Birmingham (circunscripción del Parlamento del Reino Unido)


Birmingham era una circunscripción parlamentaria de la Cámara de los Comunes del Parlamento del Reino Unido para la ciudad de Birmingham , en lo que ahora es el condado metropolitano de West Midlands , pero en ese momento era Warwickshire .

Hasta 1832, a excepción del único año 1275, Birmingham solo estuvo representada en el Parlamento como parte del distrito electoral del condado de Warwickshire .

Se convirtió en una ciudad parlamentaria por derecho propio tras la aprobación de la Ley de Reforma de 1832 y siguió siendo una circunscripción única que elegía a dos miembros del parlamento hasta que se dividió en 1885.

La Ley de Reforma de 1832 introdujo una franquicia municipal uniforme además de los antiguos derechos de franquicia en los distritos parlamentarios existentes: (consulte la Cámara de los Comunes sin reformar para obtener una lista de las diferentes franquicias en cada distrito). Como los nuevos distritos, como Birmingham , no tenían titulares de franquicias antiguos, solo se les aplicaban las nuevas reglas de franquicia. Seymour explica que: -

La ley de 1832 creó solo una clase de nuevos derechos. Esta fue la calificación de ocupación de £ 10. Según la ley, la franquicia se concedía a todos los varones que durante un año antes de la inscripción hubieran ocupado como propietarios o arrendatarios "cualquier casa, almacén, quinta, tienda u otro edificio, ya sea separada o conjuntamente con cualquier terreno" de una clara valor anual de £ 10. El terreno debe estar dentro de los límites electorales del municipio; y para calificar, el ocupante debe haber sido tasado con respecto a tales locales, a todas las tasas para el alivio de los pobres; y debe haber pagado en el momento de la inscripción todas las tasas e impuestos adeudados por él en abril anterior.

Esta franquicia de ocupación fue la característica de la franquicia municipal después de 1832. Así como la propiedad proporcionaba la calificación ordinaria para la franquicia en los condados, así en los municipios, la ocupación, real o implícita, era la base del sufragio. Sin embargo, en los condados no se hizo ninguna disposición para determinar el valor real o el alquiler de buena fe que calificaría para la franquicia; en los municipios se incorporaba la valoración a los impuestos con la condición de valor, y se sobreañadía el pago efectivo. Había otra diferencia entre el carácter de las franquicias del condado y del municipio, según lo determinaba la Ley de Reforma. En este último ningún reclamante podía registrarse como votante si hubiera recibido alivio parroquial dentro de los últimos doce meses; en los condados, no se adjuntó ninguna descalificación al recibo de ayuda para pobres. ...


Mapeo de 1831 del nuevo distrito electoral propuesto de Birmingham