Esteban contra Brown


Esteban vs. Brown [1] [2] es un caso de la Corte de Apelaciones de Reclamaciones de Veteranos de los Estados Unidos que se ocupó de la regla de la pirámide .

Leonardo Esteban apeló una decisión de la Junta de Apelaciones de Veteranos (BVA, por sus siglas en inglés) que negó el derecho a una calificación mayor por los residuos de una lesión en el lado derecho de la cara. El Sr. Esteban estuvo en servicio activo entre julio de 1946 y abril de 1949. En enero de 1949, se lesionó la cara durante un accidente automovilístico en Japón.

En 1977, asistió a un examen de VA. El examen notó que había cuatro cicatrices en el lado derecho de su cara. El informe también detalló que había una lesión en los músculos faciales y que estaba experimentando dolor en el área. Al Veteran se le otorgó finalmente la conexión de servicio bajo el código de diagnóstico 7800 con un 10 % de desactivación.

En 1988, mientras se encontraba en el proceso de presentar un reclamo para una evaluación aumentada, el Veterano proporcionó evidencia médica de que tenía parálisis en el lado derecho de la cara. BVA negó este reclamo para una evaluación mayor. En junio de 1991, volvió a presentar una demanda y presentó pruebas médicas que demostraban que tenía problemas de sensibilidad en un lado de la cara y cicatrices que lo desfiguraban. El informe también mostró que tenía dificultad para masticar y dolor. La Oficina Regional de VA negó una evaluación más alta. La Junta confirmó esta decisión, pero admitió que el Veterano podría ser clasificado bajo los códigos de diagnóstico 7800, 7804 o 5325. Sin embargo, la Junta sostuvo que el Veterano no tenía derecho a múltiples evaluaciones por la misma discapacidad. Por lo tanto, se confirmó la invalidez del 10%.

El Tribunal rechazó el argumento de la Sala. El Tribunal señaló que los criterios de calificación del código de diagnóstico 7800 eran de naturaleza puramente cosmética, mientras que los criterios de calificación del 7804 se ocupaban únicamente del dolor asociado con la cicatrización en sí. Además, el código de diagnóstico 5325 solo se ocupó del daño de los músculos faciales que resultó en dificultad para masticar. Por lo tanto, su sintomatología era distinta y separada, por lo que no violaba el 38. CFR §4.14 . Por estas razones, el Tribunal sostuvo que el Veterano tenía derecho a evaluaciones separadas bajo los tres códigos de diagnóstico, ya que ninguno de los síntomas de cualquiera de las tres condiciones se duplicaba o se superponía con las otras dos condiciones.