Los principales instrumentos jurídicos europeos que cubren el reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales son : Directiva 2005/36 / CE sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales. [1] La directiva cubre el Espacio Económico Europeo y ha sido modificada varias veces. [2]La directiva proporciona un sistema moderno de la UE de reconocimiento de la experiencia profesional y promueve el reconocimiento automático de la experiencia profesional en toda la UE. Las cualificaciones de algunas profesiones, como las de médicos y arquitectos, han sido ampliamente armonizadas por la Directiva 2005/36 / CE. La directiva ofrece pautas más generales para otras profesiones, que no han sido reguladas específicamente por esta directiva, u otras reglas específicas. Cualquier forma de trabajo que normalmente estaría restringida en un estado miembro a personas que hubieran obtenido una calificación profesional en ese estado miembro también está abierta a ciudadanos de la UE (y estados miembros del Espacio Económico Europeo) que hayan obtenido una calificación profesional similar en otro estado miembro. [3]
Las profesiones reguladas en la mayoría o en todos los estados de la UE incluyen:
Contabilidad: contadores calificados en el Reino Unido ( Contador certificado colegiado ( ACCA) o Contador colegiado (ACA o CA) o Contador internacional (AIA) en el Reino Unido)
Ingeniería: ingeniero colegiado o EUR ING (ingeniero europeo), ingeniero incorporado (Reino Unido) , miembro corporativo de una institución de ingeniería profesional del Reino Unido como MIET: miembro de la institución de ingeniería y tecnología
Enseñanza: profesores (estado de profesor cualificado en el Reino Unido)
Derecho - Abogados ( abogados , procuradores y defensores en el Reino Unido).
Tenga en cuenta que las regulaciones solo se aplican a los nacionales de los 27 países que pertenecen al Espacio Económico Europeo; por ejemplo, un estadounidense que obtuvo el estado de maestro calificado en el Reino Unido no podría, según estas regulaciones, enseñar en Francia, pero un ciudadano irlandés sí. Sin embargo, la situación sería diferente si el estadounidense estuviera casado con un europeo y vivieran en un país distinto del país del que es ciudadano el europeo.
Ver también
Las Directivas mencionadas anteriormente se han consolidado con arreglo a la Directiva 2005/36 / CE. Los Estados miembros debían transponerlo en octubre de 2007.