Caso de pesca


Reino Unido contra Noruega [1951] CIJ 3 , también conocido como el caso de las pesquerías , fue la culminación de una disputa, que se originó en 1933, sobre qué tan grande era el área de agua que rodea a Noruega las aguas de Noruega (por lo que Noruega tenía derechos de pesca exclusivos) y cuánto era "alta mar" (que el Reino Unido podía pescar).

La situación que dio lugar a la controversia y los hechos que precedieron a la presentación de la solicitud británica se recuerdan en el fallo. La zona costera en cuestión en la disputa tiene una configuración distintiva. Su longitud en línea recta supera los 1.500 kilómetros. Montañosa en toda su extensión, muy quebrada por fiordos y bahías, salpicada de innumerables islas, islotes y arrecifes (algunos de los cuales forman un archipiélago continuo conocido como skjaergaard , "muralla de roca"), la costa no constituye, (como lo hace en prácticamente todos los demás países del mundo) una clara línea divisoria entre la tierra y el mar. La configuración de la tierra se extiende hacia el mar y lo que realmente constituye la costa noruega.es la línea exterior de las formaciones terrestres vistas como un todo. A lo largo de la zona costera se encuentran orillas poco profundas que son muy ricas en peces. Estos han sido explotados desde tiempos inmemoriales por los habitantes del continente y de las islas: obtienen su sustento fundamentalmente de dicha pesca. En siglos pasados, los pescadores británicos habían realizado incursiones en las aguas cercanas a la costa noruega. A raíz de las quejas del Rey de Noruega, se abstuvieron de hacerlo a principios del siglo XVII y durante 300 años. Pero en 1906 aparecieron de nuevo los barcos británicos. Se trataba de arrastreros equipados con artes mejoradas y potentes. La población local se perturbó y Noruega tomó medidas para especificar los límites dentro de los cuales estaba prohibida la pesca a los extranjeros. Los incidentes ocurrieron, se hicieron cada vez más frecuentes,y el 12 de julio de 1935, el gobierno noruego delimitó la zona de pesca noruega por Decreto. Los dos Gobiernos habían entablado negociaciones; fueron perseguidos después de la promulgación del Decreto, pero sin éxito. Un número considerable de arrastreros británicos fueron detenidos y condenados en 1948 y 1949. Fue entonces cuando el Gobierno del Reino Unido inició un procedimiento ante el Tribunal.

El 28 de septiembre de 1949, el Reino Unido solicitó que la Corte Internacional de Justicia determinara hasta qué punto la reclamación territorial de Noruega se extendía hasta el mar, y que otorgara al Reino Unido una indemnización por la interferencia de Noruega con los buques pesqueros del Reino Unido en las aguas en disputa, alegando que la reclamación de Noruega a tales una extensión de las aguas va en contra del derecho internacional.

El 18 de diciembre de 1951, la CIJ decidió que las reclamaciones de Noruega sobre las aguas eran compatibles con las leyes internacionales relativas a la propiedad del espacio marítimo local. [1]

La Corte consideró que ni el método empleado para la delimitación por el Decreto, ni las líneas mismas fijadas por dicho Decreto, son contrarias al derecho internacional; la primera conclusión fue adoptada por diez votos contra dos y la segunda por ocho votos contra cuatro. Tres jueces - MM. Álvarez, Hackworth y Hsu Mo adjuntaron a la Sentencia una declaración o una opinión individual en la que exponían las razones particulares por las que llegaron a sus conclusiones; otros dos magistrados, Sir Arnold McNair y el Sr. JE Read, adjuntaron a las declaraciones del fallo sus opiniones disidentes.

Kobayashi, Teruo J. El caso pesquero anglo-noruego de 1951 y la ley cambiante del mar territorial . Prensa de la Universidad de Florida. OCLC  1020148 .