Anticipo contra regalías


En el ámbito de la concesión de licencias de propiedad intelectual , un anticipo de regalías es un pago realizado por el licenciatario al licenciante al comienzo del período de concesión de la licencia (normalmente inmediatamente después del contrato o con la entrega de la propiedad objeto de la licencia) que debe compensarse contra futuros pagos de regalías . También se conoce como pago mínimo garantizado de regalías .

Por ejemplo, el autor de un libro puede vender una licencia a un editor a cambio de regalías del 5% sobre las ventas del libro y un adelanto de $5,000 contra esas regalías. En este caso, el autor recibiría inmediatamente los $ 5,000 y los pagos de regalías se retendrían hasta que se hayan ganado $ 5,000 en regalías ya pagadas, es decir, hasta que las ganancias del editor por la venta de copias del libro alcancen los $ 100,000; después de ese punto, se pagaría la regalía del 5% sobre cualquier venta adicional. [1] [2]

En algunas áreas comerciales (por ejemplo, la producción de películas), es una práctica común que el licenciatario exija el reembolso de cualquier anticipo que no esté cubierto por regalías, mientras que en otras (por ejemplo, la publicación de libros) esta práctica es inusual.