o parte y no tiene la facultad de aprobar estatutos en virtud del inciso (1) o (2) que, de no ser por este párrafo, también podrían aprobarse bajo esa esfera o parte.
  2. Si una esfera o parte de una esfera de jurisdicción es asignada a un municipio de nivel superior exclusivamente por la Tabla de esta sección, sus municipios de nivel inferior no tienen la facultad de aprobar estatutos bajo esa esfera o parte y no tienen la facultad de aprobar estatutos en virtud del inciso (1) o (2) que, de no ser por este párrafo, también podrían aprobarse bajo esa esfera o parte.
  3. Si una esfera o parte de una esfera de jurisdicción es asignada a un municipio de nivel superior de forma no exclusiva por la Tabla de esta sección, tanto el municipio de nivel superior como sus municipios de nivel inferior tienen la facultad de aprobar estatutos bajo ese esfera o parte.
  4. Si un municipio de nivel inferior tiene el poder bajo una disposición específica de esta Ley, que no sea esta sección, o cualquier otra Ley para aprobar un estatuto, su municipio de nivel superior no tiene el poder de aprobar el estatuto bajo esta sección.
  5. Si un municipio de nivel superior tiene el poder en virtud de una disposición específica de esta Ley, que no sea esta sección, o cualquier otra Ley para aprobar un reglamento, un municipio de nivel inferior del municipio de nivel superior no tiene el poder de aprobar el estatuto bajo esta sección.
  6. Los párrafos 4 y 5 se aplican para limitar los poderes de un municipio a pesar de la inclusión de las palabras “sin limitar los artículos 9, 10 y 11” o cualquier forma similar de palabras en la disposición específica.
  7. El poder de un municipio con respecto a los siguientes asuntos no se ve afectado por el párrafo 4 o 5, según sea el caso:
    1. prohibir o regular la colocación o montaje de cualquier letrero, aviso o dispositivo publicitario dentro de los 400 metros de cualquier límite de una carretera de nivel superior,
    2. cualquier otro asunto prescrito por el Ministro.

Ver también

Referencias

enlaces externos