Las Directrices voluntarias para apoyar la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional , [1] también conocidas como Directrices sobre el derecho a la alimentación , [2] es un documento adoptado por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Naciones en 2004, con el objetivo de orientar a los estados para implementar el derecho a la alimentación . No es legalmente vinculante, sino que se dirige a las obligaciones de los estados con respecto al derecho a la alimentación según el derecho internacional. En concreto, se dirige a los Estados Partes del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ( PIDESC ) y a los Estados que aún deben ratificarlo.[3]
Firmado | 2004 |
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Directrices sobre el derecho a la alimentación en Wikisource |
Historia
En 1945, se funda la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).
En 1996, la FAO organiza la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de 1996 , en Roma. Solicitó que se diera al derecho a la alimentación un contenido más concreto y operativo. [4] Esto resultó en la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación . [5]
Prometemos nuestra voluntad política y nuestro compromiso común y nacional de lograr la seguridad alimentaria para todos y de realizar un esfuerzo continuo para erradicar el hambre en todos los países, con miras a reducir de inmediato el número de personas desnutridas a la mitad de su nivel actual a más tardar en 2015 . " [6]
En 1999, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la Observación general No 12 'El derecho a una alimentación adecuada' y describió las diversas obligaciones estatales derivadas del PIDESC con respecto al derecho a la alimentación. Establece tres tipos de obligación para los Estados Partes: la obligación de respetar, proteger y cumplir el derecho a la alimentación (que incluye las obligaciones de facilitar y proporcionar).
En 2002, en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de junio, la FAO adoptó la Declaración de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco años después [7] en la que se pedía el establecimiento de un grupo de trabajo intergubernamental para preparar un conjunto de directrices sobre la aplicación del derecho a comida. [8] En noviembre, el Consejo de la FAO estableció un Grupo de trabajo intergubernamental que redacta las Directrices sobre el derecho a la alimentación. [9]
En 2004, las Directrices sobre el derecho a la alimentación fueron adoptadas por 187 Estados miembros del Consejo General de la FAO. [10] Las Directrices se basan en el derecho internacional y son un conjunto de recomendaciones que los Estados han elegido sobre cómo implementar sus obligaciones en virtud del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales . [11]
Descripción general
La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación resumió las directrices sobre el derecho a la alimentación en seis fases o aspectos para la realización del derecho a la alimentación:
- Proporcionar requisitos previos básicos , tales como: buena gobernanza, democracia, mercados no discriminatorios , participar en un enfoque de múltiples partes interesadas, incluido el sector privado y la sociedad civil, y asignar suficientes recursos financieros nacionales para la lucha contra el hambre y la pobreza. [12]
- Proporcionar un entorno propicio mediante la adopción de estrategias y políticas pertinentes , tales como: desarrollo económico diverso y sostenible en apoyo de la seguridad alimentaria, adoptando un "enfoque basado en los derechos humanos" legal, desarrollando las instituciones pertinentes, haciendo que el acceso a la naturaleza sea seguro y no discriminatorio, estableciendo indicadores de seguimiento y evaluación. [13]
- La implementación de un marco legal para hacer cumplir el derecho a la alimentación y las tres obligaciones de los Estados de respetar, siempre y satisfactoria, como por ejemplo: inmediata y progresiva aplicación de las políticas, por lo que los estados responsables, garantizando instituciones autónomas e independientes de derechos humanos, y la educación en particular los niños y mujeres. [14]
- Garantizar en el mercado la disponibilidad de alimentos adecuados y saludables. [15]
- Brindar apoyo adicional a las poblaciones vulnerables , incluido el suministro de alimentos a quienes no tienen acceso a una alimentación adecuada por razones que escapan a su control. Las medidas incluyen: implementar redes de seguridad para los más débiles. [dieciséis]
- Prepárese para emergencias , desastres naturales o provocados por el hombre y obligaciones de proporcionar ayuda alimentaria internacional. [17]
Ver también
Referencias
- Citas
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "Antecedentes de las directrices voluntarias".
- ^ Relator especial sobre el derecho a la alimentación 2012a .
- ^ Katharine SE Cresswell Riol 2017: "Las pautas del derecho a la alimentación, la democracia y la participación ciudadana: estudios de caso de países".
- ^ Relator Especial sobre el derecho a la alimentación 2012a : "Derecho a la Alimentación".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012b .
- ^ Declaración de Roma sobre la seguridad alimentaria mundial de 1996 : párr. 2.
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012b .
- ^ Relator Especial sobre el derecho a la alimentación 2012a : "Derecho a la Alimentación".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012b .
- ^ Relator Especial sobre el derecho a la alimentación 2012a : "Derecho a la Alimentación".
- ^ Relator Especial sobre el derecho a la alimentación 2012a : "Derecho a la Alimentación".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "Entorno propicio ".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "II políticas y estrategias".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "III marco legal".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "IV Alimentos adecuados".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "V Poblaciones vulnerables".
- ^ Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 2012d : "VI Emergencias".
- Bibliografía
- Katharine Cresswell Riol (2017), Directrices sobre el derecho a la alimentación, democracia y participación ciudadana: estudios de casos de países , Routledge.
- Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (2012b), Cronología del derecho a la alimentación , Oficina jurídica, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, archivado desde el original el 5 de junio de 2012.
- Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (2012d), The Right to Food: The Voluntary Guidelines in Brief , consultado el 6 de junio de 2012.
- Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación (2010a), Países lucha contra el hambre con un enfoque del derecho a la alimentación. Progreso significativo en la implementación del derecho a la alimentación a escala nacional en África, América Latina y Asia Meridional. 01. Nota informativa (PDF) , Archivado desde el original (PDF) el 5 de junio 2012.
- Relator especial sobre el derecho a la alimentación (2012a), sitio web del Relator especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación, Olivier De Schutter , consultado el 24 de mayo de 2012.
enlaces externos
- "El derecho a la alimentación: Resumen de las directrices voluntarias" (2006) Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.
- "Caja de herramientas metodológicas sobre el derecho a la alimentación" , Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Un juego de herramientas para ayudar a implementar las Directrices sobre el derecho a la alimentación.