Alto funcionario prescrito


Funcionario superior prescrito es el término utilizado por la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá para referirse a una persona a la que se le negará la admisión a Canadá en virtud de su servicio anterior o actual en o para un gobierno responsable de crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad .

El artículo 35 (1) (b) de la Ley canadiense de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra establece que un residente permanente o un ciudadano extranjero es inadmisible por violar los derechos humanos o internacionales de

"... ser un alto funcionario prescrito al servicio de un gobierno que, en opinión del Ministro, participa o ha participado en actos de terrorismo, violaciones sistemáticas o graves de los derechos humanos, o genocidio, un crimen de guerra o un crimen de lesa humanidad dentro de el significado de los incisos 6 (3) a (5) de la Ley ". [1]

A los efectos de la Ley, la Sección 16 del Reglamento de Protección de Refugiados e Inmigración define a un funcionario superior prescrito al servicio de un gobierno como una persona que

"en virtud del cargo que ocupan o ocuparon, puede o pudo ejercer una influencia significativa en el ejercicio del poder del gobierno o puede o pudo beneficiarse de su cargo, e incluye

(a) jefes de estado o de gobierno; (b) miembros del gabinete o consejo de gobierno; (c) asesores superiores de las personas descritas en el párrafo (a) o (b); (d) altos funcionarios del servicio público; e) altos cargos de las fuerzas armadas y de los servicios de inteligencia y seguridad interna; (f) embajadores y altos funcionarios diplomáticos; y