Juramento o afirmación del votante


El juramento o afirmación del votante, anteriormente el juramento de los hombres libres, es un juramento o afirmación de un ciudadano que se toma durante el registro de votantes en el estado estadounidense de Vermont . En 2007, se modificó la ley para facilitar la administración de este juramento o afirmación; en lugar de ser administrado solo por notarios públicos y funcionarios similares, el juramento puede ser administrado por casi cualquier persona, incluido el solicitante. ("Juramento o afirmación del votante; cómo se administra" 2007)

El juramento de los hombres libres fue parte de la Constitución de la República de Vermont de 1777 , la primera constitución en el hemisferio occidental que otorgó el sufragio universal a todos los hombres, independientemente de la propiedad. Varias de las colonias americanas utilizaron un juramento de hombres libres. Hasta principios del siglo XX, todas las comisiones y certificados estatales oficiales estaban encabezados por las palabras "POR LOS LIBRES DE VERMONT".

§ 42. Calificaciones y juramentos del votante
Todo hombre mayor de veintiún años que sea ciudadano de Vermont, que haya residido en este Estado durante el período establecido por la Asamblea General y que tenga un comportamiento tranquilo y pacífico, y prestar el siguiente juramento o afirmación, tendrá derecho a todos los privilegios de un votante de este estado:

Jura (o afirma) solemnemente que cada vez que dé su voto o sufragio, en relación con cualquier asunto que concierna al estado de Vermont, lo hará de manera que en su conciencia juzgue que conducirá al mejor bien de la misma, como establecido por la Constitución, sin temor ni favor de ningún hombre.

En noviembre de 2002, la Asamblea General de Vermont enmendó el lenguaje del juramento para reflejar la inclusión de las mujeres. El juramento fue rebautizado como "Juramento del votante". El texto del juramento revisado dice:

§ 42. Calificaciones y juramentos del votante
Toda persona mayor de dieciocho años que sea ciudadano de los Estados Unidos, que haya residido en este Estado por el período establecido por la Asamblea General y que tenga un comportamiento tranquilo y pacífico, y prestar el siguiente juramento o afirmación, tendrá derecho a todos los privilegios de un votante de este estado: