Administración de justicia


La Administración de Justicia es el proceso mediante el cual se ejecuta el ordenamiento jurídico de un gobierno. El supuesto objetivo de tal administración es brindar justicia a todos aquellos que acceden al sistema legal. La frase también se usa comúnmente para describir un título universitario (Licenciatura en Administración de Justicia), que puede ser un requisito previo para un trabajo en la aplicación de la ley o el gobierno. [1]

En Attorney General for New South Wales v Love (1898), el apelante argumentó que la sección 24 de la Ley 9 Geo 4 c 83 no tuvo el efecto de aplicar la Ley Nullum Tempus (9 Geo 3 c 16) (1768) a New South Gales . El abogado del apelante dijo que Whicker v Hume (1858) [2] decidió que la sección 24 no se refería a las leyes en general, sino solo a las leyes en cuanto a los modos de procedimiento, y que la Ley Nullum Tempus no se ocupaba simplemente del procedimiento. El Lord Canciller dijo que la Ley 9 Geo 4 c 83 prima facie "aplicaba la Ley Nullum Tempus a la Colonia en cuestión tanto como si la hubiera vuelto a promulgar para esa Colonia". Luego dijo:

Secta. 24 de esa Ley establece "que todas las leyes y estatutos vigentes dentro del reino de Inglaterra a la aprobación de esta Ley" (es decir, el año 1828) "se aplicarán en la administración de justicia en los tribunales de Nueva Gales del Sur", y se busca por interpretación limitar las palabras "todas las leyes y estatutos" introduciendo en la sección las palabras "relacionadas con el procedimiento" o alguna expresión equivalente. Al menos ese es el único modo inteligible en el que se puede sustentar el argumento, porque las palabras que aparecen en la sección - "en la administración de justicia" - ciertamente incluirían una limitación del tiempo dentro del cual se pueden entablar acciones, y Sus Señorías son de la opinión de que el lenguaje de la sección no puede limitarse para excluir el estatuto,[3]

La Sección 92(14) de la Ley Constitucional de 1867 , también conocida como el poder de Administración de Justicia, otorga a las legislaturas provinciales de Canadá la autoridad para legislar sobre:

para el desempeño de sus funciones, incluidas las funciones delegadas a dichos tribunales, instituciones u oficinas o cualquier funcionario de los mismos por o en virtud de cualquier Ley; (“Administración de la justicia”) [4]

Esta disposición era anteriormente la sección 1 de la Ley de administración de justicia (RSO 1980 c 6), [5] que anteriormente era la sección 1 de la Ley de administración de justicia (RSO 1970 c 6), [6] que anteriormente era la sección 1 de la Ley de administración de Ley de Justicia de 1968 (SO 1968 c 1) (17 Eliz 2 c 1). [7] Las copias impresas de Queen de los Estatutos de la Provincia de Ontario de 1968 describen esta disposición como "nueva". [8] Este estatuto sustituyó a la Ley de Gastos de la Administración de Justicia (RSO 1960 c 5).