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Los 75 escaños del Parlamento de Galicia 38 escaños necesarios para la mayoría | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Las encuestas de opinión | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Registrado | 2.293.169 2,1% | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Apagar | 1.472.017 (64,2%) 4,7 pp | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Mapa de resultados de circunscripciones del Parlamento de Galicia | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El domingo 17 de octubre de 1993 se celebraron las elecciones autonómicas gallegas de 1993 para elegir el IV Parlamento de la comunidad autónoma de Galicia . Los 75 escaños del Parlamento estaban a elección.
El Partido Popular (PP) ganó por mayoría absoluta aumentada en 1989, resultando en la reelección de Manuel Fraga para un segundo mandato como presidente de Galicia. El Partido Socialista de Galicia (PSdeG-PSOE) sufrió una crisis de liderazgo y un deseo de castigo al gobierno nacional de Felipe González , perdiendo muchos votos en el camino. Mientras tanto, el Bloque Nacionalista Gallego (BNG) comenzaba a aparecer como la principal alternativa al poder gracias al carisma de su portavoz, Xosé Manuel Beiras .
La coalición Unidad Gallega de Izquierda Unida (UE) y el Partido Socialista Gallego-Izquierda Gallega (PSG-EG) no ingresaron al Parlamento debido a una modificación de la ley electoral en 1991, que elevó el umbral electoral del 3% al 5%. Coalición Gallega (CG) tampoco consiguió entrar en el Parlamento y sólo consiguió el 0,4% de la participación.
El Parlamento de Galicia era el poder legislativo descentralizado y unicameral de la comunidad autónoma de Galicia , con poder legislativo en materia autonómica tal como lo define la Constitución española de 1978 y el Estatuto de Autonomía autonómico , así como la facultad de depositar confianza en él o retirarlo. de un presidente regional . [1]
La votación a las Cortes Generales se efectuó en base al sufragio universal , que comprendió a todos los nacionales mayores de dieciocho años, empadronados en Galicia y en pleno goce de sus derechos políticos. Los 75 diputados de las Cortes de Galicia fueron elegidos por el método D'Hondt y representación proporcional de lista cerrada , con un umbral electoral del cinco por ciento de los votos válidos, que incluían papeletas en blanco, que se aplicaban en cada circunscripción. Las partes que no alcanzaron el umbral no fueron tomadas en consideración para la distribución de asientos. Se asignaron escaños a circunscripciones, correspondientes a las provincias de La Coruña , Lugo , Orensey Pontevedra , asignándose a cada uno un mínimo inicial de 10 plazas y distribuyéndose las 35 restantes en proporción a su población. [1] [2]
El uso del método D'Hondt podría resultar en un umbral efectivo más alto, dependiendo de la magnitud del distrito . [3]
El mandato de las Cortes de Galicia expiraba cuatro años después de la fecha de su anterior elección, salvo que se disolviera antes. El decreto electoral debía ser emitido a más tardar el vigésimo quinto día anterior a la fecha de expiración del parlamento y publicado al día siguiente en el Diario Oficial de Galicia (DOG), teniendo lugar la jornada electoral entre el día cincuenta y cuatro. y el sexagésimo día de la publicación. La elección anteriorse celebró el 17 de diciembre de 1989, lo que significaba que el mandato de la legislatura habría expirado el 17 de diciembre de 1993. El decreto electoral debía publicarse en el DOG a más tardar el 23 de noviembre de 1993, y las elecciones se celebrarían hasta el sexagésimo día a partir de publicación, que fija la última fecha posible para las elecciones al Parlamento el sábado 22 de enero de 1994. [1] [2]
El presidente tenía la prerrogativa de disolver el Parlamento de Galicia y convocar elecciones anticipadas , siempre que no se produjesen antes de que hubiera transcurrido un año desde una disolución anterior por este procedimiento. En caso de que un proceso de investidura no eligiera un presidente regional dentro de un período de dos meses a partir de la primera votación, el Parlamento se disolvería automáticamente y se convocaría una nueva elección. [4]
La ley electoral permitió que los partidos y federaciones inscritos en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presentaran listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendieran formar una coalición antes de una elección debían informar a la Comisión Electoral correspondiente dentro de los diez días posteriores a la convocatoria electoral, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos el uno por ciento del electorado en las circunscripciones para las cuales buscaron elecciones, impidiendo a los electores firmar por más de una lista de candidatos. [2] [5]
A continuación se muestra una lista de los principales partidos y alianzas electorales que se opusieron a la elección:
Candidatura | Fiestas y alianzas | Candidato líder | Ideología | Resultado anterior | Gobernador | Árbitro. | |||
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Votos (%) | Asientos | ||||||||
PÁGINAS | Lista
| Manuel Fraga | Conservadurismo democracia cristiana | 44,02% | 38 | ||||
PSdeG– PSOE | Lista
| Antolín Sánchez | Democracia social | 32,68% | 28 | ||||
BNG | Lista
| Xosé Manuel Beiras | Nacionalismo gallego Nacionalismo de izquierda Socialismo | 9,33% [a] | 5 | ||||
UE - UG | Lista
| Camilo Nogueira | Socialismo comunismo | 5,27% [b] | 2 | ||||
CG | Lista
| César Quintián Noas | Nacionalismo gallego Liberalismo Democracia cristiana | 3,64% | 2 |
La siguiente tabla enumera las estimaciones de la intención de voto en orden cronológico inverso, mostrando las más recientes primero y utilizando las fechas en las que se realizó el trabajo de campo de la encuesta, en lugar de la fecha de publicación. Cuando se desconocen las fechas del trabajo de campo, en su lugar se proporciona la fecha de publicación. La cifra porcentual más alta en cada encuesta electoral se muestra con su fondo sombreado con el color del partido líder. Si se produce un empate, se aplica a las cifras con los porcentajes más altos. La columna "Lead" a la derecha muestra la diferencia de puntos porcentuales entre las partes con los porcentajes más altos en una encuesta determinada. Cuando están disponibles, las proyecciones de asientos también se muestran debajo de las estimaciones de votación en una fuente más pequeña. Se requerían 38 escaños para la mayoría absoluta en el Parlamento de Galicia.
Empresa encuestadora / Comisionado | Fecha de trabajo de campo | Tamaño de la muestra | Apagar | BNG | CG | Dirigir | ||||
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Elecciones regionales de 1993 | 17 de octubre de 1993 | N / A | 64,2 | 52,1 43 | 23,7 19 | 18,4 13 | [C] | 0,4 0 | 3,0 0 | 28,4 |
Demoscopia / El País [p 1] [p 2] | 10 de octubre de 1993 | 2500 | 66 | 51,9 43 | 25,5 19/21 | 15,4 11 | [C] | - | 3,8 0/2 | 26,4 |
ICP – Research / Diario 16 [p 3] [p 4] [p 5] | 10 de octubre de 1993 | ? | 61,9 | 47,0 39/43 | 27,8 22/24 | 13,3 9/10 | [C] | - | ? 0/2 | 19,2 |
Sigma Dos / El Mundo [p 3] [p 4] | 10 de octubre de 1993 | ? | ? | ? 39 | ? 24 | ? 11 | [C] | - | ? 1 | ? |
Eco Consulting / Faro de Vigo [p 3] [p 4] [p 5] | 10 de octubre de 1993 | ? | ? | ? 40/42 | ? 20/22 | ? 11/12 | [C] | - | ? 2 | ? |
Ecom 6 / El Correo Gallego [p 3] [p 4] [p 5] | 10 de octubre de 1993 | ? | ? | ? 38/41 | ? 21/25 | ? 10/12 | [C] | - | ? 0/2 | ? |
Gallup / La Voz de Galicia [pág. 4] | 10 de octubre de 1993 | ? | ? | ? 40/43 | ? 22 | ? 9 | [C] | - | ? 2/3 | ? |
Sondaxe / La Voz de Galicia [p. 6] | 3 de octubre de 1993 | ? | ? | 51,0 40 | 24,1 20/21 | 16,5 12 | [C] | - | ? 1/2 | 26,9 |
PP [p. 6] | 3 de octubre de 1993 | 1.800 | ? | ? 38/42 | ? 22/24 | ? 10/12 | [C] | - | ? 0/1 | ? |
ABC [p. 7] | 17 de septiembre de 1993 | ? | ? | ? 38 | ? 23 | ? 13 | [C] | - | ? 1 | ? |
Elecciones generales de 1993 | 6 junio 1993 | N / A | 69,6 | 47,1 38 | 36,0 29 | 8.0 6 | [C] | 0,3 0 | 4,7 2 | 11,1 |
Elecciones locales de 1991 | 26 de mayo de 1991 | N / A | 62,5 | 40,4 | 31,5 | 7.7 | 2.8 | 3,7 | 1,6 | 8,9 |
IMOP [p. 8] | 18 a 29 de mayo de 1990 | ? | ? | 45,2 | 30,6 | 9,6 | - | - | - | 14,6 |
Elecciones regionales de 1989 | 17 de diciembre de 1989 | N / A | 59,5 | 44,0 38 | 32,7 28 | 8.0 5 | 3.8 2 | 3.6 2 | 1,5 0 | 11,3 |
Partidos y coaliciones | Voto popular | Asientos | |||||||||
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Votos | % | ± pp | Total | +/− | |||||||
Partido Popular (PP) | 763,839 | 52,14 | +8,12 | 43 | +5 | ||||||
Partido Socialista de Galicia (PSdeG-PSOE) | 346,831 | 23,68 | –9,00 | 19 | –9 | ||||||
Bloque Nacionalista Gallego (BNG) 1 | 269,233 | 18.38 | +9.05 | 13 | +8 | ||||||
Izquierda Unida - Unidad Gallega (UE-UG) 2 | 44,902 | 3,07 | –2,20 | 0 | –2 | ||||||
Coalición Gallega (CG) | 6.098 | 0,42 | –3,22 | 0 | –2 | ||||||
Grupo Ruiz-Mateos - Alianza Democrática Europea (ARM – ADE) | 5.293 | 0,36 | –0,17 | 0 | ± 0 | ||||||
Los Verdes de Galicia (Os Verdes) | 4.682 | 0,32 | +0.08 | 0 | ± 0 | ||||||
Alternativa gallega (AG) | 3,187 | 0,22 | Nuevo | 0 | ± 0 | ||||||
Los ecologistas (LE) | 2,987 | 0,20 | –0,01 | 0 | ± 0 | ||||||
Plataforma Ciudadana Humanista (PCH) | 2.508 | 0,17 | +0,11 | 0 | ± 0 | ||||||
Asamblea Popular Unida (APU) | 1,492 | 0,10 | Nuevo | 0 | ± 0 | ||||||
Coalición por un Nuevo Partido Socialista (NPS) 3 | 503 | 0,03 | ± 0,00 | 0 | ± 0 | ||||||
Papeletas en blanco | 13,355 | 0,91 | +0,51 | ||||||||
Total | 1,464,910 | 75 | ± 0 | ||||||||
Votos válidos | 1,464,910 | 99,52 | +0,34 | ||||||||
Votos inválidos | 7,107 | 0,48 | –0,34 | ||||||||
Votos emitidos / participación | 1,472,017 | 64,19 | +4.69 | ||||||||
Abstenciones | 821,152 | 35,81 | –4,69 | ||||||||
Votantes registrados | 2,293,169 | ||||||||||
Fuentes [6] [7] | |||||||||||
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Distrito electoral | PÁGINAS | PSdeG | BNG | |||
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% | S | % | S | % | S | |
La coruña | 49,0 | 13 | 24,6 | 6 | 19,6 | 5 |
Lugo | 56,5 | 9 | 23,1 | 4 | 16,5 | 2 |
Orense | 54,5 | 9 | 25,4 | 4 | 17.0 | 2 |
Pontevedra | 53,0 | 12 | 22,0 | 5 | 18,4 | 4 |
Total | 52,1 | 43 | 23,7 | 19 | 18,4 | 13 |
Fuentes [6] [7] |
Investidura Manuel Fraga ( PP ) | ||
Votación → | 1 de diciembre de 1993 | |
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Mayoría requerida → | 38 de 75 | |
sí
| 43/75 | |
No
| 32/75 | |
Abstenciones | 0/75 | |
Ausentes | 0/75 | |
Fuentes [6] |