Convención de mercenarios de las Naciones Unidas


La Convención de Mercenarios de las Naciones Unidas , oficialmente la Convención Internacional contra el Reclutamiento, Uso, Financiamiento y Entrenamiento de Mercenarios , es un tratado de las Naciones Unidas de 2001 que prohíbe el reclutamiento, entrenamiento, uso y financiamiento de mercenarios . En la 72ª sesión plenaria del 4 de diciembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas concluyó la convención como su resolución 44/34. La convención entró en vigor el 20 de octubre de 2001 [1] y ha sido ratificada por 46 estados.

"Toda persona que reclute, utilice, financie o entrene mercenarios, según se define en el artículo 1 de la presente Convención, comete un delito a los efectos de la Convención". [2]

"1. Un mercenario, según se define en el artículo 1 de la presente Convención, que participe directamente en hostilidades o en un acto concertado de violencia, según sea el caso, comete un delito a los efectos de la Convención.

2. Nada en este artículo limita el ámbito de aplicación del artículo 4 de la presente Convención ". [2]

b) Sea cómplice de quien comete o intente cometer alguno de los delitos previstos en la presente Convención " [2].

"1. Los Estados Partes no reclutarán, utilizarán, financiarán ni adiestrarán mercenarios y prohibirán esas actividades de conformidad con las disposiciones de la presente Convención.