Charla de usuario: noventa y uno


Su edición, "[la LEOSA] no anula las políticas internas de un departamento o agencia a la que puede pertenecer un oficial.[5][6][7]", establece como un hecho algo que es, por decir lo menos , cuestionado por algunas autoridades legales de peso, incluidos los legisladores federales que en realidad escribieron la ley. De hecho, dos de los tres documentos para los que conservó notas a pie de página, que publiqué cuando escribí originalmente este artículo, contradicen explícitamente su declaración. Los documentos de FOP establecen en parte: "Puede haber agencias que hagan cumplir o adopten políticas, normas, reglamentos o condiciones de empleo que desalienten o castiguen a los oficiales que optan por portar mientras están fuera de servicio, pero tales acciones no significan que el oficial no pueda portar legalmente bajo las disposiciones de este estatuto. Su agencia, sin embargo, puede prohibirle portar su arma emitida por la agencia, que es propiedad de la entidad gubernamental". El memorándum de California AG dice: "Las restricciones fuera de servicio parecen ser reemplazadas por esta Ley". El artículo del Jefe de Policía por sí solo respalda su lectura. , y creo que esta nota al pie también debe conservarse, para mostrar que esa pregunta está en disputa. Sin embargo, la posición del artículo del Jefe de Policía no encuentra respaldo en el informe oficial del Comité Judicial de la Cámara de Representantes de los EE. UU. Deja en claro que los críticos del proyecto de ley intentaron - -y fracasó- en enmendar el proyecto de ley para excluir las políticas internas de la agencia de su alcance. Los jefes de policía y los alguaciles no tienen autoridad para establecer políticas de personal para sus agencias, excepto las facultades otorgadas por las leyes estatales y locales, y la LEOSA explícitamente anula "cualquier . . .

He leído tu respuesta. Me parece que aquí hay dos cuestiones distintas. La primera es, si un oficial porta un arma de fuego oculta fuera de su jurisdicción y las autoridades locales (donde la porta) lo interrogan al respecto, ¿tiene alguna relación la política interna de la agencia que lo emplea para determinar si su conducta es legal (es decir, si está protegido por la ley federal)? En este punto, creo que no hay una disputa real entre nosotros o entre las autoridades: es bastante claro que la política de la agencia de empleo del oficial no tiene nada que ver; todas las fuentes están de acuerdo en que el Congreso ha conferido el derecho directamente al oficial, y puede ejercer legalmente ese derecho en cualquier jurisdicción, le guste o no a su agencia empleadora. Sin embargo, creo que su formulación, "


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