En el derecho común , los emblemas son cultivos anuales producidos por cultivos que pertenecen legalmente al arrendatario con el derecho implícito para su cosecha, y se tratan como propiedad del arrendatario. [1]
La doctrina entra en juego principalmente en la ley de propietarios e inquilinos , o en la ejecución de hipotecas y otras situaciones legales que colocan los derechos de otra parte en conflicto con los de un agricultor que ha plantado una cosecha que aún no se ha cosechado. La doctrina también se aplica al patrimonio de un inquilino fallecido. En estas situaciones, la doctrina de los emblemas opera para garantizar el derecho del agricultor a cosechar y llevarse los frutos de su trabajo, incluso si pierde el título de propiedad de la tierra en la que se cultivan. [2] [3]
El derecho a los emblemas se volvió menos importante en Inglaterra en 1851, cuando la mayoría de sus protecciones se establecieron en virtud de la Ley de propietarios e inquilinos de 1851 . Sin embargo, hay circunstancias en las que el derecho antiguo aún se mantiene y cualquier persona con derecho a los emblemas puede ingresar a las tierras después de la determinación de la tenencia con el propósito de cortar y llevarse las cosechas. [2]
En la ley escocesa , el término no se usa, pero los inquilinos tienen derechos equivalentes. [4]
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Referencias
- ^ Dutton v. International Harvester Co. , 504 NE2d 313 (Ind. Ct. App .., 1987)
- ^ a b dominio público : Renton, Alexander Wood (1911). " Emblements ". En Chisholm, Hugh (ed.). Encyclopædia Britannica . 9 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 308. Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de
- ^ Pittman contra Max H. Smith Farms, Inc. , 506 NE2d 1139 (Ind. Ct. App., 1987).
- ^ Renton 1911 .