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La Ley de Especies en Peligro de 1973 (ESA o "La Ley"; 16 USC § 1531 et seq.) Es la ley primaria en los Estados Unidos para proteger especies en peligro. Diseñada para proteger a las especies en peligro crítico de la extinción como "consecuencia del crecimiento económico y el desarrollo no atemperado por la preocupación y la conservación adecuadas", la ESA fue promulgada por el presidente Richard Nixon el 28 de diciembre de 1973. La Corte Suprema de los EE. UU. legislación integral para la preservación de especies en peligro de extinción promulgada por cualquier nación ". [1]Los propósitos de la ESA son dos: prevenir la extinción y recuperar especies hasta el punto en que las protecciones de la ley no sean necesarias. Por lo tanto, "protege las especies y los ecosistemas de los que dependen" a través de diferentes mecanismos. Por ejemplo, la sección 4 exige que los organismos que supervisan la Ley designen las especies en peligro como amenazadas o en peligro de extinción. La sección 9 prohíbe la 'captura' ilegal de tales especie, lo que significa "acosar, dañar, cazar ..." La sección 7 ordena a las agencias federales que utilicen sus autoridades para ayudar a conservar las especies incluidas en la lista. La Ley también sirve como legislación promulgadora para llevar a cabo las disposiciones descritas en la Convención sobre Comercio Internacional en Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). [2] La Corte Suprema determinó que "la simple intención deEl Congreso al promulgar "la ESA" fue detener y revertir la tendencia hacia la extinción de especies, cueste lo que cueste. " [1] La Ley es administrada por dos agencias federales, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos (FWS) y el National Marine Fisheries Servicio (NMFS). [3] Se ha delegado a FWS y NMFS la autoridad para promulgar reglas en el Código de Regulaciones Federales para implementar las disposiciones de la Ley.

Historia [ editar ]

Los llamados a la conservación de la vida silvestre en los Estados Unidos aumentaron a principios del siglo XX debido a la disminución visible de varias especies. Un ejemplo fue la casi extinción del bisonte , que solía ascender a decenas de millones. Del mismo modo, la extinción de la paloma migratoria , que ascendía a miles de millones, también causó preocupación. [4] La grulla chillona también recibió una amplia atención, ya que la caza no regulada y la pérdida de hábitat contribuyeron a una disminución constante de su población. Para 1890, había desaparecido de su área de reproducción primaria en el centro norte de los Estados Unidos. [5] Los científicos de la época desempeñaron un papel destacado en la sensibilización del público sobre las pérdidas. Por ejemplo,George Bird Grinnell destacó el declive de los bisontes escribiendo artículos en Forest and Stream . [6]

Para abordar estas preocupaciones, el Congreso promulgó la Ley Lacey de 1900 . La Ley Lacey fue la primera ley federal que reguló los mercados de animales comerciales. [7] También prohibió la venta de animales sacrificados ilegalmente entre estados. Siguieron otras leyes, incluida la Ley de conservación de aves migratorias , un tratado de 1937 que prohíbe la caza de ballenas francas y grises, y la Ley de protección del águila calva y real de 1940. [8]

Ley de conservación de especies en peligro de extinción de 1966 [ editar ]

Grulla chillona

A pesar de estos tratados y protecciones, muchas poblaciones continuaron disminuyendo. En 1941, solo quedaban unas 16 grullas chilladoras en estado salvaje. [9] En 1963, el águila calva , el símbolo nacional de Estados Unidos, estaba en peligro de extinción. Solo quedaron alrededor de 487 parejas anidadoras. [10] La pérdida de hábitat, los disparos y el envenenamiento por DDT contribuyeron a su declive.

El Servicio de Pesca y Vida Silvestre de EE. UU. Intentó evitar la extinción de estas especies. Sin embargo, carecía de la autoridad y los fondos necesarios del Congreso. [11] En respuesta a esta necesidad, el Congreso aprobó la Ley de Preservación de Especies en Peligro ( Pub.L.  89–669 el 15 de octubre de 1966. La Ley inició un programa para conservar, proteger y restaurar especies selectas de peces y vida silvestre nativos. [12] Como parte de este programa, el Congreso autorizó al Secretario de Gobernación a adquirir terrenos o participaciones en terrenos que favorecerían la conservación de estas especies. [13]

El Departamento del Interior publicó la primera lista de especies en peligro de extinción en marzo de 1967. Incluía 14 mamíferos, 36 aves, 6 reptiles, 6 anfibios y 22 peces. [14] Algunas especies notables incluidas en 1967 incluyeron el oso grizzly, el caimán americano, el manatí de Florida y el águila calva. La lista incluía solo vertebrados en ese momento debido a la definición limitada de "peces y vida silvestre" del Departamento del Interior. [13]

Ley de conservación de especies en peligro de extinción de 1969 [ editar ]

La  Ley de Conservación de Especies en Peligro de 1969 ( Pub.L.  91-135 ) enmendó la Ley de Conservación de Especies en Peligro de 1966. Estableció una lista de especies en peligro de extinción en todo el mundo. También amplió las protecciones para las especies cubiertas en 1966 y se agregó a la lista de especies protegidas. Mientras que la Ley de 1966 solo se aplicaba a la "caza" y las aves silvestres, la Ley de 1969 también protegía a los moluscos y crustáceos. También se incrementaron las penas por la caza furtiva o la importación o venta ilegal de estas especies. Cualquier violación podría resultar en una multa de $ 10,000 o hasta un año de cárcel. [15]

En particular, la ley pidió una convención o tratado internacional para conservar especies en peligro de extinción. [16] Una resolución de la UICN de 1963 pidió una convención internacional similar. [17] En febrero de 1973 se convocó una reunión en Washington DC. Esta reunión produjo el tratado multilateral integral conocido como CITES o la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. [18]

La Ley de Conservación de Especies en Peligro de 1969 proporcionó un modelo para la Ley de Especies en Peligro de 1973 mediante el uso del término "basado en los mejores datos científicos y comerciales". Este estándar se utiliza como guía para determinar si una especie está en peligro de extinción.

Ley de especies en peligro de extinción de 1973 [ editar ]

En 1972, el presidente Nixon declaró que los esfuerzos actuales de conservación de especies eran inadecuados. [19] Hizo un llamado al 93º Congreso de los Estados Unidos para aprobar una legislación integral sobre especies en peligro de extinción. El Congreso respondió con la Ley de Especies en Peligro de 1973, que fue promulgada por Nixon el 28 de diciembre de 1973 ( Pub  . L. 93-205 ).

La ESA fue una ley de conservación histórica. Los investigadores académicos se han referido a ella como "una de las leyes ambientales más importantes de la nación". [11] También se le ha llamado "uno de los estatutos ambientales más poderosos de los EE. UU. Y una de las leyes de protección de especies más estrictas del mundo". [20]

Necesidad continua [ editar ]

La ciencia disponible destaca la necesidad de leyes de protección de la biodiversidad como la ESA. Aproximadamente un millón de especies en todo el mundo se encuentran actualmente en peligro de extinción. [21] Sólo América del Norte ha perdido 3 mil millones de aves desde 1970. [22] Estas importantes disminuciones de población son un precursor de la extinción. Medio millón de especies no tienen suficiente hábitat para sobrevivir a largo plazo. Es probable que estas especies se extingan en las próximas décadas sin la restauración del hábitat. [21] Junto con otras herramientas de conservación, la ESA es un instrumento fundamental para proteger a las especies en peligro de las principales amenazas actuales. Estos incluyen cambio climático, cambio de uso de la tierra, pérdida de hábitat, especies invasoras y sobreexplotación.

Ley de especies en peligro de extinción [ editar ]

El presidente Richard Nixon declaró que los esfuerzos actuales de conservación de especies son inadecuados y pidió al 93º Congreso de los Estados Unidos que apruebe una legislación integral sobre especies en peligro de extinción. [23] El Congreso respondió con una ley completamente reescrita, la Ley de Especies en Peligro de 1973, que fue firmada por Nixon el 28 de diciembre de 1973 ( Pub.L.  93-205 ). Fue escrito por un equipo de abogados y científicos, incluido el Dr. Russell E. Train , el primer jefe designado del Consejo de Calidad Ambiental (CEQ), una consecuencia de la Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA) de 1969. [24] [25]El Dr. Train fue asistido por un grupo central de personal, incluido el Dr. Earl Baysinger de la EPA, Dick Gutting y el Dr. Gerard A. "Jerry" Bertrand, un doctorado en biólogo marino de formación (Universidad Estatal de Oregón, 1969), que se había trasladado de su puesto como asesor científico principal al Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EE. UU., Oficina del Comandante del Cuerpo, para unirse al recién formado Consejo de Calidad Ambiental de la Casa Blanca.. El personal, bajo el liderazgo del Dr. Train, incorporó docenas de nuevos principios e ideas en la legislación histórica, pero también incorporó leyes anteriores, como lo deseaba el congresista John Dingle (D-Michigan) cuando propuso por primera vez la idea de una "Ley de especies en peligro de extinción". ", la elaboración de un documento que cambió por completo la dirección de la conservación del medio ambiente en los Estados Unidos. Entre el personal, se le atribuye al Dr. Bertrand haber escrito partes importantes de la Ley, incluida la infame cláusula de "expropiaciones", 16 USC  § 1538 . "No sabíamos lo que no podíamos hacer", ha dicho el Dr. Bertrand sobre la ley. "Estábamos haciendo lo que pensamos que era científicamente válido y correcto para el medio ambiente". [26]

El propósito declarado de la Ley de especies en peligro de extinción es proteger las especies y también "los ecosistemas de los que dependen". El historiador de California Kevin Starr fue más enfático cuando dijo: "La Ley de Especies en Peligro de 1972 es la Carta Magna del movimiento ambiental". [27]

La ESA es administrada por dos agencias federales, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos (FWS) y el Servicio Nacional de Pesca Marina (NMFS). El NMFS maneja las especies marinas y el FWS tiene la responsabilidad sobre los peces de agua dulce y todas las demás especies. Las especies que se encuentran en ambos hábitats (por ejemplo, tortugas marinas y esturión del Atlántico ) se gestionan de forma conjunta.

En marzo de 2008, The Washington Post informó que los documentos mostraban que la Administración Bush , a partir de 2001, había erigido "obstáculos burocráticos generalizados" que limitaban el número de especies protegidas por la ley:

  • Desde 2000 hasta 2003, hasta que un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos revocó la decisión, los funcionarios del Servicio de Pesca y Vida Silvestre dijeron que si esa agencia identificaba una especie como candidata para la lista, los ciudadanos no podían presentar peticiones para esa especie.
  • Se le dijo al personal del Departamento del Interior que podían usar "información de archivos que refuta las peticiones, pero no cualquier cosa que apoye" las peticiones presentadas para proteger especies.
  • Los altos funcionarios del departamento revisaron una política de larga data que calificaba la amenaza para varias especies basándose principalmente en sus poblaciones dentro de las fronteras de los EE. UU., Dando más peso a las poblaciones en Canadá y México, países con regulaciones menos extensas que los EE.
  • Los funcionarios cambiaron la forma en que se evaluaban las especies según la ley al considerar dónde vivían actualmente, en lugar de dónde solían existir.
  • Los altos funcionarios rechazaron repetidamente las opiniones de los asesores científicos que dijeron que las especies deberían ser protegidas. [28]

En 2014, la Cámara de Representantes aprobó la Ley de Transparencia de Especies en Peligro de Extinción del Siglo XXI, que requeriría que el gobierno divulgue los datos que utiliza para determinar la clasificación de especies.

En julio de 2018, cabilderos, legisladores republicanos y la administración del presidente Donald Trump propusieron, presentaron y votaron leyes y enmiendas a la ESA. Un ejemplo fue el del Departamento del Interior, que quiso agregar consideraciones económicas al decidir si una especie debería estar en la lista "en peligro" o "amenazada". [29]

En octubre de 2019, a instancias de la Pacific Legal Foundation y el Property and Environment Research Center, [30] [31] el USFWS y el NMFS del presidente Donald Trump cambiaron la regla §4 (d) para tratar "amenazados" y " Especies en peligro crítico de extinción de manera diferente, legalizando las iniciativas privadas de recuperación y los hábitats para especies que simplemente están "amenazadas". [32] Los opositores ambientales criticaron la revisión por "chocar como una excavadora" en el acto y "inclinar la balanza a favor de la industria". [33] [34] [35] Algunos críticos, incluido el Sierra Club ,han señalado que estos cambios se producen pocos meses después de la IPBESpublicó su Informe de Evaluación Global sobre Biodiversidad y Servicios de los Ecosistemas , que encontró que la actividad humana ha llevado a un millón de especies de flora y fauna al borde de la extinción , y solo serviría para exacerbar la crisis. [36] [37] [38] La legislatura de California aprobó un proyecto de ley para aumentar las regulaciones de California para frustrar los cambios de Trump, pero fue vetado por el gobernador Newsom . [39] En enero de 2020, el Comité de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes informó una legislación similar. [40]En diciembre de 2020, la Administración Trump hizo retroceder aún más la Ley de Especies en Peligro de Extinción al reducir las protecciones del hábitat para las especies en riesgo, y ahora restringe las protecciones al lugar donde viven actualmente, no al lugar donde vivían anteriormente o adónde podrían migrar como resultado del clima. cambiar . [41]

Contenido de la ESA [ editar ]

La ESA consta de 17 secciones. Los requisitos legales clave de la ESA incluyen:

  • El gobierno federal debe determinar si las especies están en peligro o amenazadas. Si es así, deben enumerar las especies para protección bajo el ESA (Sección 4).
  • Si se puede determinar, se debe designar un hábitat crítico para las especies incluidas en la lista (Sección 4).
  • En ausencia de ciertas situaciones limitadas (Sección 10), es ilegal “capturar” una especie en peligro de extinción (Sección 9). "Tomar" puede significar matar, dañar o acosar (Sección 3).
  • Las agencias federales utilizarán sus autoridades para conservar especies en peligro de extinción y especies amenazadas (Sección 7).
  • Las agencias federales no pueden poner en peligro la existencia de especies incluidas en la lista ni destruir hábitats críticos (Sección 7).
  • Cualquier importación, exportación, comercio interestatal y extranjero de especies incluidas en la lista está generalmente prohibido (Sección 9).
  • No se pueden capturar peces o vida silvestre en peligro de extinción sin un permiso de captura. Esto también se aplica a ciertos animales amenazados con las reglas de la sección 4 (d) (sección 10).

Sección 4: Listado y recuperación [ editar ]

La Sección 4 de la ESA establece el proceso mediante el cual las especies se designan como en peligro o amenazadas. Las especies con estas designaciones reciben protección bajo la ley federal. La Sección 4 también requiere planes de recuperación y designación de hábitats críticos para esas especies.

Petición y listado [ editar ]

Para ser considerada para la inclusión en la lista, la especie debe cumplir uno de cinco criterios (sección 4 (a) (1)):

1. Existe la destrucción, modificación o reducción actual o amenazada de su hábitat o área de distribución.
2. Una utilización excesiva con fines comerciales, recreativos, científicos o educativos.
3. La especie está disminuyendo debido a enfermedades o depredación .
4. Hay una insuficiencia de los mecanismos regulatorios existentes.
5. Hay otros factores naturales o artificiales que afectan su existencia continua.

A continuación, se priorizan las posibles especies candidatas, y se da la máxima prioridad a la "lista de emergencia". Las especies que enfrentan un "riesgo significativo para su bienestar" se encuentran en esta categoría. [42]

Una especie se puede enumerar de dos formas. El Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos (FWS) o NOAA Fisheries (también llamado Servicio Nacional de Pesquerías Marinas ) pueden incluir directamente una especie a través de su programa de evaluación de candidatos, o una petición individual u organizacional puede solicitar que el FWS o el NMFS enumeren una especie. Una "especie" bajo la ley puede ser una verdadera especie taxonómica , una subespecie o, en el caso de los vertebrados, un " segmento de población distinto ". Los procedimientos son los mismos para ambos tipos, excepto con la petición de persona / organización, hay un período de selección de 90 días.

Durante el proceso de inclusión en la lista, no se pueden considerar los factores económicos, sino que deben "basarse únicamente en los mejores datos científicos y comerciales disponibles". [43] La enmienda de 1982 a la ESA añadió la palabra "únicamente" para evitar cualquier consideración que no sea el estado biológico de la especie. Congreso rechazó el presidente Ronald Reagan 's Orden Ejecutiva 12291 , que requiere un análisis económico de todas las acciones de la agencia del gobierno. La declaración del comité de la Cámara fue "que las consideraciones económicas no tienen relevancia para las determinaciones sobre el estado de las especies". [44]

El resultado opuesto ocurrió con la enmienda de 1978 donde el Congreso agregó las palabras "... tomando en consideración el impacto económico ..." en la disposición sobre la designación de hábitat crítico . [45] La enmienda de 1978 vinculó el procedimiento de inclusión en la lista con la designación de hábitats críticos y consideraciones económicas, que detuvieron casi por completo las nuevas listas, con casi 2.000 especies que se retiraron de la consideración. [46]

Proceso de listado [ editar ]

Después de recibir una petición para enumerar una especie, las dos agencias federales toman los siguientes pasos, o procedimientos de reglamentación, y cada paso se publica en el Registro Federal , el diario oficial del gobierno de los EE. UU. De reglas y regulaciones propuestas o adoptadas:

1. Si una petición presenta información de que la especie puede estar en peligro, comienza un período de selección de 90 días (solo para personas interesadas y / o peticiones de organizaciones). Si la petición no presenta información sustancial para respaldar la inclusión en la lista, se rechaza.

2. Si la información es sustancial, se inicia una revisión del estado, que es una evaluación integral del estado biológico y las amenazas de una especie, con el resultado de: "justificado", "no justificado" o "justificado pero excluido".

  • Si se determina que no se justifica, el proceso de cotización finaliza.
  • Hallazgo justificado significa que las agencias publican un hallazgo de 12 meses (una regla propuesta) dentro de un año a partir de la fecha de la petición, proponiendo incluir la especie como amenazada o en peligro de extinción. Se solicitan comentarios del público y se pueden llevar a cabo una o más audiencias públicas. Se pueden incluir tres opiniones de expertos de especialistas apropiados e independientes, pero esto es voluntario.
  • Un hallazgo "garantizado pero excluido" se recicla automáticamente a través del proceso de 12 meses de forma indefinida hasta que se determina un resultado de "no garantizado" o "garantizado". Las agencias monitorean el estado de cualquier especie "autorizada pero excluida". [47]

Esencialmente, el hallazgo "justificado pero excluido" es un aplazamiento agregado por la enmienda de 1982 al SEC. Significa que otras acciones de mayor prioridad tendrán prioridad. [48] Por ejemplo, una lista de emergencia de una planta rara que crece en un humedal que está programado para ser llenado para la construcción de viviendas sería una "prioridad más alta".

3. Dentro de otro año, se debe tomar una determinación final (una regla final) sobre si se debe incluir la especie en la lista. El límite de tiempo de la regla final puede extenderse por 6 meses y las listas pueden agruparse de acuerdo con geografía, amenazas, hábitat o taxonomía similares.

La tasa anual de inclusión (es decir, la clasificación de especies como "amenazadas" o "en peligro de extinción") aumentó constantemente desde la administración de Ford (47 listas, 15 por año) a través de Carter (126 listas, 32 por año), Reagan (255 listas, 32 por año), George HW Bush (231 listados, 58 por año) y Clinton (521 listados, 65 por año) antes de caer a su tasa más baja bajo George W. Bush (60 listados, 8 por año a partir del 5/24 / 08). [49]

La tasa de inclusión en la lista está fuertemente correlacionada con la participación ciudadana y los plazos obligatorios: a medida que la discreción de la agencia disminuye y la participación ciudadana aumenta (es decir, la presentación de peticiones y demandas), la tasa de inclusión aumenta. [49] Se ha demostrado que la participación ciudadana identifica especies que no se mueven a través del proceso de manera eficiente, [50] e identifica especies más amenazadas. [51] Cuanto más tiempo se enumeran las especies, más probabilidades hay de que el FWS las clasifique como en recuperación. [52]

Aviso público, comentarios y revisión judicial [ editar ]

El aviso público se da a través de avisos legales en los periódicos y se comunica a las agencias estatales y del condado dentro del área de la especie. Las naciones extranjeras también pueden recibir un aviso de una lista. Una audiencia pública es obligatoria si alguna persona la ha solicitado dentro de los 45 días posteriores a la publicación del aviso. [53] "El propósito del requisito de notificación y comentario es proporcionar una participación pública significativa en el proceso de elaboración de normas". resumió la corte del Noveno Circuito en el caso de Idaho Farm Bureau Federation v. Babbitt . [54]

Estado de la ficha [ editar ]

Ley de especies en peligro de extinción de EE. UU. (ESA)

Estado de la lista y sus abreviaturas utilizadas en el Registro Federal y por agencias federales como el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de EE. UU .: [55] [56] [57]

  • E = en peligro (Sec.3.6, Sec.4.a [55] ) - cualquier especie que esté en peligro de extinción en todo o una porción significativa de su área de distribución que no sea una especie de la Clase Insecta determinada por el Secretario para constituir un parásito.
  • T = amenazada (Sec.3.20, Sec.4.a [55] ) - cualquier especie que sea probable que se convierta en una especie en peligro de extinción en el futuro previsible en todo o una parte significativa de su área de distribución
Otras categorias:
  • C = candidato (Sec.4.b.3 [55] ) - una especie en consideración para su inclusión en la lista oficial
  • E (S / A), T (S / A) = en peligro o amenazada debido a la similitud de apariencia (Sec.4.e [55] ) - una especie que no está en peligro o amenazada, pero que se parece mucho en apariencia a una especie que ha ha sido catalogado como en peligro de extinción o amenazado, que el personal de aplicación de la ley tendría dificultades sustanciales para intentar diferenciar entre las especies incluidas y las que no figuran en la lista.
  • XE, XN = población experimental esencial o no esencial (Sec.10.j [55] ) - cualquier población (incluidos huevos, propágulos o individuos) de una especie en peligro de extinción o una especie amenazada liberada fuera del área de distribución actual bajo la autorización del Secretario. Las poblaciones experimentales no esenciales de especies en peligro de extinción se tratan como especies amenazadas en terrenos públicos, con fines de consulta y como especies propuestas para su inclusión en terrenos privados.

Hábitat crítico [ editar ]

La disposición de la ley en la Sección 4 que establece el hábitat crítico es un vínculo regulador entre la protección del hábitat y los objetivos de recuperación, que requiere la identificación y protección de todas las tierras, el agua y el aire necesarios para recuperar las especies en peligro de extinción. [58] Para determinar qué es exactamente el hábitat crítico, se consideran las necesidades de espacio abierto para el crecimiento individual y de la población, alimentos, agua, luz u otros requisitos nutricionales, lugares de reproducción, necesidades de germinación y dispersión de semillas y ausencia de perturbaciones. [59]

Como la pérdida de hábitat es la principal amenaza para la mayoría de las especies en peligro, la Ley de Especies en Peligro de 1973 permitió al Servicio de Pesca y Vida Silvestre (FWS) y al Servicio Nacional de Pesca Marina (NMFS) designar áreas específicas como zonas protegidas de "hábitat crítico". En 1978, el Congreso enmendó la ley para convertir la designación de hábitat crítico en un requisito obligatorio para todas las especies amenazadas y en peligro de extinción.

La enmienda también agregó aspectos económicos al proceso de determinación del hábitat: "... designará el hábitat crítico ... sobre la base de los mejores datos científicos disponibles y después de tomar en consideración el impacto económico, y cualquier otro impacto, de especificar ... . área como hábitat crítico ". [45] El informe del Congreso sobre la enmienda de 1978 describió el conflicto entre las nuevas adiciones a la Sección 4 y el resto de la ley:

"... la provisión de hábitat crítico es una sección alarmante que es totalmente inconsistente con el resto de la legislación. Constituye una laguna legal que fácilmente podría ser abusada por cualquier secretario ... que sea vulnerable a la presión política o que no simpatice con los propósitos básicos de la Ley de especies en peligro de extinción. "- Informe de la Cámara de Representantes 95-1625, en 69 (1978) [60]

La enmienda de 1978 agregó consideraciones económicas y la enmienda de 1982 impidió consideraciones económicas.

Se han realizado varios estudios sobre el efecto de la designación de hábitat crítico en las tasas de recuperación de las especies entre 1997 y 2003. Aunque ha sido criticado, [61] el estudio de Taylor en 2003 [62] encontró que, "las especies con hábitat crítico eran ... . dos veces más probabilidades de mejorar ... " [63]

Se requiere que los hábitats críticos contengan "todas las áreas esenciales para la conservación" de las especies en peligro, y pueden estar en tierras públicas o privadas. El Servicio de Pesca y Vida Silvestre tiene una política que limita la designación a tierras y aguas dentro de los EE. UU. Y ambas agencias federales pueden excluir áreas esenciales si determinan que los costos económicos o de otro tipo exceden el beneficio. La ESA no dice nada acerca de cómo se determinarán dichos costos y beneficios.

Todas las agencias federales tienen prohibido autorizar, financiar o llevar a cabo acciones que "destruyan o modifiquen adversamente" hábitats críticos (Sección 7 (a) (2)). Si bien el aspecto regulatorio del hábitat crítico no se aplica directamente a los propietarios privados y otros propietarios de tierras no federales, los proyectos de desarrollo, tala y minería a gran escala en terrenos privados y estatales generalmente requieren un permiso federal y, por lo tanto, están sujetos a regulaciones de hábitat crítico. Fuera o en paralelo con los procesos regulatorios, los hábitats críticos también se enfocan y fomentan acciones voluntarias como la compra de tierras, la concesión de subvenciones, la restauración y el establecimiento de reservas . [64]

La ESA requiere que el hábitat crítico sea designado en el momento o dentro de un año de que una especie se coloque en la lista en peligro de extinción. En la práctica, la mayoría de las designaciones se producen varios años después de la inclusión en la lista. [64] Entre 1978 y 1986, el FWS designó habitualmente hábitat crítico. En 1986, la Administración Reagan emitió un reglamento que limitaba el estado de protección del hábitat crítico. Como resultado, se designaron pocos hábitats críticos entre 1986 y finales de la década de 1990. A finales de la década de 1990 y principios de la de 2000, una serie de órdenes judicialesinvalidaron las regulaciones de Reagan y obligaron al FWS y al NMFS a designar varios cientos de hábitats críticos, especialmente en Hawai, California y otros estados del oeste. Los estados del Medio Oeste y del Este recibieron un hábitat menos crítico, principalmente en ríos y costas. A diciembre de 2006, la regulación Reagan aún no ha sido reemplazada, aunque su uso ha sido suspendido. No obstante, las agencias generalmente han cambiado de rumbo y desde aproximadamente 2005 han tratado de designar un hábitat crítico en el momento de la inclusión en la lista o cerca de él.

La mayoría de las disposiciones de la ESA giran en torno a prevenir la extinción. El hábitat crítico es uno de los pocos que se enfoca en la recuperación. Las especies con hábitat crítico tienen el doble de probabilidades de recuperarse que las especies sin hábitat crítico. [52]

Plan de recuperación [ editar ]

Se requiere que el Servicio de Pesca y Vida Silvestre (FWS) y el Servicio Nacional de Pesquerías Marinas (NMFS) creen un Plan de Recuperación de Especies en Peligro de Extinción que describa los objetivos, las tareas requeridas, los costos probables y el cronograma estimado para recuperar las especies en peligro de extinción (es decir, aumentar su número y mejorar su gestión hasta el punto en que puedan ser eliminados de la lista en peligro). [65] La SEC no especifica cuándo debe completarse un plan de recuperación. El FWS tiene una política que especifica la finalización dentro de los tres años posteriores a la inclusión de la especie, pero el tiempo medio de finalización es de aproximadamente seis años. [49]La tasa anual de finalización del plan de recuperación aumentó constantemente desde la administración Ford (4) a Carter (9), Reagan (30), Bush I (44) y Clinton (72), pero disminuyó bajo Bush II (16 por año a partir de 1/9/06). [49]

El objetivo de la ley es hacerse innecesario, y los planes de recuperación son un medio para alcanzar ese objetivo. [66] Los planes de recuperación se volvieron más específicos después de 1988 cuando el Congreso agregó disposiciones a la Sección 4 (f) de la ley que detallaban el contenido mínimo de un plan de recuperación. Se deben incluir tres tipos de información:

  • Una descripción de las acciones de gestión "específicas del sitio" para que el plan sea lo más explícito posible.
  • Los "criterios objetivos y medibles" que sirven como base para juzgar cuándo y qué tan bien se está recuperando una especie.
  • Una estimación del dinero y los recursos necesarios para lograr el objetivo de recuperación y exclusión de la lista. [67]

La enmienda también agregó la participación pública al proceso. Existe un orden de clasificación, similar a los procedimientos de listado, para los planes de recuperación, siendo la prioridad más alta para las especies que tienen más probabilidades de beneficiarse de los planes de recuperación, especialmente cuando la amenaza proviene de la construcción u otra actividad económica o de desarrollo. [66] Los planes de recuperación cubren especies domésticas y migratorias. [68]

Eliminación de la lista [ editar ]

Ardilla voladora del norte

Para eliminar las especies de la lista, se consideran varios factores: las amenazas se eliminan o controlan, el tamaño y el crecimiento de la población y la estabilidad de la calidad y cantidad del hábitat. Además, más de una docena de especies se han eliminado de la lista debido a datos inexactos que las ponen en la lista en primer lugar.

También se "baja a la lista" de una especie en la que se han controlado algunas de las amenazas y la población ha cumplido los objetivos de recuperación, por lo que la especie puede reclasificarse como "amenazada" de "en peligro" [69]

Dos ejemplos de especies animales recientemente excluidas de la lista son: la ardilla voladora del norte de Virginia (subespecie) en agosto de 2008, que había sido incluida en la lista desde 1985, y el lobo gris (Northern Rocky Mountain DPS). El 15 de abril de 2011, el presidente Obama firmó el Departamento de Defensa y la Ley de Asignaciones de Año Completo de 2011. [70] Una sección de esa Ley de Asignaciones ordenó al Secretario del Interior que reeditara dentro de los 60 días posteriores a la promulgación la regla final publicada en abril 2, 2009, que identificó a la población de lobo gris ( Canis lupus ) de las Montañas Rocosas del Norte como un segmento de población distinto (DPS) y para revisar la Lista de vida silvestre en peligro y amenazada eliminando la mayoría de los lobos grises en el DPS.

El informe de exclusión del Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos enumera cuatro plantas que se han recuperado: [71]

  • Girasol de Eggert ( Helianthus eggertii )

  • Cinquefoil de Robbins ( Potentilla robbinsiana ), una flor silvestre alpina que se encuentra en las Montañas Blancas de New Hampshire

  • Margarita maguire ( Erigeron maguirei )

  • Equinácea púrpura de Tennessee ( Echinacea tennesseensis )


Sección 7: Cooperación y consulta [ editar ]

Resumen [ editar ]

La sección 7 de la Ley de especies en peligro de extinción requiere la cooperación entre las agencias federales para conservar las especies en peligro de extinción o amenazadas. [72] La Sección 7 (a) (1) ordena al Secretario del Interior ya todas las agencias federales que utilicen proactivamente sus autoridades para conservar dichas especies. Esta directiva a menudo se denomina "requisito afirmativo". La Sección 7 (a) (2) de la Ley requiere que las agencias federales se aseguren de que sus acciones no pongan en peligro las especies incluidas en la lista o modifiquen de manera adversa el hábitat crítico. Las agencias federales (denominadas "agencias de acción") deben consultar con el Secretario del Interior antes de tomar cualquier acción que pueda afectar a las especies incluidas en la lista. La sección 7 (a) (2) a menudo se conoce como el proceso de consulta.

Las dos agencias que administran la Ley son el Servicio Nacional de Pesca Marina (NMFS) y el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de EE. UU. (FWS). Estas dos agencias a menudo se denominan colectivamente "los Servicios" y lideran el proceso de consulta. FWS es responsable de la recuperación de especies terrestres, de agua dulce y catádromas. NMFS es responsable de especies marinas y peces anádromos. NMFS gestiona la recuperación de 165 especies marinas en peligro y amenazadas, incluidas 66 especies foráneas. A enero de 2020, los Servicios han incluido 2273 especies en todo el mundo como en peligro de extinción o amenazadas. 1.662 de estas especies se encuentran en los Estados Unidos.

Sección 7 (a) (1) [ editar ]

La Sección 7 (a) (1) requiere que las agencias federales trabajen con FWS y NMFS para coordinar la conservación de especies en peligro y amenazadas. Las agencias federales también deben tener en cuenta cualquier efecto sobre las especies amenazadas o en peligro de extinción al planificar sus actividades.

Un ejemplo del proceso 7 (a) (1) es la gestión del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Bajo Mississippi River. Desde principios de la década de 2000, una división del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE. UU. Ha trabajado con FWS y los estados para resolver problemas de gestión de ecosistemas y especies en peligro de extinción. Las especies incluidas en la lista de la ESA en el área incluyen el charrán menor ( Sterna antillarum ), el esturión pálido ( Scaphirhynchus albus ) y el gordo de bolsillo ( potamilus capax ). [73]El objetivo de este plan de conservación 7 (a) (1) es proteger las especies incluidas en la lista y, al mismo tiempo, permitir que el Cuerpo lleve a cabo sus responsabilidades de obras civiles. Como parte del plan, el Cuerpo emprende proyectos que beneficiarán a esas especies. También considera la ecología de especies como parte del diseño del proyecto. Las tres especies enumeradas en el río Bajo Mississippi han aumentado en número desde que se estableció el plan.

Sección 7 (a) (2) [ editar ]

Se requiere que una agencia de acción consulte con los Servicios si tiene motivos para creer que una especie incluida en la ESA puede estar presente en el área del proyecto propuesto. También debe consultar si la agencia cree que la acción probablemente afectará a la especie. Este requisito, establecido por la sección 7 (a) (2), se conoce comúnmente como el proceso de consulta.

Fase de consulta informal [ editar ]

La consulta generalmente comienza de manera informal a solicitud de una agencia de acción en las primeras etapas de la planificación del proyecto. [74] Los temas de discusión incluyen las especies incluidas en el área de acción propuesta y cualquier efecto que la acción pueda tener sobre esas especies. Si ambas agencias están de acuerdo en que no es probable que la acción propuesta afecte a la especie, el proyecto avanza. Sin embargo, si la acción de la agencia puede afectar una especie incluida en la lista, la agencia debe preparar una evaluación biológica.

Evaluaciones biológicas [ editar ]

Una evaluación biológica es un documento elaborado por la agencia de acción. Establece los efectos potenciales del proyecto, particularmente en las especies incluidas en la lista. La agencia de acción debe completar una evaluación biológica si las especies incluidas en la lista o el hábitat crítico pueden estar presentes. La evaluación es opcional si solo están presentes las especies propuestas o el hábitat crítico.

Como parte de la evaluación, la agencia de acción realiza inspecciones in situ para ver si hay especies protegidas presentes. La evaluación también incluirá los efectos probables de la acción sobre dichas especies. La evaluación debe abordar todas las especies enumeradas y propuestas en el área de acción, no solo aquellas que probablemente se verán afectadas.

La evaluación biológica también puede incluir medidas de conservación. Las medidas de conservación son acciones que la agencia de acción tiene la intención de tomar para promover la recuperación de las especies incluidas en la lista. Estas acciones también pueden servir para minimizar los efectos de los proyectos sobre las especies en el área del proyecto.

Hay tres posibles conclusiones para una evaluación biológica: “sin efecto”, “no es probable que afecte adversamente” o “es probable que afecte adversamente” a las especies listadas o propuestas.

La agencia de acción puede llegar a una conclusión de "ningún efecto" si determina que la acción propuesta no afectará las especies incluidas en la lista o el hábitat crítico designado. La agencia de acción puede llegar a una decisión de “no es probable que afecte negativamente” si la acción propuesta es insignificante o beneficiosa. Luego, los Servicios revisarán la evaluación biológica y estarán de acuerdo o en desacuerdo con los hallazgos de la agencia. Si los Servicios acuerdan que se han eliminado los impactos potenciales del proyecto, concurrirán por escrito. La carta de consentimiento debe describir las modificaciones acordadas durante la consulta informal. Si no se puede llegar a un acuerdo, los Servicios aconsejan a la agencia de acción que inicie una consulta formal.

Si los Servicios o la agencia de acción encuentran que la acción “puede afectar adversamente” a las especies protegidas, esto desencadena una consulta formal.

Consulta formal [ editar ]

Durante la consulta formal, los Servicios establecen los efectos del proyecto sobre las especies incluidas en la lista. Específicamente, abordan si el proyecto pondrá en peligro la existencia continua de cualquier especie incluida en la lista o si destruirá / modificará negativamente el hábitat crítico designado de la especie.

"Peligro" no está definido en la ESA, pero los Servicios lo han definido en la regulación como "cuando es probable que una acción reduzca apreciablemente la probabilidad de supervivencia y recuperación de una especie en la naturaleza". En otras palabras, si una acción simplemente reduce la probabilidad de recuperación pero no de supervivencia, entonces no se cumple el estándar de peligro.

Para evaluar la probabilidad de peligro, los Servicios revisarán los rasgos biológicos y ecológicos de la especie. Estos podrían incluir la dinámica de la población de la especie (tamaño de la población, variabilidad y estabilidad), rasgos de la historia de vida , hábitat crítico y cómo cualquier acción propuesta podría alterar su hábitat crítico. También consideran cuán limitado es el rango de distribución de la especie y si las amenazas que llevaron a la inclusión de especies en la lista han mejorado o empeorado desde la inclusión.

Los Servicios han definido la modificación adversa como "una disminución del hábitat crítico que conduce a una menor probabilidad de supervivencia y recuperación de una especie incluida en la lista". La disminución puede ser directa o indirecta. Para evaluar la probabilidad de una modificación adversa, los biólogos primero verificarán el alcance de la acción propuesta. Esto incluye identificar el área que probablemente se verá afectada y considerar la proximidad de la acción a las especies o al hábitat crítico designado. También se evalúa la duración y frecuencia de cualquier perturbación a la especie o su hábitat.

Una consulta formal puede durar hasta 90 días. Pasado este tiempo los Servicios emitirán una opinión biológica. La opinión biológica contiene hallazgos relacionados con los efectos del proyecto en las especies listadas y propuestas. Los Servicios deben completar la opinión biológica dentro de los 45 días posteriores a la conclusión de la consulta formal. Sin embargo, los Servicios pueden extender este cronograma si requieren más información para tomar una determinación. La agencia de acción debe estar de acuerdo con la extensión.

Hallazgo de ausencia de peligro o modificación adversa [ editar ]

Los Servicios pueden emitir un hallazgo de "sin peligro o modificación adversa" si la acción propuesta no representa ningún daño para las especies enumeradas o propuestas o su hábitat crítico designado. Alternativamente, el Servicio podría encontrar que es probable que la acción propuesta dañe las especies enumeradas o propuestas o su hábitat crítico, pero no alcanza el nivel de peligro o modificación adversa. En este caso, los Servicios prepararán una declaración de toma incidental. En la mayoría de las circunstancias, la ESA prohíbe la “captura” de especies incluidas en la lista. Tomar incluye dañar, matar o acosar a una especie incluida en la lista. Sin embargo, la ESA permite la toma "incidental" que resulta de una actividad que de otro modo sería legal y que no es el propósito directo de la acción.

Se acordará una declaración de toma incidental entre los Servicios y la agencia de acción. La declaración debe describir la cantidad de toma anticipada debido a la acción propuesta. También incluirá “medidas razonables y prudentes” para minimizar la toma. La captura accidental no puede suponer un peligro o una posible extinción de las especies.

Hallazgo de peligro o modificación adversa [ editar ]

Luego de una consulta formal, los Servicios pueden determinar que la acción resultará en un peligro o una modificación adversa del hábitat crítico. Si este es el caso, este hallazgo se incluirá en la opinión biológica.

Sin embargo, durante la consulta, los Servicios pueden encontrar que hay acciones que la agencia puede tomar para evitar esto. Estas acciones se conocen como acciones alternativas razonables y prudentes. En el caso de un hallazgo de peligro o modificación adversa, la agencia debe adoptar acciones alternativas razonables y prudentes. Sin embargo, los Servicios conservan la última palabra sobre los que se incluyen en la opinión biológica.

De acuerdo con la regulación, las acciones alternativas razonables y prudentes deben:

  • Ser coherente con el propósito del proyecto propuesto.
  • Ser consistente con la autoridad legal y la jurisdicción de la agencia de acción.
  • ser económica y técnicamente factible
  • en opinión de los Servicios, evitar riesgos

Ante un hallazgo de peligro o modificación adversa, la agencia de acción tiene varias opciones:

  • Adoptar una o más de las acciones alternativas razonables y prudentes y seguir adelante con el proyecto modificado.
  • Elija no otorgar el permiso, financiar el proyecto o emprender la acción
  • Solicite una exención del Comité de Especies en Peligro. Otra posibilidad es reiniciar la consulta. La agencia de acción haría esto proponiendo primero modificar la acción
  • Proponer alternativas razonables y prudentes aún no consideradas

La agencia de acción debe notificar a los Servicios de su curso de acción en cualquier proyecto que reciba una opinión de modificación adversa o de peligro.

En los últimos diez años, FWS ha realizado determinaciones de peligro en tres casos (delta, especies acuáticas en Idaho y manejo del agua del sur de Florida), cada uno de los cuales ha incluido alternativas razonables y prudentes. Ningún proyecto se ha detenido como resultado de que FWS descubrió que un proyecto no tenía un camino disponible.

En casos raros, no estarán disponibles alternativas para evitar riesgos o modificaciones adversas. Un análisis de las consultas de FWS de 1987 a 1991 encontró que solo el 0.02% fueron bloqueados o cancelados debido a un juicio de riesgo o modificación adversa sin alternativas razonables y prudentes. [75] En este escenario, la única opción que tienen el organismo de acción y el solicitante es solicitar una exención. Las exenciones las decide el Comité de especies en peligro de extinción.

Exenciones [ editar ]

Una agencia de acción puede solicitar una exención si: (1) cree que no puede cumplir con los requisitos de la opinión biológica; o (2) la consulta formal no produce acciones alternativas razonables y prudentes. La solicitud de exención debe presentarse al Secretario del Interior dentro de los 90 días posteriores a la conclusión de la consulta formal.

El Secretario puede entonces recomendar la solicitud al Comité de Especies en Peligro (conocido informalmente como "El Escuadrón de Dios"). Este Comité está compuesto por varios miembros a nivel de gabinete:

  • El Secretario de Agricultura
  • El Secretario del Ejército
  • El secretario de Gobernación
  • El presidente del Consejo de Asesores Económicos
  • El Administrador de la Agencia de Protección Ambiental
  • El Administrador de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica
  • Un representante de cada estado afectado (designado por el presidente de los Estados Unidos)

Decisiones del Comité de Especies en Peligro [ editar ]

Búho moteado del norte

Se notifica al gobernador de cada estado afectado sobre cualquier solicitud de exención. El gobernador recomendará un representante para que se una al comité para la decisión de esta solicitud. Dentro de los 140 días posteriores a la recomendación de una exención, el Secretario deberá presentar al Comité un informe que proporcione:

  • la disponibilidad de alternativas razonables y prudentes
  • una comparación de los beneficios de la acción propuesta con cualquier curso de acción alternativo
  • si la acción propuesta es de interés público o de importancia nacional o regional
  • medidas de mitigación disponibles para limitar los efectos sobre las especies incluidas en la lista
  • si la agencia de acción hizo algún compromiso de recursos irreversible o irrecuperable

Una vez recibida esta información, el comité y el secretario realizarán una audiencia pública. El comité tiene 30 días desde el momento de recibir el informe anterior para tomar una decisión. Para que se otorgue la exención, cinco de los siete miembros deben votar a favor de la exención. [76] Las conclusiones pueden impugnarse en un tribunal federal. En 1992, uno de esos desafíos fue el caso de la Sociedad Audubon de Portland contra el Comité de Especies en Peligro, escuchado en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. [77]

El tribunal determinó que tres miembros habían estado en contacto ilegal ex parte con el entonces presidente George HW Bush, una violación de la Ley de Procedimientos Administrativos . La exención del comité fue para la venta de madera de la Oficina de Administración de Tierras y las "tomas incidentales" del búho manchado del norte en peligro de extinción en Oregon. [77]

Rara vez el Comité de Especies en Peligro considera proyectos para la exención. El Comité de Especies en Peligro de Extinción solo se ha reunido tres veces desde el inicio de la ESA. Se concedió una exención en dos de estas ocasiones.

Creencias y conceptos erróneos [ editar ]

La Sección 7 de la Ley de Especies en Peligro proporciona a los Servicios herramientas poderosas para conservar las especies incluidas en la lista, ayudar a la recuperación de las especies y proteger el hábitat crítico. Al mismo tiempo, es uno de los apartados más controvertidos. Una de las razones de la controversia es la idea errónea de que detiene el desarrollo económico. Sin embargo, debido a que el estándar para prevenir riesgos o modificaciones adversas se aplica solo a las actividades federales, esta afirmación es errónea. Un artículo de 2015 publicado en Proceedings of the National Academy of Sciences analizó los datos de las consultas de la ESA de 2008 a 2015. De las 88.290 consultas incluidas, ni un solo proyecto se detuvo como resultado de que el FWS encontró modificaciones adversas o peligro sin una alternativa disponible. [78]

Un estudio anterior del Fondo Mundial para la Naturaleza examinó más de 73.000 consultas de FWS entre 1987 y 1991. El estudio encontró que solo el 0,47% de las consultas ponían en peligro una especie. Como resultado, se requirió que los proyectos implementaran alternativas razonables y prudentes, pero no se cancelaron por completo. Solo 18 (0.02%) consultas cancelaron un proyecto debido al peligro que representaba para las especies. [79]

Sección 10: Permisos, acuerdos de conservación y poblaciones experimentales [ editar ]

La Sección 10 de la ESA proporciona un sistema de permisos que puede permitir actos prohibidos por la Sección 9. Esto incluye actividades científicas y de conservación. Por ejemplo, el gobierno puede permitir que alguien mueva una especie de un área a otra. De lo contrario, esta sería una captura prohibida según la Sección 9. Antes de que se enmendara la ley en 1982, una especie incluida en la lista podía capturarse únicamente con fines científicos o de investigación. El resultado combinado de las enmiendas a la Ley de especies en peligro de extinción ha creado una ESA más flexible.

En la década de 1990 se realizaron más cambios en un intento del secretario del Interior, Bruce Babbitt, de proteger a la ESA de un Congreso hostil a la ley. Instituyó estrategias basadas en incentivos que equilibrarían las metas de desarrollo económico y conservación. [80]

Planes de conservación del hábitat [ editar ]

La Sección 10 también puede permitir actividades que pueden afectar involuntariamente a las especies protegidas. Una actividad común podría ser la construcción donde viven estas especies. Más de la mitad del hábitat de las especies incluidas en la lista se encuentra en propiedad no federal. [81] Según la sección 10, las partes afectadas pueden solicitar un permiso de captura incidental (ITP). Una solicitud para un PTI requiere un Plan de Conservación de Hábitat (HCP). [82] Los HCP deben minimizar y mitigar los impactos de la actividad. Se pueden establecer HCP para brindar protección tanto a las especies incluidas como a las no incluidas. Dichas especies no incluidas en la lista incluyen especies que se han propuesto para su inclusión. Se han creado cientos de profesionales sanitarios. Sin embargo, se desconoce la eficacia del programa HCP. [83]

Si las actividades pueden capturar involuntariamente una especie protegida, se puede emitir un permiso de captura incidental. El solicitante presenta una solicitud con un plan de conservación del hábitat (HCP). Si lo aprueba la agencia (FWS o NMFS), se les emite un Permiso de captura incidental (ITP). El permiso permite "capturar" cierto número de especies. Los Servicios tienen una política de "Sin sorpresas" para los profesionales sanitarios. Una vez que se otorga un ITP, los Servicios no pueden exigir a los solicitantes que gasten más dinero o que reserven tierras adicionales o paguen más. [84]

Para recibir el beneficio del permiso, el solicitante debe cumplir con todos los requisitos del HCP. Debido a que el permiso lo emite una agencia federal a un particular, se trata de una acción federal. Se aplicarán otras leyes federales, como la Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA) y la Ley de Procedimiento Administrativo (APA). Se debe publicar un aviso de la acción de solicitud de permiso en el Registro Federal y se debe ofrecer un período de comentario público de 30 a 90 días. [85]

Acuerdos de puerto seguro [ editar ]

El acuerdo de "puerto seguro" (SHA) es similar a un HCP. Es voluntario entre el propietario privado y los Servicios. [86] El propietario acepta alterar la propiedad para beneficiar a una especie listada o propuesta. A cambio, los Servicios permitirán algunas "tomas" futuras a través de un Permiso de mejora de supervivencia. Un propietario puede tener un acuerdo de "puerto seguro" o un HCP, o ambos. La política fue desarrollada por la Administración Clinton. [87] A diferencia de un HCP, las actividades cubiertas por un SHA están diseñadas para proteger especies. La política se basa en la disposición de "mejora de la supervivencia" de la Sección §1539 (a) (1) (A). Los acuerdos de puerto seguro están sujetos a las reglas de comentarios públicos de la APA.

Acuerdos de conservación candidatos con garantías [ editar ]

Los HCP y SHA se aplican a las especies incluidas en la lista. Si una actividad puede "tomar" una especie propuesta o candidata, las partes pueden celebrar acuerdos de conservación candidatos con garantías (CCAA). [88] Una parte debe mostrar a los Servicios que tomarán medidas de conservación para evitar la inclusión en la lista. Si se aprueba una CCAA y la especie se incluye posteriormente, la parte con una CCAA obtiene un permiso automático de "mejora de la supervivencia" según la Sección §1539 (a) (1) (A). Las CCAA están sujetas a las reglas de comentarios públicos de la APA.

Poblaciones experimentales [ editar ]

Las poblaciones experimentales son especies enumeradas que se han introducido intencionalmente en una nueva área. Deben estar separados geográficamente de otras poblaciones de la misma especie. Las poblaciones experimentales pueden denominarse "esenciales" o "no esenciales" [89]. Las poblaciones "esenciales" son aquellas cuya pérdida reduciría apreciablemente la supervivencia de la especie en la naturaleza. Las poblaciones "no esenciales" son todas las demás. Las poblaciones experimentales no esenciales de las especies incluidas en la lista suelen recibir menos protección que las poblaciones silvestres.

Efectividad [ editar ]

Efectos positivos [ editar ]

A enero de 2019, se han eliminado de la lista ochenta y cinco especies; Cincuenta y cuatro por recuperación, once por extinción, siete por cambios en las prácticas de clasificación taxonómica, seis por descubrimiento de nuevas poblaciones, cinco por error en la regla de inclusión, uno por datos erróneos y uno por enmienda a la Ley de Especies en Peligro de Extinción que requiere específicamente la exclusión de la lista de especies. [90] Otras veinticinco personas han pasado de la categoría de "en peligro de extinción" a la de "amenazada".

Algunos han argumentado que la recuperación de especies amenazadas por el DDT, como el águila calva , el pelícano pardo y el halcón peregrino, debería atribuirse a la prohibición de 1972 del DDT por parte de la EPA . en lugar de la Ley de especies en peligro de extinción. Sin embargo, la inclusión de estas especies como en peligro llevó a muchas acciones no orientadas al DDT que se tomaron bajo la Ley de Especies en Peligro (es decir, cría en cautividad, protección del hábitat y protección contra perturbaciones).

A enero de 2019, hay un total de 1.467 especies (extranjeras y nacionales) [91] en las listas de amenazadas y en peligro de extinción. Sin embargo, muchas especies se han extinguido mientras estaban en la lista de candidatos o se estaban considerando para su inclusión. [49]

Ciervo clave

Las especies que aumentaron en tamaño de población desde que fueron incluidas en la lista de especies en peligro incluyen:

  • Águila calva (aumentó de 417 a 11 040 parejas entre 1963 y 2007); eliminado de la lista 2007
  • Grulla chillona (aumentó de 54 a 436 aves entre 1967 y 2003)
  • Curruca de Kirtland (aumentó de 210 a 1415 parejas entre 1971 y 2005)
  • Halcón peregrino (aumentó de 324 a 1700 parejas entre 1975 y 2000); eliminado de la lista 1999
  • Lobo gris (las poblaciones aumentaron drásticamente en los estados de las Montañas Rocosas del Norte y los Grandes Lagos occidentales)
  • Lobo mexicano (aumentó a una población mínima de 109 lobos en 2014 en el suroeste de Nuevo México y el sureste de Arizona)
  • Lobo rojo (aumentó de 17 en 1980 a 257 en 2003)
  • Ballena gris (aumentó de 13.095 a 26.635 ballenas entre 1968 y 1998); eliminado de la lista (debatido porque la caza de ballenas estaba prohibida antes de que se estableciera la ESA y que la ESA no tenía nada que ver con el aumento natural de la población desde el cese de la caza masiva de ballenas [excluyendo la caza de ballenas tribales nativas americanas])
  • Oso grizzly (aumentó de aproximadamente 271 a más de 580 osos en el área de Yellowstone entre 1975 y 2005)
  • Nutria marina del sur de California (aumentó de 1.789 en 1976 a 2.735 en 2005)
  • Pincel indio de San Clemente (aumentó de 500 plantas en 1979 a más de 3500 en 1997)
  • Ciervo de Florida's Key (aumentó de 200 en 1971 a 750 en 2001)
  • Gambusia de Big Bend (aumentó de un par de docenas a una población de más de 50.000)
  • Ganso hawaiano (aumentó de 400 aves en 1980 a 1275 en 2003)
  • Murciélago orejudo de Virginia (aumentó de 3.500 en 1979 a 18.442 en 2004)
  • Hurón de patas negras (aumentó de 18 en 1986 a 600 en 2006)

Listas estatales de especies en peligro de extinción [ editar ]

La sección 6 de la Ley de especies en peligro de extinción [92] proporcionó fondos para el desarrollo de programas para el manejo de especies amenazadas y en peligro de extinción por parte de las agencias estatales de vida silvestre. [93] Posteriormente, cada estado ha preparado listas de especies en peligro y amenazadas dentro de sus límites. Estas listas estatales a menudo incluyen especies que se consideran en peligro o amenazadas dentro de un estado específico, pero no dentro de todos los estados, y que, por lo tanto, no están incluidas en la lista nacional de especies amenazadas o en peligro de extinción. Los ejemplos incluyen Florida, [94] Minnesota, [95] y Maine. [96]

Sanciones [ editar ]

Existen diferentes grados de violación de la ley. Los delitos más punibles son el tráfico y cualquier acto de "tomar" a sabiendas (que incluye dañar, herir o matar) una especie en peligro de extinción.

Las sanciones por estas infracciones pueden ser una multa máxima de hasta $ 50,000 o encarcelamiento por un año, o ambos, y se pueden imponer sanciones civiles de hasta $ 25,000 por infracción. Las listas de infracciones y multas exactas están disponibles a través del sitio web de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica . [97]

Una disposición de esta ley es que no se podrá imponer pena alguna si, por preponderancia de las pruebas, el acto fue en legítima defensa. La ley también elimina las sanciones penales por matar accidentalmente especies incluidas en la lista durante las actividades agrícolas y ganaderas. [98]

Además de multas o encarcelamiento, se puede revocar, suspender o modificar una licencia, permiso u otro acuerdo emitido por una agencia federal que autorizara a una persona a importar o exportar pescado, vida silvestre o plantas. Cualquier permiso federal de caza o pesca emitido a una persona que viole la ESA puede cancelarse o suspenderse hasta por un año.

Uso del dinero recibido a través de violaciones de la ESA [ editar ]

Se pagará una recompensa a cualquier persona que proporcione información que conduzca a un arresto, condena o revocación de una licencia, siempre que no sea un empleado local, estatal o federal en el desempeño de funciones oficiales. El Secretario también podrá proporcionar los costos razonables y necesarios incurridos por el cuidado de los peces, la vida silvestre y el servicio o planta forestal en espera de la violación causada por el criminal. Si el saldo excede los $ 500,000, el Secretario del Tesoro debe depositar una cantidad equivalente al exceso en el fondo cooperativo de conservación de especies en peligro de extinción.

Desafíos [ editar ]

La implementación exitosa de la ley ha sido un desafío frente a la oposición y las frecuentes interpretaciones erróneas de los requisitos de la ley. Un desafío atribuido a la Ley, aunque debatido a menudo, es el costo conferido a la industria. Estos costos pueden venir en forma de oportunidad perdida o ralentización de las operaciones para cumplir con las regulaciones establecidas en la Ley. Los costos tienden a concentrarse en un puñado de industrias. Por ejemplo, el requisito de consultar con los Servicios sobre proyectos federales en ocasiones ha ralentizado las operaciones de la industria del petróleo y el gas. La industria a menudo ha presionado para desarrollar millones de acres federales de tierra rica en combustibles fósiles. Algunos argumentan que la ESA puede fomentar la destrucción preventiva del hábitat o la captura de especies incluidas en la lista o propuestas por parte de los propietarios. [99]Un ejemplo de tales incentivos perversos es el caso de un propietario de un bosque que, en respuesta a la inclusión del pájaro carpintero de cresta roja en la lista de la ESA , aumentó la tala y acortó la edad a la que tala sus árboles para asegurarse de que no tengan la edad suficiente para serlo. hábitat adecuado. [100] Algunos economistas creen que encontrar una forma de reducir esos incentivos perversos conduciría a una protección más eficaz de las especies en peligro de extinción. [101] Según una investigación publicada en 1999 por Alan Green y el Centro para la Integridad Pública (CPI), también existen lagunas en la ESA que se explotan comúnmente en el comercio de mascotas exóticas.. Estas lagunas permiten cierto comercio de especies amenazadas o en peligro de extinción dentro y entre estados. [102]

Como resultado de estas tensiones, a menudo se considera que la ESA enfrenta los intereses de los conservacionistas y las especies contra la industria. Un caso destacado en la década de 1990 involucró la inclusión propuesta del búho manchado del norte y la designación de hábitat crítico. Otro caso notable que ilustra esta controversia es la prolongada disputa sobre el urogallo mayor ( Centrocercus urophasianus ).

Extinciones y especies en riesgo [ editar ]

Los críticos de la Ley han señalado que a pesar de su objetivo de recuperar especies para que dejen de figurar en la lista, esto rara vez ha sucedido. En sus casi 50 años de historia, menos de cincuenta especies han sido eliminadas de la lista debido a la recuperación. [103] De hecho, desde la aprobación de la ESA, varias especies incluidas en la lista se han extinguido. Muchos más que aún figuran en la lista están en riesgo de extinción. Esto es cierto a pesar de las medidas de conservación exigidas por la ley. A enero de 2020, los Servicios indican que once especies se han perdido por extinción. Estas especies extintas son la foca monje del Caribe, el gorrión cantor de Santa Bárbara; el gorrión oscuro de la playa; el cisco Longjaw; el cachorrito de Tecopa; el pico ancho de Guam; el puma oriental; y el lucio azul.

El Servicio Nacional de Pesca Marina enumera ocho especies entre las que corren mayor riesgo de extinción en un futuro próximo. Estas especies son el salmón del Atlántico; el coho de la costa central de California; la ballena beluga de Cook Inlet; la foca monje hawaiana; la tortuga laúd del Pacífico; el salmón chinook criado en invierno del río Sacramento; la orca residente del sur; y por último, el abulón blanco. Las amenazas de las actividades humanas son la causa principal de que la mayoría se vea amenazada. Los Servicios también han cambiado el estado de una especie de amenazada a en peligro de extinción en nueve ocasiones. Tal movimiento indica que la especie está más cerca de la extinción. Sin embargo, el número de cambios de estado de en peligro a amenazado es mayor que viceversa. [104]

Sin embargo, los defensores de la ley han argumentado que tales críticas son infundadas. Por ejemplo, muchas especies incluidas en la lista se están recuperando al ritmo que especifica su plan de recuperación. [105] Las investigaciones muestran que la gran mayoría de las especies incluidas en la lista aún existen [106] y cientos están en vías de recuperación. [107]

Especies en espera de inclusión en la lista [ editar ]

Un informe de 2019 encontró que FWS enfrenta una acumulación de más de 500 especies que se ha determinado que potencialmente ameritan protección. Todas estas especies aún esperan una decisión. Se supone que las decisiones de incluir o aplazar la inclusión de especies en la lista tomarán 2 años. Sin embargo, en promedio, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre ha tardado 12 años en finalizar una decisión. [108] Un análisis de 2016 encontró que aproximadamente 50 especies pueden haberse extinguido mientras se espera una decisión de inclusión en la lista. [107] Una mayor financiación podría permitir a los Servicios dirigir más recursos hacia las evaluaciones biológicas de estas especies y determinar si ameritan una decisión de inclusión en la lista. [109] Un problema adicional es que las especies que aún figuran en la Ley pueden estar ya extintas. Por ejemplo, la Lista Roja de la UICN declaró laScioto madtom extinto en 2013. Se había visto vivo por última vez en 1957. [110] Sin embargo, FWS todavía clasifica al bagre como en peligro de extinción. [111]

Conceptos erróneos y desinformación [ editar ]

Ciertos conceptos erróneos sobre la ESA y sus principios se han generalizado. Estos conceptos erróneos han servido para aumentar la reacción contra la ley. [112] Una opinión muy extendida es que las protecciones otorgadas a las especies incluidas en la lista reducen la actividad económica. [113] Los legisladores han expresado que la ESA ha sido "armada", particularmente contra los estados occidentales, impidiendo que estos estados utilicen estas tierras. [114]

Sin embargo, dado que el estándar para prevenir riesgos o modificaciones adversas se aplica solo a las actividades federales, esta afirmación a menudo es errónea. Un análisis examinó 88,290 consultas entre 2008 y 2015. El análisis encontró que ni un solo proyecto se detuvo como resultado de una posible modificación adversa o peligro. [115]

Otra creencia equivocada es que la designación de hábitat crítico es similar al establecimiento de un área silvestre o refugio de vida silvestre. Como tal, muchos creen que la designación cierra el área a la mayoría de los usos humanos. [116] En realidad, una designación de hábitat crítico afecta únicamente a las agencias federales. Sirve para alertar a estas agencias que sus responsabilidades bajo la sección 7 son aplicables en el área de hábitat crítico. La designación de hábitat crítico no afecta la propiedad de la tierra; permitir que el gobierno tome o administre propiedad privada; establecer un refugio, reserva, reserva u otra área de conservación; o permitir el acceso del gobierno a tierras privadas. [117]

Ver también [ editar ]

  • Hábitat crítico
  • Enmiendas a la Ley de Especies en Peligro de 1978
  • Lista de especies en peligro de extinción en América del Norte
  • Autoridad del Valle de Tennessee contra Hill
  • Luján v. Defensores de la vida silvestre
  • Ley de Protección de Mamíferos Marinos de 1972
  • Administración Nacional Oceánica y Atmosférica

Notas al pie [ editar ]

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