El Convenio de Berna sobre la Conservación de la Vida Silvestre y los Hábitats Naturales Europeos , también conocido como Convenio de Berna (o Convenio de Berna ), es un instrumento legal internacional vinculante en el campo de la Conservación de la Naturaleza, cubre el patrimonio natural en Europa, así como en algunos países africanos. La Convención quedó abierta a la firma el 19 de septiembre de 1979 y entró en vigor el 1 de junio de 1982. Está particularmente preocupada por la protección de los hábitats naturales y las especies en peligro de extinción , incluidas las migratorias.
Convención sobre la Conservación de la Vida Silvestre y los Hábitats Naturales Europeos | |
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Firmado | 19 de septiembre de 1979 |
Localización | Berna |
Eficaz | 1 de junio de 1982 |
Condición | 5 ratificaciones |
Fiestas | 51 |
Depositario | Consejo Europeo |
Idioma | Inglés, francés, italiano, ruso y alemán |
www |
Fines y objetivos
La convención tiene tres objetivos principales, que se enuncian en el artículo 1: [1]
- conservar la flora y fauna silvestre y sus hábitats naturales
- promover la cooperación entre estados
- prestar especial atención a las especies vulnerables y en peligro de extinción, incluidas las especies migratorias vulnerables y en peligro de extinción
Estructura
La convención se divide en:
- Preámbulo
- Debido a que esta convención tiene un carácter especial, que es incluir el máximo número de firmas posible, incluyó la eventual firma por parte de los no miembros del Consejo de Europa : "los Estados miembros del Consejo de Europa y los demás signatarios de la misma, Considerando que el objetivo del Consejo de Europa es lograr una mayor unidad entre sus miembros, ... ” [1]
- Capítulo I - Disposiciones generales
- Este capítulo contiene tres artículos, donde se enuncian los tres objetivos del Convenio y las obligaciones generales de las Partes Contratantes.
- Capítulo II - Protección de hábitats
- A continuación se establecen las obligaciones de las Partes Contratantes relativas a la conservación de los hábitats.
- Capítulo III - Protección de especies
- Este capítulo contiene las obligaciones de las Partes Contratantes con respecto a los Apéndices I, II, III y IV y las excepciones a estas obligaciones.
- Capítulo IV - Disposiciones especiales para especies migratorias
- Este capítulo contiene las obligaciones de las Partes Contratantes con respecto a las especies migratorias.
- Capítulo V - Disposiciones complementarias
- Este capítulo contiene obligaciones complementarias de las Partes Contratantes en relación con la cooperación, investigación, reintroducción e introducción de especies.
- Capítulo VI - Comité Permanente
- Este capítulo establece el procedimiento de funcionamiento del Comité Permanente y sus tareas.
- Capítulo VII - Enmiendas
- Este capítulo contiene el procedimiento de enmiendas a los artículos y anexos de la Convención.
- Capítulo VIII - Solución de controversias
- Este capítulo contiene el procedimiento de arbitraje de cualquier disputa que pudiera surgir entre las Partes Contratantes.
- Capítulo IX - Disposiciones finales
- Este capítulo contiene las disposiciones finales de la Convención.
- Apéndices
- Cuatro apéndices establecen especies particulares para su protección. El Comité Permanente las actualiza periódicamente, asesorado por varios Grupos de Expertos:
- Apéndice I - Especies de flora estrictamente protegidas
- Apéndice II - Especies de fauna estrictamente protegidas
- Apéndice III - Especies de fauna protegidas
- Apéndice IV - Medios y métodos prohibidos de matanza, captura y otras formas de explotación
Estados ratificantes
Estados miembros del Consejo de Europa, situación al 28 de abril de 2018
Expresar | Firma | Ratificación | Entrada en vigor |
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Albania | 31 de octubre de 1995 | 13 de enero de 1999 | 1º de mayo de 1999 |
Andorra | 11 de mayo de 2000 | 13 de octubre de 2000 | 1º de febrero de 2001 |
Armenia | 13 de marzo de 2006 | 14 de abril de 2008 | 1 de agosto de 2008 |
Austria | 19 de septiembre de 1979 | 2 de mayo de 1983 | 1 de septiembre de 1983 |
Azerbaiyán | 28 de marzo de 2000 a | 1 de julio de 2000 | |
Bélgica | 19 de septiembre de 1979 | 24 de agosto de 1990 | 1 de diciembre de 1990 |
Bosnia y Herzegovina | 17 de noviembre de 2008 | 17 de noviembre de 2008 | 1 de marzo de 2009 |
Bulgaria | 31 de enero de 1991 a | 1 de mayo de 1991 | |
Croacia | 3 de noviembre de 1999 | 3 de julio de 2000 | 1 de noviembre de 2000 |
Chipre | 21 de octubre de 1981 | 16 de mayo de 1988 | 1 de septiembre de 1988 |
República Checa | 8 de octubre de 1997 | 25 de febrero de 1998 | 1º de junio de 1998 |
Dinamarca | 19 de septiembre de 1979 | 8 de septiembre de 1982 | 1 de enero de 1983 |
Estonia | 3 de agosto de 1992 a | 1 de diciembre de 1992 | |
Finlandia | 19 de septiembre de 1979 | 9 de diciembre de 1985 | 1 de abril de 1986 |
Francia | 19 de septiembre de 1979 | 26 de abril de 1990 | 1 de agosto de 1990 |
Georgia | 18 de mayo de 2009 | 19 de noviembre de 2009 | 1 de marzo de 2010 |
Alemania | 19 de septiembre de 1979 | 13 de diciembre de 1984 | 1 de abril de 1985 |
Grecia | 19 de septiembre de 1979 | 13 de junio de 1983 | 1 de octubre de 1983 |
Hungría | 16 de noviembre de 1989 a | 1º de marzo de 1990 | |
Islandia | 17 de junio de 1993 | 17 de junio de 1993 | 1 de octubre de 1993 |
Irlanda | 19 de septiembre de 1979 | 23 de abril de 1982 | 1 de agosto de 1982 |
Italia | 19 de septiembre de 1979 | 11 de febrero de 1982 | 1 de junio de 1982 |
Letonia | 23 de enero de 1997 | 23 de enero de 1997 | 1º de mayo de 1997 |
Liechtenstein | 19 de septiembre de 1979 | 30 de octubre de 1980 | 1 de junio de 1982 |
Lituania | 28 de septiembre de 1994 | 5 de septiembre de 1996 | 1º de enero de 1997 |
Luxemburgo | 19 de septiembre de 1979 | 23 de marzo de 1982 | 1 de julio de 1982 |
Malta | 26 de noviembre de 1993 | 26 de noviembre de 1993 | 1º de marzo de 1994 |
Moldavia | 24 de mayo de 1994 a | 1 de septiembre de 1994 | |
Mónaco | 7 de febrero de 1994 a | 1 de junio de 1994 | |
Montenegro | 3 de marzo de 2009 | 1 de octubre de 2009 | 1 de febrero de 2010 |
Países Bajos | 19 de septiembre de 1979 | 28 de octubre de 1980 | 1 de junio de 1982 |
Noruega | 19 de septiembre de 1979 | 27 de mayo de 1986 | 1 de septiembre de 1986 |
Polonia | 24 de marzo de 1995 | 13 de septiembre de 1995 | 1 de enero de 1996 |
Portugal | 19 de septiembre de 1979 | 3 de febrero de 1982 | 1 de junio de 1982 |
Rumania | 18 de mayo de 1993 a | 1 de septiembre de 1993 | |
Serbia | 9 de enero de 2008 | 9 de enero de 2008 | 1 de mayo de 2008 |
Eslovaquia | 28 de abril de 1994 | 23 de septiembre de 1996 | 1º de enero de 1997 |
Eslovenia | 20 de octubre de 1998 | 29 de septiembre de 1999 | 1 de enero de 2000 |
España | 19 de septiembre de 1979 | 27 de mayo de 1986 | 1 de septiembre de 1986 |
Suecia | 19 de septiembre de 1979 | 14 de junio de 1983 | 1 de octubre de 1983 |
Suiza | 19 de septiembre de 1979 | 12 de marzo de 1981 | 1 de junio de 1982 |
República de Macedonia | 17 de diciembre de 1998 | 17 de diciembre de 1998 | 1º de abril de 1999 |
pavo | 19 de septiembre de 1979 | 2 de mayo de 1984 | 1 de septiembre de 1984 |
Ucrania | 17 de agosto de 1998 | 5 de enero de 1999 | 1º de mayo de 1999 |
Reino Unido | 19 de septiembre de 1979 | 28 de mayo de 1982 | 1 de septiembre de 1982 |
Estados no miembros del Consejo de Europa
Expresar | Firma | Ratificación | Entrada en vigor |
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Bielorrusia | 19 de febrero de 2013 a | 1 de junio de 2013 | |
Burkina Faso | 14 de junio de 1990 a | 1 de octubre de 1990 | |
Marruecos | 25 de abril de 2001 a | 1º de agosto de 2001 | |
Senegal | 13 de abril de 1987 a | 1 de agosto de 1987 | |
Túnez | 12 de enero de 1996 a | 1º de mayo de 1996 |
Organizaciones internacionales
Organizaciones | Firma | Ratificación | Entrada en vigor |
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Unión Europea | 19 de septiembre de 1979 | 7 de mayo de 1982 | 1 de septiembre de 1982 |
Argelia , Cabo Verde , la Santa Sede , San Marino y Rusia se encuentran entre los países no signatarios que tienen la condición de observadores en las reuniones del comité.
La convención dio lugar a la creación en 1998 de la red Esmeralda de Zonas de Especial Interés de Conservación (ASCI) en todo el territorio de las partes de la convención, que opera junto con el programa Natura 2000 [3] de la Unión Europea .
Deberes de las partes contratantes
Todos los países que han firmado la convención deben: [1]
- promover políticas nacionales de conservación
- promover medidas contra la contaminación
- promover medidas educativas e informativas
- coordinar los esfuerzos para proteger las especies migratorias
- establecer medidas legislativas y administrativas
Seguimiento de la implementación de la convención
Para lograr con éxito los objetivos de esta Convención, se implementaron varios dispositivos de monitoreo.
Sistema de reporte
- Informes semestrales obligatorios
- Informes generales voluntarios (cada cuatro años)
- Informes legales (un país por año)
- Informes nacionales
- Seguimiento de recomendaciones [4]
Grupos de expertos
Los expertos elegidos están a cargo de monitorear la implementación de la recomendación del Comité Permanente sobre especies y hábitats, así como de hacer sus propias recomendaciones sobre problemas específicos de conservación. [4]
Sistema de archivo de casos
El sistema se basa en denuncias por posibles incumplimientos u otros problemas relacionados con las disposiciones de la Convención. Estas quejas son procesadas por la Secretaría, la Mesa y el Comité Permanente y cuando consideren que se necesita más información, se pueden organizar visitas in situ de expertos independientes. [5]
Ver también
Referencias
- ^ a b c Consejo de Europa, 1979. Convenio sobre la conservación de la vida silvestre y el patrimonio natural europeos. Berna, Suiza. Disponible en: http://conventions.coe.int/Treaty/EN/Treaties/Html/104.htm
- ^ Oficina de tratados (referencia ETS número 104), enlace permanente en https://www.coe.int/en/web/conventions/full-list/-/conventions/treaty/104/signatures/
- ^ "Berna" . jncc.defra.gov.uk .
- ^ a b Consejo de Europa. Convención de la naturaleza sobre la conservación de la vida silvestre y los hábitats naturales europeos. Disponible en: http://www.coe.int/t/dg4/cultureheritage/nature/bern/default_en.asp
- ^ Consejo de Europa. Convención de la naturaleza sobre la conservación de la vida silvestre y los hábitats naturales europeos. Disponible en: http://www.coe.int/t/dg4/cultureheritage/nature/bern/default_en.asp