Thomas contra Sorrell


Thomas v Sorrell [1673] EWHC (KB) J85 es uncaso de derecho inglés relacionado con las licencias . Se ha citado en casos relacionados con la tierra, pero no tiene un vínculo directo con la tierra, por ejemplo, la ocupación. Fue una decisión histórica en la ley de licencias de bebidas alcohólicas (ley de licencias) y resume siglos de leyes en cuanto a las licencias: establece los principios audaces de las licencias de muchos tipos.

Thomas Sorrell era dueño de una taberna en el pueblo de Stepney , a unas 2 millas (3,2 km) al este de la ciudad de Londres . Fue procesado por Edward Thomas, en representación de la Corona, quien exigió que Sorrell pagara una multa a la Corona de 450 libras esterlinas por vender vino sin licencia, en contravención de la Ley de impuestos de 1660 . Sorrell afirmó que tenía una licencia en su calidad de miembro de " Master, Wardens, Freemen, and Commonalty of the Mystery of Vintners of the City of London ".

Disponiéndose también, que esta Ley, o cualquier cosa contenida en ella, no se extenderá ni será perjudicial para el Maestro, los Vigilantes, los Hombres Libres y la Comunidad del Misterio de los Vinicultores de la Ciudad de Londres, o para cualquier otra ciudad o pueblo corporativo, sino que puedan usar y disfrutar tales libertades y privilegios, como hasta ahora han usado y disfrutado legalmente.

Que en cuanto a toda la deuda, excepto cincuenta libras, el demandado no debe nada. Y en cuanto a las cincuenta libras, encuentran el estatuto de 7 E. 6, c. 5, relativo a la venta al por menor de vinos, prorroga en el estatuto.

Una dispensa o licencia propiamente dicha no transmite interés, ni altera o transfiere la propiedad de cosa alguna, sino que sólo hace lícita una acción que, sin ella, hubiera sido ilícita. Como licencia para ir más allá de los mares, para cazar en el parque de un hombre, para entrar en su casa, son sólo acciones que sin licencia hubieran sido ilícitas.

Así que licenciar a un hombre para comer mi carne, o encender la leña en mi chimenea para calentarlo, en cuanto a las acciones de comer, encender mi leña y calentarlo, son licencias; pero es consecuencia necesariamente de esas acciones que mi propiedad se destruya en la carne que se come y en la leña quemada, de modo que en algunos casos por consecuencia y no directamente, y como su efecto, una dispensa o licencia puede destruir y alterar la propiedad. ' [1]