De acuerdo con la ley electoral española, una agrupación de electores (en español: agrupación de electores ) es un grupo de ciudadanos asociados temporalmente con el objetivo de presentar una candidatura a una elección en particular. Es un formato que puede utilizar una candidatura para presentarse a una elección determinada. Para presentar la candidatura, un candidato debe presentar un número mínimo de firmas relativas al censo electoral. [1] [2] Dado su carácter temporal, si los promotores quisieran utilizar la agrupación para otra elección, esta última debe ser reconstituida. [2] A diferencia de los partidos políticos, las federaciones de partidos o las coaliciones electorales, una agrupación de electores no puede beneficiarse de la financiación electoral pública de una candidatura anterior. [2]
Firmas [ editar ]
Elecciones municipales [ editar ]
Según lo establecido en el Art. 192 de la ley electoral [3], el número de firmas requerido depende del tamaño del municipio :
- Por debajo de los 5.000 habitantes, el número de firmas no debe ser inferior al 1% de votantes siempre que el número de firmantes sea superior al doble de concejales elegibles.
- Entre 5.001 y 10.000 habitantes, al menos 100 firmas
- Entre 10.001 y 50.000 habitantes, al menos 500 firmas
- Entre 50.001 y 150.000 habitantes, al menos 1.500 firmas
- Entre 150.001 y 300.000 habitantes, al menos 3.000 firmas
- Entre 300.001 y 1.000.000 de habitantes, al menos 5.000 firmas
- En áreas más grandes, al menos 8.000 firmas
Elecciones generales [ editar ]
Para que un grupo de electores compita en una determinada elección general, deberá presentar un número mínimo de firmas, que asciende al 1% de los electores en el distrito electoral (que corresponden a cada provincia y Ceuta y Melilla ). [3]
Elecciones europeas [ editar ]
Para que un grupo de electores compita en una determinada elección al Parlamento Europeo, debe presentar un mínimo de 15.000 firmas. [3]
Referencias [ editar ]
- ^ León Alonso, Marta (2010). "Las agrupaciones de electores como forma de participación política en el sistema electoral español: garantías y límites del derecho de sufragio pasivo" (PDF) . Letras jurídicas: revista de los Investigadores del Instituto de Investigaciones Jurídicas U. V . Xalapa: Universidad Veracruzana (21): 139-166. ISSN 1665-1529 .
- ↑ a b c Sánchez Hidalgo, Emilio (9 de septiembre de 2018). "Qué es una agrupación de electores, la fórmula de Carmena para volver a presentarse" . El País . Verne .
- ^ a b c "Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (versión consolidada)" . Boletín Oficial del Estado . Consultado el 10 de septiembre de 2018 .