Resolución 1844 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas


El Consejo de Seguridad reforzó hoy el embargo de armas sobre la nación de Somalia , plagada de violencia, especificando sanciones para los infractores y ampliando el mandato del Comité que supervisa la prohibición.

Mediante la aprobación unánime de la resolución 1844 (2008), y actuando de conformidad con el Capítulo VII de la Carta, el Consejo decidió que se aplicarían restricciones de viaje y una congelación de activos a las personas y entidades que participaran en actividades que amenazaran la paz y los procesos políticos y obstruyeran asistencia humanitaria, además de las que incumplieron la prohibición de armas, establecida por la resolución 733 de 1992 y modificada por resoluciones posteriores.

El Consejo encargó al Comité establecido por la resolución 733 (1992) la tarea de examinar las denuncias de violaciones del embargo de armas, designar a personas y entidades para que figuren en una lista de personas sujetas a sanciones y revisar periódicamente esa lista para verificar su exactitud. También consideraría las solicitudes de exenciones humanitarias e informaría al Consejo al menos cada 120 días.

En una disposición conexa, se alentó a los Estados miembros a que presentaran al Comité los nombres de las personas o entidades que se incluirían en la lista, junto con una exposición detallada de los cargos en su contra. El Consejo instó a dichos Estados a revisar las solicitudes de exclusión de la lista y alentó al Comité a garantizar que existieran procedimientos justos y claros para la inclusión, la exclusión de la lista y la concesión de exenciones. [1]