La Ley de derechos de autor de los Estados Unidos de 1976 define un fonograma como un objeto material que incorpora sonidos (distintos de los que acompañan a las grabaciones audiovisuales, como las películas). [1]
De la Ley de derechos de autor: Los "fonoregistros" son objetos materiales en los que los sonidos, distintos de los que acompañan a una película u otra obra audiovisual, se fijan mediante cualquier método ahora conocido o desarrollado posteriormente, y a partir de los cuales se pueden percibir, reproducir o reproducir los sonidos. comunicados de otro modo, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo. El término "fonoregistros" incluye el objeto material en el que se fijan primero los sonidos. [2]
Por ejemplo: todos los siguientes son "fonogramas" según la ley: una grabación por cable ; un disco fonográfico de 16 rpm, 33 rpm, 45 rpm o 78 rpm (disco de vinilo), una cinta de carrete a carrete , una cinta de 8 pistas , una cinta de casete compacta , un disco compacto , un DVD de audio , y un archivo MP3 almacenado en una computadora, disco compacto o unidad flash USB .
Para explicar la distinción legal entre definiciones, suponga que una persona o grupo toma una canción y realiza una actuación. La interpretación grabada es una grabación de sonido (también llamada fonograma); el medio físico en el que se almacena la grabación de sonido es un fonograma.
Referencias
- ^ "Definiciones de la Oficina de derechos de autor de Estados Unidos (" Phonorecord ")" . Oficina de derechos de autor de EE . UU . Consultado el 31 de octubre de 2017 .
- ^ 17 USC § 101 (2010)