Lex Aquilia


La lex Aquilia era una ley romana que proporcionaba una indemnización a los propietarios de bienes perjudicados por culpa de alguien, establecida en el siglo III a. C., en la República Romana . Esta ley protegía a los ciudadanos romanos de algunas formas de robo, vandalismo y destrucción de propiedad.

La lex Aquilia (estrictamente, un plebiscito) posiblemente se promulgó en el 286 a. C., o en algún otro momento del siglo III a. C. Se refería al daño causado por damnum iniuria datum , "daño infligido ilegalmente", una especie de delito (o agravio ), aunque con diferencias con el agravio como se conoce en los sistemas de derecho consuetudinario modernos y la Ley de Delito Escocesa. Las disposiciones más pertinentes se encuentran en el primer y tercer capítulo de la ley.

Sólo un subconjunto limitado de agravios se incluyó en la ley promulgada. La primera sección establecía que alguien que ilegalmente, o injustamente, como se supo más tarde, mató a los esclavos de otro hombre o al animal de la manada ( pecus ) debería pagar al propietario el valor más alto que el esclavo o la bestia tuvo durante el año pasado.

De los Institutos de Justiniano se desprende claramente que el segundo capítulo ya no estaba en vigor en el siglo V d.C. [I4.3.12]. Además, la única otra mención que encontramos del segundo capítulo dentro del Digest es el siguiente extracto breve:

Por tanto, está claro que para la época de la escritura jurídica clásica el segundo capítulo estaba legalmente desaparecido. La mera falta de comentarios textuales implica que este hecho se produjo muy poco después de la formulación de la lex en la República, y la cita de Gayo con respecto a la recuperación de deudas canceladas fraudulentamente no parece descansar fácilmente en los capítulos existentes (que tratan sobre qué grados variables de daños a la propiedad).

El tercer capítulo se refería al ilícito "quemar, romper o rasgar " ( urere, frangere, rumpere ) no solo de esclavos y ganado sino también de otras propiedades: