La Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica , a veces llamada Constitución Política de 1825 , fue emitida el 25 de enero de 1825 por el Congreso Constituyente del Estado de Costa Rica y durante un tiempo el país fue miembro formal de la República Federal. de Centroamérica . [1] Funcionaría hasta que fue abrogado por Braulio Carrillo Colina quien en 1838 toma el poder de manera dictatorial y emite el 8 de marzo de 1841 el Decreto de Bases y Garantías que funcionará como una constitución de facto hasta la llegada de Francisco Morazán. en 1844 quien derrocó a Carrillo y fue temporalmente restaurado. [1]
Historia
Costa Rica fue uno de los estados miembros más disciplinados de la República Federal Centroamericana, siguiendo los mandatos del gobierno federal, realizando las elecciones correspondientes para elegir cargos federales, enviando soldados para engrosar el ejército federal y pagando impuestos. Luego de emitidas las Bases de la Constitución Federal por parte de la Asamblea Nacional Constituyente de Centroamérica, se dieron instrucciones a los países miembros para convocar a congresos locales y establecer sus constituciones estatales. Así se hizo y de él emanó la Ley Fundamental del Estado. [1]
Braulio Carrillo, quien había sido Jefe de Estado estaba resentido por la inacción de la República Federal antes de la anexión de Bocas del Toro en 1836 por Colombia y que había salido victorioso durante la guerra civil costarricense de 1835 que enfrentó a las ciudades de San José, Alajuela, Heredia. y Cartago, fue candidato a la reelección contra el candidato federalista Manuel Aguilar Chacón en las elecciones de 1837 , siendo Aguilar un convencido partidario de la República Federal. Aguilar gana, pero Carrillo da un golpe de Estado con la ayuda del Ejército, tomando el poder justo antes de que la Federación Centroamericana se disuelva. [1]
Congreso Constituyente del Estado de Costa Rica
El Congreso Constituyente del Estado de Costa Rica de 1824-25 fue la primera Asamblea Constituyente convocada en Costa Rica y autor de la Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica. Fue convocado como parte de las Provincias Unidas de Centroamérica recién independizadas de España . [2]
El 5 de mayo de 1824, la Asamblea Nacional Constituyente de Centroamérica emitió el mandato a los estados miembros de convocar congresos constituyentes para establecer sus constituciones estatales. Anteriormente dicha Asamblea había dictado las Bases de la Constitución Federal en 1823 y luego la Constitución de la República Federal de Centroamérica en 1824 y ahora le correspondía al Estado de Costa Rica designar su constitución interna así como las leyes necesarias para la el buen funcionamiento del joven Estado, por lo que además de las prerrogativas Constituyentes se le otorgaron competencias al Poder Legislativo. Naturalmente la Constitución debe ser federal y fundamentada en los fundamentos de la Constitución centroamericana, es decir, no puede contradecirla. [2]
Estaba integrado por diez miembros, su presidente era Nazario Toledo , su secretario Rafael Ramírez y su subsecretario Gordiano Paniagua. [3] Juan Mora Fernández fue Jefe Supremo Provisional en este período, pero no formó parte del Congreso. El Congreso también definió la bandera y el escudo de armas del país. Esta Constitución estuvo vigente hasta que fue derogada por Braulio Carrillo cuando asumió el poder con autoridad en 1838 [4].
Contenido
Se prescribió el voto de tercer grado (basado en la Constitución de Cádiz ) en el que los ciudadanos varones eligieron electores de segundo grado en elecciones parroquiales, las parroquias eligieron a otros de primer grado por departamento, y finalmente eligieron las autoridades políticas. [5]
Creó los poderes Ejecutivo , Legislativo y Judicial , así como un cuarto poder, denominado Poder Conservador, que ejercía el control estatal, algo similar al actual Contralor . Abolió los fueros a los militares y a la Iglesia y redactó los derechos del ciudadano. Designó el nombre oficial de Estado Libre de Costa Rica y exigió que para ser Jefe o Subjefe de Estado se requiera ser costarricense por nacimiento, laico, treinta años y dueño de una propiedad no menos de mil pesos o una renta anual de doscientos o ser profesional de alguna ciencia. También prescribió un período de cuatro años con reelección consecutiva una vez. [5]
El Poder Legislativo era unicameral y por elección popular, llamado Congreso, entre sus facultades además de la de legislar, incluye ser guardián de la Constitución, decretar préstamos, conmutar sentencias e indultos, recibir las renuncias de los miembros de los Supremos Poderes y fijar los límites territoriales. [5]
Referencias
- ↑ a b c d Aguilar B., Aguilar Óscar (1974). La Constitución de 1949. Antecedentes y proyecciones. San José, Costa Rica : Editorial Costa Rica .
- ↑ a b Castro Vega, Oscar (2003). Rodrigo Facio en la constituyente de 1949 . EUNED . ISBN 9789968312776.
- ^ Arce Goméz, Celín (mayo-agosto de 2011). "Notas sobre la Asamblea Nacional Constituyente de 1949" . Revista de Ciencias Jurídicas . Nº125: 31–78.
- ^ Universidad de Costa Rica . "Congreso Constituyente del Estado soberano de Costa Rica" . Archivado desde 'el valor del cheque
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original ( ayuda ) el 6 de marzo de 2016 . Consultado el 23 de junio de 2015 . - ↑ a b c Obregón Loría, Rafael (1966). El Poder Legislativo en Costa Rica. San José, Costa Rica : Asamblea Legislativa .