Elegit ( latín para él ha elegido ) era, en la ley inglesa , un auto judicial de ejecución, dado por el Estatuto de Westminster II (1285), y así llamado por las palabras del auto, que el demandante ha elegido ( elegit ) este modo de satisfacción. Antes del Estatuto de Westminster II, un acreedor judicial solo podía tener las ganancias de las tierras de un deudor en satisfacción de su juicio, pero no la posesión de las tierras en sí. Pero este estatuto disponía que en adelante debería ser en la elección del partido que haya recuperado el juicio para tener un auto de fieri faciasal alguacil sobre tierras y bienes o bien todos los bienes muebles del deudor y la mitad de sus tierras hasta que se cumpla la sentencia. Por la Ley de Quiebras de 1883, el auto de elegibilidad se extendió a tierras y herencias únicamente. [1]
Los mandatos de elegit fueron abolidos el 1 de enero de 1957 por la Ley de Administración de Justicia de 1956. [ cita requerida ]
Referencias
- ^ dominio público : Chisholm, Hugh, ed. (1911). " Elegit ". Encyclopædia Britannica . 9 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 252. Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de