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El miedo o la provocación de la violencia es un delito legal en Inglaterra y Gales creado en virtud de la Ley de Orden Público de 1986 .

El delito es creado por la sección 4 de la Ley de Orden Público de 1986 :

(1) Una persona es culpable de un delito si:

(a) utiliza para otra persona palabras o comportamientos amenazantes, abusivos o insultantes, o
(b) distribuye o muestra a otra persona cualquier escrito, letrero u otra representación visible que sea amenazante, abusiva o insultante,

con la intención de hacer que esa persona crea que cualquier persona usará violencia ilegal inmediata contra él u otra persona, o para provocar el uso inmediato de violencia ilegal por esa persona u otra, o por el cual esa persona probablemente crea que tal violencia ser utilizado o es probable que se provoque tal violencia.

(2) Una ofensa bajo esta sección puede ser cometida en un lugar público o privado, excepto que no se cometa ninguna ofensa donde se usen las palabras o el comportamiento, o la escritura, letrero u otra representación visible sea distribuida o exhibida por una persona. dentro de una vivienda y la otra persona también está dentro de esa vivienda.

Reemplaza el delito contemplado en la sección 5 de la Ley de orden público de 1936 . [1]

Modo de juicio y sentencia [ editar ]

Esta es una ofensa sumaria . Se castiga con prisión por un período no superior a seis meses, o con una multa que no exceda el nivel 5 de la escala estándar , o ambas. [2]

Arresto [ editar ]

La sección 4 (3) de la Ley de 1986 disponía anteriormente que un agente de policía podía arrestar sin orden judicial a cualquier persona que sospechara razonablemente que estaba cometiendo este delito. Esto fue derogado por la sección 174 y la Parte 2 del Anexo 17 de la Ley de Policía y Crimen Organizado Grave de 2005 .

Delito agravado racialmente [ editar ]

La Ley de delitos y desórdenes de 1998 (c.37) crea una etiqueta de "agravados por motivos raciales" en su artículo 28, que significa "agravados por motivos raciales" . Aquí describe lo que se indica con el término "agravado racialmente", y describe "grupo racial": "significa un grupo de personas definido por referencia a raza, color, nacionalidad (incluida la ciudadanía) u origen étnico o nacional". [3]

La sección 29 se ocupa de las agresiones con agravantes raciales, [3] mientras que la sección 30 crea una categoría de "daño criminal con agravantes raciales". [3]

El artículo 31 Los delitos de orden público agravados por la raza crean el delito distinto de miedo o provocación de violencia agravados por la raza . [3]

Sección 32 se refiere a agravada-racial acoso etc . [3]

Referencias [ editar ]

  • Blackstones Police Manual Volumen 4 Deberes generales de la policía, Fraser Simpson (2006). págs. 248. Oxford University Press. ISBN  0-19-928522-5