El Decreto de Bases y Garantías fue el texto constitucional de facto de Costa Rica, otorgado el 8 de marzo de 1841 por el Jefe de Estado Braulio Carrillo Colina . [1]
Historia
En 1841, con la intención de dar algún apoyo jurídico a su régimen autoritario que se había establecido desde 1838, Carrillo Colina decidió emitir un estatuto fundamental de su propia elaboración que cumpliría un papel similar al de la Constitución. El 8 de marzo de ese año Carrillo dictó el denominado Decreto de Bases y Garantías , que representó una consagración constitucional del absolutismo. [1]
El texto del Decreto, en lugar de ajustarse al modelo constitucional utilizado desde 1812 -títulos, capítulos o secciones y artículos- no tenía una numeración continua, sino que estaba dividido en siete extensos artículos, subdivididos a su vez en párrafos numerados de forma independiente, en la estilo de la Constitución americana de 1787 y la Constitución francesa de 1791 . [1]
El Decreto proclamaba que Costa Rica era un Estado soberano e independiente , tanto en su administración interna como en sus relaciones exteriores, y no hacía alusión a la unión centroamericana . También consagró varios de los principales derechos civiles y políticos de la tradición liberal . [1]
El texto constitucional de 1841 se apartó de los clásicos poderes tripartitos y concentró todos los poderes en el Primer Jefe de Estado, inamovible y no sujeto a responsabilidad. El Primer Jefe presidiría una Cámara Consultiva de cinco miembros (uno por cada provincia), elegidos por censo y sufragio indirecto en cuatro grados, y cuyo acuerdo era necesario para emitir e interpretar códigos, ordenanzas y reglamentos generales, declarar la guerra y hacer la paz. , fijar el presupuesto, imponer impuestos, negociar préstamos y otros asuntos. [1]
El Ministerio General del Estado era de hecho Segundo Jefe de Estado, elegido por censo y sufragio indirecto en cuatro grados y sustituía al Primer Jefe en caso de muerte o incapacidad. Una Sala Judicial de cinco miembros, elegidos por el Primer Jefe de los tres candidatos propuestos por cada Provincia, actuó como tribunal supremo . Sus integrantes debían tener formación jurídica y permanecieron en sus cargos mientras duró su buen desempeño. [1]
En cada una de las Provincias ( Alajuela , Cartago , Guanacaste , Heredia y San José ) había un Jefe Político designado por el Primer Jefe. Los municipios fueron abolidos por completo. [2]
El Decreto de Bases y Garantías no mencionó el procedimiento para su reforma, por lo que se podría suponer que la revisión constitucional se llevaría a cabo utilizando lo prescrito para la emisión de códigos, ordenanzas y reglamentos generales, es decir, a través de un acuerdo entre las Primer Jefe y Cámara Consultiva. [3] Esto permitiría conceptualizar el Decreto como un texto constitucional flexible.
El Decreto de Bases y Garantías tuvo una vigencia muy breve, ya que en abril de 1842 la invasión del general Francisco Morazán Quesada derrocó la dictadura institucionalizada de Carrillo y se rompió el orden constitucional. Inicialmente Morazán mantuvo el Decreto para algunos fines, pero el 6 de junio de 1842 lo declaró nulo, decisión confirmada el 24 de agosto de ese mismo año por una Asamblea Constituyente. Esto puso nuevamente en vigencia, de manera provisional y adaptable, la Ley Fundamental del Estado de Costa Rica de 1825. [1]
Referencias
- ↑ a b c d e f g Aguilar B., Aguilar Óscar (1974). La Constitución de 1949. Antecedentes y proyecciones. San José, Costa Rica : Editorial Costa Rica .
- ^ Instituto de Fomento y Asesoría Municipal El régimen municipal en Costa Rica Archivado el 25 de junio de 2015 en Wayback Machine.
- ^ Obregón Loría, Rafael (1966). El Poder Legislativo en Costa Rica. San José, Costa Rica : Asamblea Legislativa .