La Resolución 443 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 14 de diciembre de 1978, señaló un informe del Secretario General que, debido a las circunstancias existentes, la presencia de la Fuerza de Paz de las Naciones Unidas en Chipre continuaría siendo esencial para un arreglo pacífico. El Consejo expresó su preocupación por las acciones que podrían aumentar las tensiones y pidió al Secretario General que informara nuevamente antes del 31 de mayo de 1979 para seguir la implementación de la resolución.
Resolución 443 del Consejo de Seguridad de la ONU | |
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![]() Chipre dividido | |
Fecha | 14 de diciembre de 1978 |
Reunión no. | 2.107 |
Código | S / RES / 443 ( Documento ) |
Sujeto | Chipre |
Resumen de votaciones |
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Resultado | Adoptado |
Composición del Consejo de Seguridad | |
Miembros permanentes | |
Miembros no permanentes |
El Consejo reafirmó sus resoluciones anteriores, incluida la Resolución 365 (1974), expresó su preocupación por la situación, instó a las partes involucradas a trabajar juntas por la paz y una vez más amplió el estacionamiento de la Fuerza en Chipre, establecido en la Resolución 186 (1964), hasta el 15 de junio de 1979.
La resolución fue adoptada por 14 votos contra ninguno; con la abstención de la República Popular China .
Ver también
Referencias
enlaces externos
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