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Un director suplente es una persona designada para asistir a una reunión de la junta en nombre del director de una empresa a la que el director principal no podría asistir de otro modo. La ley relativa a los directores suplentes varía de un país a otro, pero en la mayoría de las jurisdicciones, el director suplente tiene los mismos poderes para asistir, hablar y votar en las reuniones que tendría el director principal si no se hubiera designado al suplente.

En algunas jurisdicciones, el suplente también debe ser un director por derecho propio (por lo que, en efecto, habría una persona menos en la reunión, pero el director que también hubiera sido designado como suplente tendría dos votos). Sin embargo, tales estructuras no son comunes en los sistemas legales desarrollados.

El nombramiento de un suplente temporal es una de las pocas excepciones a la regla general de que el cargo de consejero no es asignable ni delegable. [1]

Notas al pie

  1. ^ Por ejemplo, en el Reino Unido, consulte la sección 308 de la Ley de empresas de 1985