Agricultores y ganaderos socialmente desfavorecidos


En los Estados Unidos, los agricultores y ganaderos socialmente desfavorecidos , a los efectos del alcance y la asistencia del USDA, se definen en el proyecto de ley agrícola de 1990 como miembros de un grupo socialmente desfavorecido, que se define como aquellos cuya identidad en un grupo los ha sometido a prejuicio racial o étnico sin importar su identidad individual. A los efectos de la elegibilidad del préstamo, la sección 355 (e) de la Con Act [1] ( 7 USC  § 2003 ) agrega género a la definición de un grupo socialmente desfavorecido.

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